El representante de modelos Leandro Santos quedó al borde del juicio oral por explotación sexual a nivel internacional

Los jueces Leopoldo Bruglia, Pablo Bertuzzi y Mariano Llorens también confirmaron un embargo de $10 millones sobre sus bienes y el procesamiento de Micaela Hebe Santos y Rodrigo Ernesto Santos, como así también de Luis César Zanardi

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Leandro Santos quedó al borde del juicio oral
Leandro Santos quedó al borde del juicio oral

Este jueves, la Cámara Criminal y Correccional Federal confirmó el procesamiento sin prisión preventiva y dejó al borde del juicio oral al representante de modelos Leandro Santos, acusado de formar parte entre 2009 y 2014 de una organización de trata transnacional que captaba a mujeres con fines de explotación sexual.

La decisión por mayoría de la Sala I ratificó el fallo de diciembre del año pasado del juez federal Sebastián Casanello, a cargo del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal 7.

Los magistrados Leopoldo Bruglia, Pablo Bertuzzi y Mariano Llorens también confirmaron un embargo de 10 millones de pesos sobre los bienes de Santos y el procesamiento de dos hermanos del principal imputado, Micaela Hebe Santos y Rodrigo Ernesto Santos, como así también de Luis César Zanardi.

Según el fallo, la Sala I dispuso, además, la prohibición para salir del país de los cuatro imputados, quienes habían sido indagados a fines de noviembre de 2020.

El juez Llorens votó parcialmente en disidencia al considerar que había que modificar la calificación legal de la imputación, por la de autor del delito de “promoción y facilitación de la prostitución de un mayor de dieciocho años reiterado en cinco oportunidades y promoción de la prostitución agravado por haber sido cometido mediante engaño”, que estipula una pena de entre 4 y 10 años.

Sin embargo, sus colegas Bruglia y Bertuzzi convalidaron el procesamiento de Casanello “por haber liderado o haber formado parte entre junio de 2009 y diciembre de 2014, de forma sostenida, una organización criminal trasnacional dedicada a captar, trasladar -tanto dentro del país como desde o hacia el exterior-, acoger y recibir mujeres mayores de edad -de nacionalidad argentina y uruguaya- con fines de explotación sexual”, que establece una pena de 4 a 8 años de prisión.

“Tales conductas se habrían materializado tanto en el territorio nacional como en Uruguay, gracias a sus lazos con José Miguel Acosta, quien sería su socio en dicho país e integrante de la organización junto con Roberto Rodríguez Delgado -alias “Daniel”- (de nacionalidad uruguaya), y los nombrados.

Como víctimas de tales hechos fueron identificadas al menos veinticuatro mujeres, todas ellas mayores de edad”, sostuvo el magistrado en el fallo al que tuvo acceso la agencia Télam.

En septiembre del 2020, la Corte Suprema de Justicia declaró improcedente la extradición a Uruguay de Santos, al entender que parte de los hechos que se le imputan también ocurrieron en Argentina, por lo que debía ser juzgado en nuestro país.

Además de Leandro Santos, están procesados sus hermanos Micaela Hebe Santos y Rodrigo Ernesto Santos, como así también de Luis César Zanardi
Además de Leandro Santos, están procesados sus hermanos Micaela Hebe Santos y Rodrigo Ernesto Santos, como así también de Luis César Zanardi

“La referida actividad delictiva investigada en jurisdicción extranjera era llevada a cabo mediante la captación de mujeres con fines de explotación sexual (...) en el contexto de promesas formuladas a las víctimas de una carrera de modelaje y que tenía como fases el reclutamiento en Uruguay, el transporte a Punta del Este y Buenos Aires, lugares de acogida en ambas ciudades y en Montevideo, todo ello con fines de explotación sexual como ‘precio de la fama’ que las víctimas debían ‘pagar’ para obtener el éxito profesional como modelo”, detallaron en ese entonces Ricardo Lorenzetti, Horacio Rosati y Juan Carlos Maqueda, los tres magistrados que firmaron la resolución.

De esta forma, y tras la apelación elevada por la defensa de Santos, a cargo de Alejandro Novak y Eugenio Blanco, el máximo tribunal argentino decidió “revocar la resolución apelada y declarar improcedente la extradición de Leandro Ernesto Santos solicitada por la República Oriental del Uruguay” y “dar intervención al señor Procurador General de la Nación interino para que haga efectivo el juzgamiento de Leandro Ernesto Santos en la República Argentina por los hechos en que se sustentó el pedido de extradición. Notifíquese, tómese razón, cúmplase y devuélvase al juez de la causa a los fines que correspondan”.

El juez Casanello determinó que “para captar a las presuntas víctimas se habrían valido de las agencias de modelos ‘Latin American Management’, ‘Leandro Santos Models’, ‘José Miguel Producción’, ‘Pink Promociones’ y/o ‘Blugmoden’, que ocultaban el negocio de explotación sexual que en verdad perseguían”.

En septiembre del 2020, la Corte Suprema de Justicia declaró improcedente la extradición a Uruguay de Santos
En septiembre del 2020, la Corte Suprema de Justicia declaró improcedente la extradición a Uruguay de Santos

Y de acuerdo con la investigación, “les habrían formulado promesas engañosas en el ámbito del modelaje (tales como participar en desfiles, hacer presencias en locales nocturnos, concurrir a programas de televisión, conocer a personas con poder) para, luego, referirles que el verdadero motivo de su contratación era que mantuvieran relaciones sexuales con hombres de gran poder adquisitivo, alertándolas de que el rechazo de tal propuesta les impediría ascender en su profesión de modelos”.

El juez aseguró que “finalmente, en algunos casos, se habrían valido también de intimidaciones y coerciones hacia las presuntas víctimas, tales como manifestarles que en caso de no mantener relaciones sexuales o bien no podrían irse del lugar en el que estaban y quedarían encerradas, o no progresarían en sus carreras y serían desvinculadas de la agencia”.

Según lo determinado en esta etapa, Leandro Santos era el “encargado de arreglar el monto (que rondaba de los 300 a los 1900 dólares), el día y el lugar con los prostituyentes y quien habría retenido a las víctimas un porcentaje de dicho rédito -entre el 30% y el 90%-; siendo Luis Zanardi quien entregaba a las presuntas víctimas el dinero en cuestión y, en algunas ocasiones, pactaba los encuentros sexuales”.

Además, “Micaela Santos se habría encargado de mantener el diálogo cotidiano con las presuntas víctimas, siendo sus tareas fundamentales las de identificar qué mujeres de la agencia podrían ser captadas, permanecer en los lugares de acogida junto con las presuntas víctimas y anunciarles los eventos a los que deberían asistir para entablar contacto con los prostituyentes, a fin de concretar los encuentros sexuales con posterioridad”.

El escrito detalló que “a su vez, Rodrigo Santos, habría participado de las captaciones en su carácter de ‘gerente’ y/o ‘cofounder’ de ‘Latín American Management - Shharm Producciones’ y de ‘Santos Group Co.’, cuyas tareas habrían consistido principalmente en el ‘reclutamiento’ de los perfiles de las presuntas víctimas en Buenos Aires y Punta del Este”.

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