
Una auditoría de control sobre el otorgamiento de prisiones domiciliarias sacó a la luz una situación de gravedad institucional en el Poder Judicial de Santa Fe: la desaparición de los registros de una audiencia oral del 16 de mayo de 2018, en la que se le otorgó la prisión morigerada al jefe de una banda narco, a pesar de no cumplir ninguno de los requisitos previstos en las leyes para obtener ese beneficio. Ema Pimpi Sandoval no era cualquier preso: estaba detenido por triple homicidio en grado de tentativa y fue el autor del atentado a tiros contra la casa del ex gobernador Antonio Bonfatti en 2013.
La desaparición del registro fílmico saltó cuando la Auditoría General de Gestión del Ministerio Público de la Acusación –organismo que nuclea a todos los fiscales del sistema penal provincial–, solicitó a la Oficina de Gestión Judicial una copia de esa audiencia para revisar la actuación del fiscal Adrián Spelta en el caso Sandoval. Le remitieron un video de sólo 46 segundos, en los que se ve a las partes firmando el acta pero no el desarrollo de la audiencia.
La Auditoría insistió con el pedido. Entonces el subdirector de la OGJ respondió que no existían grabaciones, “pudiendo deberse a un error de sistema o humano”. Los peritajes internos demostraron que el sistema funciona perfectamente. Por ese motivo, el viernes ingresó a la Fiscalía Regional una presentación de la auditora general María Cecilia Vranicich para que investigue el “hecho con apariencia de delito”.

En cualquier caso, la situación es grave porque pone en duda la confiabilidad del sistema de resguardo de información del Poder Judicial y su seguridad para evitar manipulaciones.
Cabe recordar que, desde febrero de 2014, Santa Fe aplica un nuevo Código Procesal Penal de tipo acusatorio. Todo se dirime en audiencias orales y públicas que son registradas por el equipamiento digital de audio y video de las salas y luego resguardadas por la Oficina de Gestión Judicial.
En casa y con Charlotte Caniggia
La copia faltante se detectó cuando la Auditoría controlaba la actuación de los fiscales en el otorgamiento de prisiones domiciliarias, un tema sensible y recurrente en la opinión pública.
El caso testigo que encendió todas las alarmas y dio origen a esa auditoría fue el asesinato de Emanuel Sandoval cuando cumplía prisión preventiva en una antigua y costosa casona en Pago Largo y Acevedo, en el acomodado barrio La Florida. Allí hacía las veces de productor de una banda de cumbia y llegó a contratar a Charlotte Caniggia para grabar el videoclip de uno de los temas.

En los primeros minutos del 25 de octubre pasado, un grupo comando volteó la puerta de ingreso, previa neutralización del sistema de alarma y de la energía eléctrica, y en cuestión de segundos lo ejecutó a balazos. También fueron asesinados Rocío Genovese, de 22 años, y Mirko Saldaña, que estaban dentro de la vivienda. Un tercer joven resultó herido de gravedad.
Esa mañana la ciudad amaneció conmovida por la violencia y organización que suponía el ataque, pero también escandalizada por el hecho de que Sandoval no estuviera en una cárcel.
No era todo, faltaba algo más: la casona de La Florida donde encontró la muerte Ema Pimpi es propiedad del juez de Cámara de Rosario Oscar Puccinelli. Desde el exterior, donde estaba de vacaciones, el camarista se desligó de responsabilidades. Dijo no conocer que Sandoval estaba viviendo en la casa, delegó responsabilidades en la inmobiliaria y que el contrato de alquiler estaba a nombre de otra persona. Efectivamente, el inquilino en los papeles era un chico de 22 años sin ningún ingreso demostrable.

Las explicaciones no fueron muy convincentes y tanto Puccinelli como los dos jueces de primera instancia que homologaron la prisión morigerada están bajo investigación, dispuesta por la entonces presidenta de la Corte Suprema María Angélica Gastaldi. Corren riesgo de sanciones disciplinarias hasta jury.
Derecho creativo
Esa prisión morigerada fue un escándalo por donde se la mire. Antes de ser detenido Ema Pimpi, cayó detenido su hermano Lucas, también por la tentativa de triple homicidio. Lo irregular es que mientras un hermano tenía prisión preventiva efectiva, por el mismo hecho al otro se le permitió irse a un departamento de Barrio Rucci, a partir de un acuerdo entre el fiscal y el defensor.
Además, el juez Hernán Postma homologó el acuerdo de prisión morigerada, a pesar de que era de público conocimiento de que se trataba de un imputado con antecedentes graves, condena previa por el atentado a la casa de Bonfatti, sospechado de liderar una banda narco y acusado de un delito con expectativa de pena de muchos años. Y lo más elemental: no cumplía ninguno de los requisitos previstos en el Código Penal nacional, el Código Procesal Penal de Santa Fe ni las instrucciones del Fiscal General para obtener el beneficio. Postma es uno de los tres magistrados cuya actuación está reprochada y bajo investigación.
Lo que terminó por dejar en falsa escuadra a los que autorizaron la prisión morigerada fue que el 18 de diciembre pasado, con Ema Pimpi ya muerto, Lucas Sandoval fue condenado a 11 años de prisión por el hecho que había protagonizado con su hermano.

El fiscal Spelta adujo en defensa propia que él se había opuesto a la prisión domiciliaria que solicitó el abogado de Sandoval. Técnicamente es cierto, pero acto seguido acordó con la defensa lo que jurídicamente se denomina prisión morigerada. El resultado es el mismo: permitió que Sandoval saliera de la cárcel.
Una alta fuente del Poder Judicial lo explicó en detalle y no sin ironía: “Como Sandoval no encajaba en el artículo 222 del Código Procesal, que en el inciso 1 permite la prisión domiciliaria sólo en los casos previstos en el artículo 10 del Código Penal, lo que hicieron fue recurrir al «derecho creativo» y acordaron (fiscal y defensor) una domiciliaria casera. Combinaron el inciso 3 de la ley 219, que prohíbe salir del país o de un ámbito territorial determinado, con la vigilancia electrónica del inciso 7. ¿El efecto cuál era? Darle la domiciliaria. Un ámbito territorial determinado es un país, una provincia o una ciudad, claramente no es una casa”.

El informe
Más allá del caso Sandoval y las repercusiones institucionales por la desaparición del registro de la audiencia, el informe preliminar elaborado de la Auditoría General de Gestión del MPA tiene datos sorprendentes sobre el otorgamiento de prisiones domiciliarias en Santa Fe.
Sobre 443 prisiones domiciliarias (cautelares y de ejecución de condena), el 50,3% fueron dispuesta con la oposición del fiscal. Es decir, las definieron jueces a pedido de las defensas, pero con la negativa de quien investigó y le imputó el delito.
La Auditoría advierte que la mayoría de las solicitudes o acuerdos de detenciones domiciliarias “se apoyan en información incompleta y de baja calidad”. Sugiere la implementación de las Oficinas de Medidas Alternativas y Sustitutivas (Omas).
Advierte gran dispersión en los mecanismos de supervisión del cumplimiento de la detención domiciliaria y que la responsabilidad funcional de ese control es difusa.
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