
En su exposición ante la Sala VII de la Cámara Criminal y Correcional el lunes pasado, el abogado defensor Francisco Oneto pidió la nulidad de todo el expediente: aseguró que los hechos no tienen fecha ni lugar preciso, que la calificación legal aplicada no era la correcta.
Había mucho en juego en su apelación: su cliente, Jonathan Fabbro, ex River y Boca, ex jugador de la Selección paraguaya, esperaba sentado en el pabellón I del penal de Ezeiza junto a otros presuntos ofensores sexuales tras haber sido procesado el 29 de mayo pasado por el juez Santiago Quian Zavalía por presuntamente abusar cinco veces de su ahijada durante cinco años, en ataques que habrían incluido el acceso carnal a través de penetraciones en la boca de la niña, hoy de doce años de edad, eyaculaciones orales, frotamientos y tocamientos, en la casa de la propia madre de Fabbro y en el auto del futbolista. Si es condenado como culpable, Fabbro podrá recibir hasta 20 años de cárcel.

Esa posibilidad puede que no esté muy lejos. Este viernes, la Justicia decidió darle la razón a la víctima y a las pruebas: los jueces Mariano Scotto, Mauro Divito y Marcelo Lucini confirmaron el procesamiento de Fabbro por los delitos de abuso con acceso carnal y corrupción de menores agravados por el vínculo, según información judicial a la que accedió Infobae.
Así, el futbolista queda a un paso de la elevación a juicio oral. Mauricio Viera fue el fiscal general a cargo del proceso, con el abogado querellante Gastón Marano en representación de la menor.

Los jueces consideraron que no solo existe información para ubicar a los supuestos abusos en tiempo y lugar sino que la reiteración de los hechos puede afectar el desarrollo sexual normal de la menor, tras valorar la declaración en cámara Gesell de la ahijada del futbolista y los testimonios de su hermano, su madre, su padre, informes psicológicos y psiquiátricos, así como el análisis del teléfono que ella usaba a cargo de la Policía de la Ciudad y que incluyó capturas de pantalla de chats en donde Fabbro le pide fotos en tono sugerente. El entorno de Fabbro, entre ellos su hermana Anabel, deslizó que las capturas podrían ser una fabricación, algo que las pericias desmienten y que el juez Quian Zavalía descartó al procesar al mediocampista.
La hermana de Fabbro y su madre fueron contra la menor en sus apariciones públicas, aseguraron que la niña mentía: un examen psicológico reveló que no presentaba "indicadores de un aumento patológico de la imaginación" ni una "propensión a la sobrecarga imaginaria" en sus procesamientos mentales. La menor hasta pidió un bozal legal en contra de las familiares de Fabbro y de Larissa Riquelme, pareja del futbolista, para que no revelaran información sobre ella. Otro examen psiquiátrico reveló una particular angustia de la menor al hablar de Fabbro: su miedo era cómo le explicaría lo presuntamente ocurrido a su futuro novio, a sus hijos. Estos exámenes, razonaron los jueces de la Cámara, otorgaban más credibilidad todavía a los dichos de la ahijada del futbolista.

Los jueces Scotto y Lucini consideraron en sus votos que la penetración oral efectivamente constituye un acceso carnal. La confirmación de la prisión preventiva, razonó el juez Divito, se volvía necesaria ya que Fabbro ya estuvo prófugo en la causa hasta que fue detenido en México y que tiene los medios económicos y una doble nacionalidad que incrementan el peligro de fuga, así como la chance de que entorpezca la investigación influyendo en la niña.
Gastón Marano, querellante en el caso, destacó la actuación del fiscal Viera y aseguró tras el fallo de la Sala VII: "La Cámara reivindica a la niña, ratifica la contundencia de las pruebas que hemos ido aportando desde el comienzo de la investigación y que han sido el corazón de la imputación. Pone un coto decisivo a aquellos que ponen en duda la versión de la menor, que se mantuvo firme en la verdad contra terribles presiones."
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