
La Corte Suprema de Justicia resolvió que un monotributista que presta servicios para una empresa no necesariamente tiene un vínculo laboral con ella, es decir, no puede ser considerado como un trabajador en relación de dependencia.
En un pronunciamiento trascendental para el ámbito laboral y para los jueces del fuero, el máximo tribunal del país fijó además límites precisos para determinar cuándo una persona tiene una relación laboral con un empleador.
La sentencia del máximo tribunal fue emitida en el caso de un médico del Hospital Alemán (Carlos Martín Rica) que reclamaba una indemnización por despido sin causa y había obtenido una resolución favorable en primera instancia y ante la Cámara del Trabajo, que fue apelada por las autoridades del sanatorio. El fallo de segunda instancia también preveía el pago de multas por falta de registración laboral.
Con la firma de Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Carlos Rosenkrantz, la Corte Suprema precisó que el vínculo no revestía "los rasgos de una relación laboral" porque el médico solo recibía una contraprestación por los servicios efectivamente prestados y no cobraba cuando transcurría un lapso en los cuales no era convocado por las autoridades del Hospital Alemán.
Tomó como un dato trascendental que el profesional era monotributista y emitía facturas no correlativas cuyo importe difería todos los meses porque dependía de las prácticas que realizaba. También fue determinante un informe de la AFIP, que realizó una inspección y concluyó que no existía relación de dependencia entre el médico y la institución.
En el expediente se comprobó además que el neurocirujano que inició la demanda nunca hizo un reclamo impugnando la relación que lo unía con el hospital durante los siete años que prestó servicios. Tampoco invocó ni probó que haya gozado de licencias o vacaciones pagas. Hubo testigos que declararon que cada médico podía fijar sus propios horarios de atención.

En uno de los considerandos, la Corte aclaró que para la ley argentina el trabajo es una actividad que se presta en favor de quien tiene la facultad de dirigirla, y el objeto del contrato es "prestar servicios" bajo la dependencia de otra persona, siendo típico del vínculo laboral las dependencias jurídica, económica y técnica, circunstancias que no se verificaron en este caso.
Y agregó: "El hecho de que un prestador de servicios deba respetar una serie de directivas emanadas de quien lo contrató, no resultan por sí solas concluyentes para acreditar un vínculo de subordinación, debido a que ciertas exigencias responden al orden propio de toda organización empresarial".
En virtud de los argumentos expuestos, la Corte dejó sin efecto la sentencia de la Cámara y ordenó la devolución del expediente a la Sala VII para que dicte una nueva sentencia atendiendo el criterio expuesto en el fallo.
Abogados laboralistas consultados por Infobae consideraron que la resolución representa un antecedente jurisprudencial clave para regular las relaciones de trabajo en la Argentina. Analizaron además que la nueva doctrina está en línea con el proyecto de reforma que impulsa el Poder Ejecutivo.
Últimas Noticias
Perú autoriza otros USD 146 millones para la compra de aviones caza de combate y declara secreto de Estado
El último movimiento de Denisse Miralles. El MEF aprobó una inversión de S/522 millones para una compra clave para La Joya que debería cerrarse en junio

Todo lo que se sabe del Debate Presidencial 2026: Fechas, participantes y temas que deberá exponer cada candidato
Debido a la gran cantidad de organizaciones políticas participantes, el JNE organizó el debate de candidatos en seis fechas distintas

Congreso aprueba bono mensual vitalicio de 1.130 soles a veteranos de la lucha contra el terrorismo
Beneficio costará casi 122 millones de soles al año cuando se incorpore a todos los veteranos licenciados identificados

Actor de ‘La reina del flow 3′ respondió a críticas tras viralizarse video donde trabaja como conductor de Uber: “Me pagan bien”
El exintegrante de ‘La casa de los famosos 2026′ y cantante explicó en redes sociales que trabajar como conductor de una plataforma digital le permite contar con una fuente adicional de ingresos




