El Ministerio de Seguridad Nacional anunció este viernes 27 de marzo, en el Boletín Oficial de la República Argentina, la restricción de ingreso a un evento deportivo a 11 personas. La medida sucede en la Resolución N° 354-E/2017 con el objetivo de prevenir hechos de agresión y violencia ya sea antes, durante o después de celebrarse tal evento.
Se sancionó a un simpatizante de Racing Club, identificado como Leandro Emanuel Paredes, prohibiéndole el ingreso a todo evento deportivo en el territorio argentino por tiempo indeterminado. El hecho se da en el estadio Presidente Perón durante el partido entre Racing Club e Independiente Rivadavia. Se lo ve al hombre participando en agresiones físicas en la platea local gracias a filmaciones.
La decisión se fundamenta en los lineamientos establecidos en la Ley 20.655 y en la Resolución 354-E/2017, que habilita al Ministerio de Seguridad Nacional a restringir la concurrencia a espectáculos futbolísticos a personas consideradas de alto riesgo para la seguridad pública. Este caso cobró especial relevancia por las lesiones de gravedad sufridas por Walter Alagastino, ex referente de otro núcleo de simpatizantes de Racing Club, quien debió ser retirado en ambulancia y presentaba afecciones en la columna vertebral producto de la “feroz agresión”.
El texto publicado en el Boletín Oficial, aclara que tiene como objetivo reforzar la prevención frente a episodios de violencia en estadios, especialmente después de la grave agresión ocurrida durante el partido entre Racing Club e Independiente Rivadavia por la Copa de la Liga Profesional el 26 de febrero de este año.
El Gobierno refuerza el control en la seguridad del fútbol
El Boletín Oficial de la República Argentina precisa que las sanciones adoptadas por el Ministerio de Seguridad Nacional, bajo la titularidad de Alejandra Susana Monteoliva, la cual permite ejecutar el poder de policía interna y preservar la seguridad y derechos de los ciudadanos durante espectáculos masivos.
En otra publicación del Boletín, el Ministerio también prohibió la concurrencia de hinchas de Godoy Cruz durante la disputa entre el Club Deportivo y el Club Social y Deportivo Madryn. El decreto aclara que la restricción se debo a la participación en incidentes violentos durante partidos de fútbol en la ciudad de Mendoza.
Esta medida será aplicada por 24 meses a 10 personas que tuvieron lugar en el evento deportivo indicado. La decisión del Ministerio surge tras recibir informes detallados, en fechas posteriores al partido del 1 de marzo de 2026, remitidos por la Dirección de Planeamiento Operativo de la policía de Mendoza y refrendados por la Secretaría de Seguridad y Justicia de dicha provincia.
Ambos informes expusieron con exactitud los nombres y documentos de identidad de los responsables de los disturbios: Oscar Raúl Jurado, Roberto Quiroga, Diego Gabriel Sintas, Leonardo Ariel Olguin, José María Moris, Fausto Martin Quiroga, Luciano Miguel Maldonado, Iván Nahuel González, Ignacio Rafael Leguiza y Jonathan Benjamín Negrete.
La resolución destaca que uno de los involucrados, Iván Nahuel González, fue detectado portando un proyectil calibre 9 mm durante el operativo de seguridad. El hombre fue aprehendido y procesado por infracción al artículo 54 de la Ley Provincial 9.099, con intervención del Segundo Juzgado Contravencional de Mendoza y, además, se le impuso una restricción de ingreso a estadios por dieciocho meses.
En el Boletín Oficial se expresa: “Ante estas circunstancias y teniendo en cuenta que el espíritu de la normativa de aplicación vigente es preservar el orden y la seguridad en los espectáculos futbolísticos, focalizándose en la prevención de hechos de violencia durante el desarrollo de un encuentro deportivo, es necesario neutralizar e impedir la presencia en el evento de personas que pudieran alterar, en cualquier forma la reunión deportiva, resulte pertinente registrar en el Programa Tribuna Segura”.
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