
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica dispuso este martes a través de su publicación en el Boletín Oficial un agua lavandina, unos productos para la limpieza de automóviles y unos productos cosméticos.
En primer término, la Disposición 341/2026 estableció la prohibición del uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional de todos los lotes del producto rotulado como Agua Lavandina Común. Val chemical. Elimina el 99,9% de las bacterias de tu hogar. 25 g Cl/l”.
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Además, instruyó que se inicie un sumario sanitario la firma Compañía de Poliproductos Baigó S.A. y al Director Técnico Oscar Gabriel Horacio FERNANDEZ.
En su considerando, la norma explica que las actuaciones se originaron por el Servicio de Domisanitarios del Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal dependiente de la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud con el objeto de verificar la legitimidad del producto el cual no contaba con dato del N° de registro del producto ante la ANMAT.
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Así, constantaron que si bien la empresa cuenta con habilitación nacional para el rubro domisanitario, el producto cuestionado no se encuentra registrado ante esta ANMAT, por lo que citó a la firma a fin de que realizara el reconocimiento del producto.
Ante ello, los representantes de la firma reconocieron la mercadería como propia, declarando que habían elaborado el producto pero que no lo habían comercializado y se les consultó si el producto se encontraba registrado ante la Autoridad Jurisdiccional y declararon que tampoco contaba con ese aval.
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En consecuencia, el Servicio de Domisanitarios y el Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal, sugirieron prohibir el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional de todos los lotes del producto e iniciar el correspondiente sumario sanitario a la firma.
Por su parte, mediante la Disposición 360/2026, impusieron la misma medida sobre los productos domisanitarios para la limpieza y el acabado de superficies de automóviles y motocicletas de las marcas: Restorer, Bully Industry, Fenix, Impactto, Marchand Car Care, Solimo Detailing Products y Sedanil, hasta tanto se encuentren debidamente registrados aclarando que se exceptúa el producto silicona aromatizada de marca Fenix
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En el considerando, sostienen que las actuaciones se iniciaron cuando recibieron denuncias sobre la legitimidad de los productos que no cuentan con el correspondiente registro ante el organismo.
A su vez, alegaron que Restorer, Bully Industry, Fenix, Impactto, Marchand Car Care, Solimo Detailing Products y Sedani son marcas que se promocionan, publicitan y comercializan por páginas web, redes sociales y plataformas de venta digital, pero que no encuentran inscriptas correctamente.
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Acerca de ello, la firma responsable de los productos de la marca Restorer (SERTU S.A.S.), respondió a una notificación del área de Coordinación del Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y Promoción de Productos Sujetos a Vigilancia Sanitaria en la cual indicaba que no estaba registrado en provincia de Buenos Aires, a partir de la cual se informó que debía inscribir el establecimiento y productos ante ANMAT a fin de poder comercializarlos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y/o realizando tránsito interjurisdiccional.
A partir de los datos relevados en las páginas web, se identificaron los domicilios de las posibles firmas titulares de los productos de marca Impactto y Sedanil. La firma responsable de los productos de marca Sedanil no respondió la notificación y la notificación a la firma responsable de los productos de marca Impactto no pudo ser entregada por estar clasificada como domicilio “desconocido” por el correo.
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La firma Compaer SACIFIyA (RNE N°020047953) tiene registrado un producto marca Fenix correspondiente a un producto para acabado de superficie del tipo silicona aromatizada por lo que se consultó a la Autoridad Sanitaria de la provincia de Buenos Aires por el registro de los productos de marcas Bully Industry, Impactto, Marchand Car Care y Sedanil e informó que no se encontraban registros en su jurisdicción.
Finalmente, la ANMAT prohibió, a través de la Disposición 361/2026, todos los prodcutos de la marca “LG - LA GEFA COSMETICA VIP” en todas sus presentaciones, lotes, vencimientos y contenidos netos: Serum biomolecular en crema marca “LG - LA GEFA COSMETICA VIP”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Nutrición intensa détox marca “LG - LA GEFA COSMETICA VIP”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Máscara biomolecular 3 en 1 marca “LG LA GEFA COSMETICA VIP”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Perfume capilar con ácido hialurónico marca “LG LA GEFA COSMETICA VIP”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Serum capilar KERASSVIP reparador de puntas marca “LG LA GEFA COSMETICA VIP”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Shampoo biomolecular détox marca “LG LA GEFA COSMETICA VIP”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Afrodita rizos marca “LG LA GEFA COSMETICA VIP”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Biotina pura biopéptidos marca “LG LA GEFA COSMETICA VIP”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Tónico de crecimiento biopéptidos marca “LG LA GEFA COSMETICA VIP”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Alisado Liss sin formol marca “LG LA GEFA COSMETICA VIP”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Plex molecular sin formol marca “LG LA GEFA COSMETICA VIP”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado.
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En su considerando remarca que las actuaciones se iniciaron en virtud de que el Servicio de Productos Cosméticos e Higiene Personal constató la oferta en canales electrónicos de productos cosméticos para el cabello sin inscripción sanitaria, los que se comercializan bajo la marca “LG - LA GEFA COSMETICA VIP”, todos sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado.
Frente a ello, consultada la base de datos de cosméticos inscriptos ante la esta Administración, no se hallaron productos cuyos datos identificatorios se correspondan con los obrantes en el rotulado de los citados cosméticos.
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Por lo expuesto, a fin de proteger a eventuales usuarios de los efectos derivados del uso de los productos involucrados, toda vez que se trata productos ilegítimos, no inscriptos ante esta Administración Nacional, para los que se desconoce el establecimiento que estuvo a cargo de su elaboración, y en consecuencia para los que no es posible conocer su eficacia, seguridad y/o formulación con ingredientes permitidos por la normativa vigente aplicable suspendieron su comercialización.
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