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Por graves irregularidades, la ANMAT prohibió la venta de un aceite de oliva

El organismo oficial detectó, además, que se presentaba información apócrifa en los rótulos

(Imagen Ilustrativa Infobae)
El organismo detectó la falta de registros sanitarios (Imagen Ilustrativa Infobae)
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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) ordenó la suspensión de la venta de un alimento vegetal natural tras detectar graves irregularidades en su registro.

Se trata del producto identificado como “Aceite de Oliva extra virgen, marca Tierra de Oliva, RNPA N° 12301246, fabricado y envasado por Establecimiento Los Juárez, Chamical – La Rioja, RNE N° 12310897”. De acuerdo con la resolución 192/2026, publicada esta madrugada en el Boletín Oficial, prohibieron también la elaboración y el fraccionamiento en todo el país y su publicidad en plataformas de venta en línea.

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La decisión se adoptó como consecuencia de una consulta realizada ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL) sobre el cumplimiento de la normativa alimentaria por parte de este producto. El Departamento de Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del INAL, a través del Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SIFeGA), verificó que los números de registro sanitario (RNE y RNPA) exhibidos en el rótulo del producto eran inexistentes, según la información provista por la Dirección de Seguridad Alimentaria de la provincia de La Rioja en respuesta a consultas.

La detección inicial se originó en la provincia de Córdoba, a partir de una intervención que trasladó el caso a las autoridades sanitarias de La Rioja. Posteriormente, notificaron el incidente en el Sistema de Información de Vigilancia Alimentaria del SIFeGA. Con esta información la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (ASSAL) detectó el producto en comercios de la ciudad santafesina de Rufino y emitió el Alerta Alimentaria N° 13/2025, estableciendo la prohibición en toda la provincia de Santa Fe.

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En paralelo, la Dirección General de Control de la Industria Alimenticia de Córdoba notificó que la municipalidad de Marcos Juárez había localizado el producto en cuatro comercios de la ciudad, procediendo a la intervención de las distintas presentaciones y volúmenes. Como resultado de esa actuación, las autoridades determinaron que debían prohibir tanto la elaboración, como la publicidad, comercialización y distribución en toda la provincia.

Con el análisis elaborado por las autoridades sanitarias, se determinó que el producto está en infracción al artículo 3° de la Ley N° 18284, al artículo 3° del Anexo II del Decreto N° 2126/71 y a los artículos 6 bis y 13 del Código Alimentario Argentino por carecer de registros sanitarios de establecimiento y de producto, y por exhibir en su rótulo números de registro inexistentes. Esto lo califica como un producto apócrifo, al no poder ser identificado fehacientemente.

(Imagen Ilustrativa Infobae)
El producto no cuenta con los registros correspondientes (Imagen Ilustrativa Infobae)

Así, la ANMAT mencionó la imposibilidad de garantizar la inocuidad, trazabilidad, condiciones de elaboración y calidad del producto. También se prohíbe la comercialización de cualquier producto que exhiba en su rótulo el RNE 12310897 y/o el RNPA 12301246.

Por su parte, el INAL y la Coordinación de Sumarios del organismo tomaron intervención en el procedimiento, conforme a las facultades conferidas por el Decreto N° 1490/92.

La disposición instruye además la comunicación de la medida a las autoridades sanitarias provinciales, al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y a los organismos correspondientes, y ordena su publicación en el Boletín Oficial.

Las funciones de fiscalización y control asignadas a la ANMAT buscan proteger la salud de la población ante todo tipo de productos que no cumplen con los requisitos sanitarios. En la madrugada del martes de esta semana, por ejemplo, la Adminsitración actuó sobre un medicamento en crema y otros artículos sanitarios y cosméticos.

Según el organismo, los productos afectados carecían de los registros sanitarios requeridos y contenían componentes considerados peligrosos. La medida alcanzaba a marcas comercializadas en plataformas electrónicas y en todo el país. De esta manera instó a la población a abstenerse de adquirir o utilizar los productos involucrados y recordó la importancia de verificar siempre la habilitación correspondiente antes de consumir cualquier producto sanitario o cosmético.

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