La Academia de Periodismo destacó dos fallos de la Corte Suprema a favor de la libertad de expresión

Se trata de las decisiones por la cual el máximo tribunal revocó una condena contra la revista Barcelona y sobreseyó al periodista Carlos Pagni en una causa de presunto espionaje

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Corte suprema - Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti

A través de un comunicado, la Academia Nacional de Periodismo celebró el fallo de la Corte Suprema de Justicia que revocó una condena por daños y perjuicios contra la revista Barcelona. La demanda databa de 2010 y había sido iniciada por Cecilia Pando, presidenta de la Asociación de Familiares y Amigos de los Presos Políticos de la Argentina, luego de una contratapa en la que su imagen formaba parte de un fotomontaje.

La entidad destacó que la decisión del máximo tribunal lleve la firma de cuatro de sus cinco miembros y explicó los argumentos de los jueces para reafirmar la libertad de expresión: “El fotomontaje satírico no resulta lesivo del derecho al honor de la demandante, dado que constituye una crítica política que no excede los límites de la protección que la Constitución Nacional otorga a la libertad de expresión”.

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“Debe tenerse presente, que al igual que los funcionarios públicos, las personas que tienen un alto reconocimiento por su participación en cuestiones de interés público, están especialmente expuestas a la crítica, incluso ríspida e irritante, respecto de su desempeño en ese ámbito, habilita un debate robusto que es indispensable para el desarrollo de la vida republicana y democrática”, argumenta la sentencia del máximo tribunal.

En agosto de 2010, Pando, activista del grupo “Asociación de Familiares y Amigos de los Presos políticos de la Argentina”, demandó a la revista por la tapa del número 193, que mostraba una foto suya que había sido adosada al cuerpo desnudo de otra mujer, con sogas entrelazadas a manera de cadenas. Esa imagen simulaba ser la tapa de una revista denominada S/M (Soy Milico). Además, la foto venía acompañada con leyendas como “PARA MATARLA!. SOLTA EL GENOCIDA QUE LLEVAS ADENTRO”, “APROPIATE DE ESTA BEBOTA”, “LAS CHICAS QUIEREN GUERRA ANTISUBVERSIVA”.

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La tapa de la revista Barcelona
La tapa de la revista Barcelona

El fallo señaló que la actora es una figura pública debido a su activa participación en el debate público respecto de los crímenes de lesa humanidad de la última dictadura y que la publicación en pugna es de interés público. Asimismo, señaló que la revista Barcelona es un medio gráfico que utiliza la sátira para hacer críticas respecto de la política y sociedad argentina.

En este sentido, resaltó que la expresión satírica utiliza el humor o lo grotesco para manifestar una crítica, expresar un juicio de valor, y dicho discurso crítico se caracteriza por exagerar y deformar la realidad de modo burlesco.

En cuanto a la vulneración del derecho a la propia imagen, el fallo agregó que dada la característica del medio en el que fue inserto y el contexto de la publicación en cuestión, el fotomontaje puede ser considerado una manipulación de la imagen asimilable a una caricatura, entendiendo por tal una creación satírica realizada a partir de la deformación de los rasgos y aspecto físico de un sujeto.

La otra resolución celebrada por la Academia es la que dejó en firme el sobreseimiento de Carlos Pagni, de Roberto García y de otros periodistas en una causa por presunto espionaje, decisión que también celebramos porque reafirma la libertad de expresión y protege el derecho de los periodistas a preservar sus fuentes de información.

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