La ANMAT prohibió la venta de tres aceites de oliva y uno de girasol

Las medidas se publicaron este martes en el Boletín Oficial

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Los productos están falsamente rotulado
Los productos están falsamente rotulado

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la comercialización de cuatro aceites a raíz de distintas irregularidades detectadas.

A través de la disposición 2379/2019, que se publicó este martes en el Boletín Oficial, el organismo prohibió el "Aceite de oliva extra virgen" de la marca Doña Ycha.

"Se halla en infracción al artículo 3° de la Ley 18284, al artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y a los artículos 6 bis, 13 y 155 del CAA, por carecer de autorizaciones de establecimiento y de producto, estar falsamente rotulado y ser en consecuencia ilegal", justificó la ANMAT.

“Aceite de oliva extra virgen” de la marca Doña Ycha.
“Aceite de oliva extra virgen” de la marca Doña Ycha.

Por otra parte, la disposición 2405/2019 se refiere en el mismo sentido al "Aceite de oliva extra virgen" de la marca Reino de León.

"Se halla en infracción a los artículos 6 bis, 155, 1383 y 1383 bis del CAA, por estar falsamente rotulado al consignar en el rótulo un RNPA perteneciente a otro producto y el símbolo de alimento libre de gluten, sin estar autorizado como tal, siendo en consecuencia ilegal", indicó el organismo en los considerandos de la medida.

“Aceite de oliva extra virgen” de la marca Reino de León
“Aceite de oliva extra virgen” de la marca Reino de León

En tanto, la disposición 2406/2019 alude al "Aceite de Oliva extra virgen" de la marca Olivos Cuyanos. 

"El producto se halla en infracción al artículo 3° de la Ley 18284, al artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y a los artículos 6 bis, 13 y 155 del CAA, por carecer de autorizaciones de establecimiento y de producto, estar falsamente rotulado y ser en consecuencia ilegal", expresó la ANMAT.

“Aceite de Oliva extra virgen” de la marca Olivos Cuyanos.
“Aceite de Oliva extra virgen” de la marca Olivos Cuyanos.

Y completó: "Por tratarse de productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República de acuerdo a lo normado por el Artículo 9° de la Ley 18284".

Por último, mediante la disposición 2407/2019 se prohibió el "Aceite de Girasol Comestible" de la marca Oleofe.

“Aceite de Girasol Comestible” de la marca Oleofe.
“Aceite de Girasol Comestible” de la marca Oleofe.

El motivo de la decisión: infringe el artículo 3° de la Ley 18284, el artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y los artículos 6 bis, 155, 1383 y 1383 bis del CAA, "por estar falsamente rotulado al consignar en el rótulo el RNPA y el símbolo de alimento libre de gluten, sin estar autorizado como tal, siendo en consecuencia ilegal".