
La Comisión de Salud Pública del Senado de República Dominicana, presidida por la senadora Lía Díaz de Díaz, analizó y unificó tres iniciativas legislativas enfocadas en la regulación del sistema de sangre en el país. Estas propuestas son: el proyecto de ley que regula el Sistema Nacional de Sangre, el que instituye el Hemocentro Nacional y la Red Nacional de Servicios de Sangre, y el que crea el Sistema Nacional de Bancos de Sangre y Donación de Sangre.
El objetivo es establecer un marco legal integral para la donación, el almacenamiento y la distribución de sangre y sus derivados, abarcando tanto el sector público como el privado, acorde al anuncio del organismo de este martes.
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El texto del proyecto unificado establece que la ley regulará todos los aspectos sociales y sanitarios vinculados a la donación de sangre, plasma y otros componentes celulares. Dicha regulación tendrá alcance nacional y será supervisada por las autoridades de Salud Pública. Se declara de interés nacional la hemodonación, la hemoterapia, los bancos de sangre y los centros de transfusión.
Según la normativa, la donación debe ser voluntaria, libre, consciente y no remunerada. No se considerará donante a quien solicite alguna compensación económica. Toda discriminación por nacionalidad, orientación sexual, raza, color, etnia, religión o ideología está prohibida.

Los derechos de los donantes incluyen la gratuidad del procedimiento, acceso a reconocimiento médico gratuito, confidencialidad de los datos personales, prioridad para recibir transfusiones si las necesitan, participación en asociaciones y reconocimiento social. Está prohibido donar a menores de dieciocho años, mayores de sesenta, mujeres embarazadas hasta seis meses después del parto, personas con hepatitis A, B, C o D, con VIH/SIDA o condiciones determinadas por el reglamento.
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El proyecto contempla derechos para los receptores de sangre y derivados, como el acceso libre y gratuito, productos sometidos a controles de calidad y el respeto a la intimidad y el honor.
En el apartado organizativo, los bancos de sangre se clasifican en regionales, provinciales o de área y hospitalarios. Sus funciones incluyen la promoción de la donación, la extracción, el procesamiento, la distribución y la supervisión de la calidad de la sangre. Los centros de transfusión deben cumplir normas de seguridad, informar de forma clara a los donantes, respetar su voluntad en todo momento y mantener adecuadamente los productos.
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Está prohibida la venta de sangre y derivados, así como cualquier forma de lucro en la obtención, procesamiento o distribución. La importación y exportación de sangre solo podrá realizarse con autorización expresa del Ministerio de Salud Pública. En cuanto al régimen de sanciones, se definen faltas leves y graves para quienes incumplan la ley.

La Comisión de Salud Pública continuará el análisis de la propuesta unificada, con el objetivo de fortalecer el sistema nacional de sangre y asegurar un marco legal que proteja a donantes y receptores en República Dominicana.
Más temas de interés para la salud pública
En la misma sesión, la Comisión revisó una resolución de la senadora María Mercedes Ortiz, que solicita al presidente Luis Abinader la finalización de las unidades de Atención Primaria en el paraje de San José, municipio de Salcedo, y en el distrito municipal Blanco Arriba, municipio de Tenares, provincia Hermanas Mirabal. Actualmente, la construcción de estas instalaciones está paralizada, lo que afecta el acceso de la comunidad local a servicios médicos esenciales.
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En la reunión participaron, junto a Lía Díaz de Díaz, los senadores Daniel Rivera, Jonhson Encarnación, Dagoberto Rodríguez Adames, Moisés Ayala, Odalis Rodríguez y Alexis Victoria Yeb. La discusión se centró en avanzar hacia una legislación que garantice la seguridad, la equidad y la gratuidad en la donación y el acceso a sangre en el territorio nacional.
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