Cómo solicitar la ciudadanía argentina para inversores, paso a paso

Los extranjeros que realicen inversiones relevantes en Argentina podrán acceder a la ciudadanía a través de un circuito administrativo especial, con evaluación de antecedentes y controles estrictos

El trámite exige acreditar una inversión relevante, según criterios definidos por el Ministerio de Economía
El trámite exige acreditar una inversión relevante, según criterios definidos por el Ministerio de Economía
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A través del Decreto 524/2025, publicado el 31 de julio en el Boletín Oficial, el Gobierno argentino estableció el procedimiento que deberán realizar los extranjeros que busquen obtener la ciudadanía por inversión. Esta norma pone en vigencia la figura del ciudadano por naturalización, introducida previamente en el Decreto 366/2025, y crea un circuito administrativo con instancias definidas y plazos concretos para su tramitación.

El nuevo esquema habilita a personas extranjeras que hayan realizado una inversión relevante en el país a acceder a la ciudadanía argentina, sin importar el tiempo de residencia previa.

A tal fin, se creó un organismo específico: la Agencia de Programas de Ciudadanía por Inversión, que actuará bajo la órbita del Ministerio de Economía y tendrá un rol central en la recepción, evaluación y recomendación de cada solicitud.

El primer paso en el trámite consiste en la presentación formal de la solicitud ante la mencionada Agencia. El interesado deberá acreditar haber efectuado una inversión que cumpla con los criterios que, de forma exclusiva, establecerá el Ministerio de Economía, según lo dispuesto por el artículo 2° bis incorporado a la Ley de Ciudadanía N° 346.

Una vez recibida la solicitud, la Agencia evaluará si la inversión cumple con los parámetros para ser “relevante” económicamente.

En caso afirmativo, se activará la segunda etapa del proceso: la consulta a diversos organismos de control del Estado nacional, con el objetivo de verificar antecedentes, evaluar riesgos potenciales y resguardar los intereses de seguridad nacional.

Los organismos convocados para este análisis son el Ministerio de Seguridad, la Unidad de Información Financiera (UIF), el Registro Nacional de Reincidencia -del Ministerio de Justicia-, el Registro Nacional de las Personas (RENAPER), la Secretaría de Inteligencia de Estado (SIDE) y cualquier otra entidad pública o privada que la Agencia considere pertinente. Cada uno de ellos deberá pronunciarse en el marco de sus competencias.

Con todos los informes técnicos reunidos, la Agencia elaborará un informe circunstanciado, en el que recomendará la aprobación o el rechazo de la solicitud. Si la inversión no califica como relevante o si alguno de los organismos consultados desaconseja el otorgamiento de la ciudadanía, la Agencia propondrá formalmente su denegación.

Dirección Nacional de Migraciones
La Dirección Nacional de Migraciones tiene 30 días hábiles para resolver la solicitud tras recibir el informe de la Agencia

Este informe será enviado a la Dirección Nacional de Migraciones, organismo descentralizado que depende de la Vicejefatura de Gabinete del Interior. Migraciones, por su parte, tendrá un plazo de 30 días hábiles para analizar el contenido del informe y emitir una resolución fundada, aceptando o rechazando la solicitud.

En caso de aprobación, se instruirá a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), dependiente también del Ministerio de Economía, a realizar las adecuaciones normativas y técnicas que permitan al nuevo ciudadano obtener la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT). Este trámite es esencial para integrarse formalmente al sistema económico y fiscal del país.

El decreto faculta además a la Agencia de Programas de Ciudadanía por Inversión a dictar la normativa complementaria y aclaratoria necesaria para poner en marcha todo el procedimiento, garantizando una implementación eficaz y articulada con los demás entes estatales involucrados.

La medida, firmada por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete de Ministros Guillermo Francos y el ministro de Economía Luis Caputo, ya se encuentra en vigencia desde su publicación en el Boletín Oficial, que se dio este jueves.

Con ella, el Ejecutivo busca fomentar la atracción de capitales productivos, agilizar el otorgamiento de ciudadanía a inversores y fortalecer los controles institucionales para evitar eventuales riesgos a la seguridad y al orden público.

El proceso completo, desde la presentación inicial hasta la resolución final, se estructura en seis etapas principales:

  1. Presentación de la solicitud ante la Agencia de Programas de Ciudadanía por Inversión.
  2. Evaluación de la inversión por parte de la Agencia, según los parámetros definidos por el Ministerio de Economía.
  3. Solicitud de informes a organismos de seguridad, inteligencia y registros públicos.
  4. Elaboración de un dictamen que recomiende la aprobación o el rechazo de la solicitud.
  5. Remisión del informe a la Dirección Nacional de Migraciones.
  6. Decisión administrativa de Migraciones dentro de los treinta días hábiles.

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