
Mediante la Resolución 231/2025, el Gobierno estableció la tasa para el trámite de autorización de viaje al exterior para menores de dieciocho años que egresen del país con pasaporte ordinario para argentinos. La medida se conoció luego de habilitar un nuevo procedimiento destinado a agilizar los permisos de viajes al exterior, que incluía la gestión en simultáneo con el pasaporte.
La nueva resolución incluye la expedición de documentos, certificados y testimonios, así como en la actualización, creación o eliminación de conceptos según lo determine la normativa vigente. La autorización para los viajes de menores, habilitado por la Disposición 373/2025 de la Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas, responde a la demanda de regular y organizar este servicio específico.
La estructura tarifaria resultante se detalla en los anexos que acompañan la resolución publicada este lunes por la madrugada. De esta manera, toda persona interesada podrá consultar los costos y normas asociadas.
A su vez, el documento que lleva la firma del Vicejefe de Gabinete del Interior, Lisandro Catalán, definió que la tasa aprobada y las modificaciones entrarán en vigencia a partir este mismo lunes.
En el documento adicional se puede observar el cuadro tarifario del registro nacional de las personas por el otorgamiento de documentos nacionales de identidad, pasaportes, certificados y testimonios, entre otros.
Los valores establecidos de los servicios recientemente incorporados, según la necesidad, son los detallados a continuación donde la tasa responde a la unidad consular. Estas refieren a una unidad de medida utilizada en los consulados para calcular los aranceles o derechos consulares.
Las tasas quedaron establecidas de la siguiente manera:
— Autorización de viaje al exterior para menores de 18 años que egresen del país con pasaporte ordinario: Tasa aplicable 30;
— Pasaporte argentino: Tasa aplicable 85;
— Fotocopias autenticadas de constancias obrantes en el registro nacional de las personas y/o que sea indispensable incorporar a legajos de identificación: Tasa aplicable 15 (sea cual fuere el requisito);
Asimismo, la publicación incorpora los valores correspondientes a los documentos ordinarios de identificación y los correspondientes a los trámites para personas extranjeras.
Primer ejemplar DNI:
— Carta de ciudadanía y opción de nacionalidad: $7.500
— Actualización de 5 a 8 años, y de 14 años: $7.500
— Ejemplar nuevo, que abarca: actualizaciones posteriores; rectificación de datos; cambio de domicilio; canje de LE o LC por DNI u otros ejemplares de DNI; adopción: $7.500
Esta actualización responde a la necesidad de acompañar la evolución tecnológica, los cambios en la demanda de servicios y el compromiso de mantener a disposición de la ciudadanía procesos documentarios accesibles y alineados con las disposiciones legales nacionales e internacionales.

La semana pasada el Registro Nacional de las Personas (Renaper) avanzó con la implementación de la autorización de viaje al exterior de menores de 18 años con pasaporte ordinario argentino. La medida quedó formalizada a través del Boletín Oficial.
El objetivo principal se centra en optimizar tanto la gestión administrativa como los controles en los pasos internacionales, reduciendo los tiempos y requisitos para las familias y las autoridades migratorias.
El nuevo sistema posibilita que ambos progenitores, ya sean argentinos o extranjeros con residencia legal, otorguen el permiso para que sus hijos menores viajen fuera del territorio nacional de forma individual. La autorización se genera de manera digital y es remitida automáticamente a la Dirección Nacional de Migraciones, lo que facilita la trazabilidad y el control en los puntos de egreso del país. Esta autorización tendrá vigencia hasta que el menor cumpla la mayoría de edad o hasta el vencimiento del pasaporte. El trámite puede iniciarse en los centros de atención de Renaper, oficinas seccionales o consulados habilitados, según lo determinado en la normativa.
Durante el proceso, es obligatorio que el menor posea un pasaporte ordinario vigente y se verificará su identidad mediante biometría automática, además de corroborarse el vínculo parental según la partida de nacimiento archivada en las bases del organismo.
En situaciones en las que el permiso se tramite junto con la gestión del pasaporte del menor, la presencia de la otra parte resulta indispensable. Sin embargo, es posible que uno o ambos padres gestionen la autorización de viaje sin la asistencia del niño. El procedimiento disponible se limita a autorizaciones amplias, lo que permite que el menor pueda ingresar a cualquier país extranjero mientras mantenga la vigencia de su pasaporte o hasta llegar a la mayoría de edad.
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