El oficialismo se mide nuevamente en el Congreso y hoy debate el proyecto de Ficha Limpia en Diputados

A partir de las 14 será el plenario que buscará dictaminar la norma. La oposición rechaza poner fechas a las condenas de segunda instancia en años no electorales

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PLENARIO - 30 de septiembre de 2024 - BOLETA ÚNICA DE PAPEL | Diputados Argentina
La diputada Silvia Lospennato es una de las impulsoras de Ficha Limpia

La Cámara de Diputados tendrá hoy nuevamente una reunión de comisión de alto voltaje. El oficialismo buscará mantener la racha que se inició ayer y conseguir dictamen positivo en la reunión conjunta de las comisiones de Asuntos Constitucionales y Justicia, en busca debatirán el proyecto de Ficha Limpia.

La ley, que busca prohibir que haya candidatos a cargos nacionales que tengan condena “con doble conforme” por delitos de corrupción, viene siendo impulsada por el PRO, pero el año pasado se frustró en el recinto por falta de apoyo libertario. Ahora, el oficialismo envió un nuevo proyecto que presenta algunas modificaciones respecto del original que habían impulsado los amarillos.

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Se espera que, luego de la jornada de ayer en donde LLA y el PRO sufrieron para poder alcanzar las firmas necesarias y dictaminar el proyecto de suspensión de las PASO. Hoy, el debate esté más encaminado para conseguir las firmas.

Cristina Kirchner con dirigentes del PJ de Corrientes.
Si se aprueba este proyecto sin ninguna modificación en Diputados y Senado, significaría que Cristina Fernández de Kirchner no podría ser candidata este año

La motivación de varios diputados de acompañar el proyecto no está relacionada con el texto en sí mismo, sino con la posibilidad de un “escrache” por no hacerlo. “No importa si el proyecto de ley es bueno o malo, hay legisladores que van a ir a levantar la mano porque tiene miedo que los señalen y les manden el trollaje en redes. En la Ciudad eso parece irrelevante, pero en el resto de las localidades del país en donde el conocimiento del legislador por parte de los votantes es más cercano, es muchísimo peor”, describieron a este medio.

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La otra ventaja con la que corren los diputados, que se muestran poco cómodos con el proyecto, es que entienden que en Diputados puede obtener media sanción, pero que en el Senado, en donde la presencia del kirchnerismo es determinante, es poco probable que sea aprobado.

En ese contexto, la dificultad que puede enfrentar el oficialismo es que los bloques opositores presenten dictámenes propios con modificaciones al texto original que envió la Casa Rosada. Un punto de este proyecto que no cuenta con mucho apoyo es el artículo que establece que solo se aplicará la inhabilitación si la condena por alguno de los delitos mencionados fue confirmada en segunda instancia “dictada antes del 31 de diciembre del año anterior al proceso electoral” y “se hubiera confirmado la comisión de al menos uno de los delitos establecidos en la sentencia de primera instancia, aunque modifique la pena impuesta”.

Pablo Juliano, presidente del bloque de Democracia, señaló que el proyecto “es malísimo”. Y fundamentó: “Concibe jueces del poder y no de la Constitución. ¿Cómo un juez, de acuerdo a la fecha de su fallo, va a tener un impacto en los derechos político de cualquier ciudadano? Es un disparate”. Este bloque presentará un dictamen propio.

Fracasó la sesión en Diputados por Ficha Limpia
En noviembre de 2024 no hubo quórum para tratar el proyecto de Ficha Limpia (Adrián Escándar)

Entre los puntos principales del proyecto libertario se destaca que en el artículo 1 del proyecto se establece que no podrán ser candidatos o funcionarios quienes hayan sido condenados por “los delitos previstos en los Capítulos VI - Cohecho y tráfico de influencias, VII”. Es decir, por malversación de caudales públicos, negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas, exacciones ilegales, enriquecimiento ilícito de funcionarios y empleados y encubrimiento.

Al respecto, se remarcó que todos ellos son considerados como “delitos contra la Administración Pública, del Libro Segundo del Código Penal”. Además, se incluye “todo otro delito doloso contra la Administración que conlleve enriquecimiento que sea dispuesto de conformidad con lo establecido en el artículo 36 de la Constitución Nacional”.

En el artículo 7 del proyecto, se detalló a qué cargos no podrán presentarse las personas que tengan una condena. “No podrán ser designadas como Jefe de Gabinete de Ministros, Ministros, Secretarios, Subsecretarios, autoridades de entes y organismos descentralizados e instituciones de la Seguridad Social, integrantes de cuerpos colegiados, personal diplomático en actividad conforme a la Ley del Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957 y sus modificatorias, ni como directores de empresas o entes con participación estatal de cualquier clase; ni, en general, podrán ser designadas para ejercer funciones equivalentes a estos”.

Diputados comienza a debatir la suspensión de las PASO - 04/02/2025
Ayer se debatió la suspensión de las PASO (Jaime Olivos)

Al no establecer la sentencia definitiva, que implica plazos en el ámbito judicial que suelen extenderse por años, el Gobierno se garantiza una segunda instancia en todas las condenas para reducir los riesgos de favorecer decisiones arbitrarias. En el artículo 1 inciso III se aclaró que solo se aplicará la inhabilitación si la condena por alguno de los delitos mencionados fue confirmada en segunda instancia “dictada antes del 31 de diciembre del año anterior al proceso electoral” y “se hubiera confirmado la comisión de al menos uno de los delitos establecidos en la sentencia de primera instancia, aunque modifique la pena impuesta”. Este es otro punto que genera disconformidad en algunos sectores porque señalan que no existe ese doble conforme en la justicia argentina.

Pero el punto que más molestias genera es el de los plazos. La norma señala que en caso de una condena, confirmada en segunda instancia dictada luego del 1º de enero -del año en que se llevaran a cabo las elecciones- “el supuesto tendrá efecto a partir de la finalización de dicho proceso electoral. La inelegibilidad regirá desde la fecha de la sentencia, salvo lo dispuesto en el párrafo anterior”. Es decir, tendrá aplicación si la doble condena sucede en el año previo al que se realicen las elecciones.

Si se aprueba este proyecto sin ninguna modificación en Diputados y Senado, significaría que Cristina Fernández de Kirchner no podría ser candidata este año, ya que competiría para formar parte de un cuerpo colegiado como el Congreso de la Nación.

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