
Este miércoles, a partir de las 17 y con la presencia del Procurador del Tesoro, Rodolfo Barra, continuará el debate impulsado por la oposición sobre una reforma de la Ley 26.122, que regula el régimen legal de los Decretos de Necesidad y Urgencia.
La norma, que es de la gestión de Cristina Kirchner como presidenta, establece que hace falta que las dos cámaras del Congreso -Diputados y Senado- rechacen un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) para que el mismo deje de tener validez. Esto hace que si una de las dos lo aprueba, ya no se pueda derogar.
Los 15 proyectos que están en discusión en las comisiones de Asuntos Constitucionales y de Peticiones, Poderes y Reglamento buscan modificarla y establecer que el rechazo de una sola de las Cámara sea suficiente.

El tema es de preocupación para la Casa Rosada. Entiende que sin esa herramienta podría complicarse el accionar del Gobierno que, aunque busca acuerdos con otras fuerzas, muestra una fuerte debilidad parlamentaria.
“Todos se quedan con que sumamos 84 votos y frenamos la ley de presupuestos universitarios pero nadie mira que del otro lado juntaron 160 y eso te alcanza y sobra si queres empujar una ley o modificar cualquier cosa del Presupuesto”.
Es por eso que la presencia del procurador Barra en esta reunión informativa tiene dos objetivos. El primero es plantear argumentos que sostengan la ley en el estado en el que se encuentra hoy y, la segunda, dilatar el tratamiento.
El Procurador del Tesoro adelantó su posición y señaló que el DNU “está vigente desde su publicación, sin necesidad de ninguna actuación aprobatoria por el Congreso. No se trata de que el silencio por el Congreso constituya una aprobación ficta –porque, hay que repetirlo una y mil veces, el DNU no necesita ser aprobado- simplemente tal silencio significa que el DNU no se encuentra anulado (o derogado, según el caso) y así continúa vigente en el tiempo. Como ocurre con cualquier ley”.
“Que el DNU no precisa ser aprobado se encuentra en la misma finalidad del instituto. La omisión del Congreso (por falta de número, por estrategia política, por insensibilidad, etc, etc) de afrontar la situación fáctica justificante del DNU, exige esta medida de excepción. Si la misma quedase sometida a una aprobación expresa del Congreso estaríamos borrando con el codo lo escrito con la mano: el silencio del Congreso justifica el DNU, y ese silencio, a la vez, tira abajo al DNU, como el perro que se muerde la cola”, argumentó en un artículo publicado en Infobae.
Cuando se votó en el recinto tratar el tema, se lo hizo emplazando a la Comisión para que lo haga en un determinado plazo. La fecha estipulada para que su tratamiento en el plenario culmine es el próximo martes 30 de octubre, ahí es cuando se tiene que dictaminar para que esté listo para llevar el tema al recinto.

La ventaja con la que corre el oficialismo para estirar los tiempos es la cantidad de proyectos de ley que hay. Graciela Camaño, Ricardo López Murphy (2), José Luis Gioja, Sebastián Salvador, Sergio Acevedo, juan Manuel López, Roberto Mirabella, Fernando Carvajal, Mónica Fein, Pablo Giuliano, Mónica Litza, Oscar Agost Carreño, Margarita Stolbizer y Ana Carla Carrizo; son los legiladores que presentaron proyectos para modificar la norma.
A pesar de que todos coinciden con el tratamiento de que una Cámara es suficiente para el rechazo, hay diferencias que hacen difícil la unificación de los proyectos para que se pueda avanzar más rápidamente.
Por el ejemplo, el de Oscar Agost Carreño señala que serán necesario 60 días para que una vez que el DNU llegue al Congreso se expida la Comisión Bicameral. Cumplidos los dos meses, se puede llevar al recinto. El que lleva la firma de Fernando Carbajal, Carla Carrizo y Danya Tavela establece que el plazo debería ser de 75 días.
El más “duro” de todos es el que proponen los legisladores del Frente Renovador que forman parte del bloque de Unión por la Patria. El proyecto que lleva la firma de la diputada Mónica Litza y su par Ramiro Gutiérrez, establece un plazo de solo 30 días para que las dos Cámaras aprueben el DNU. Si no ocurre, el decreto caduca.
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