
La Cámara Nacional Electoral le ordenó a un juez de Mendoza revisar la precandidatura a senador nacional suplente del actual gobernador de esta provincia, Rodolfo Suárez, por la alianza Cambia Mendoza y, además, dispuso que la agrupación no podrá imprimir ni repartir las boletas correspondientes a esa lista hasta que se resuelva la cuestión de fondo.
El tribunal instó al magistrado a rever su postura inicial sobre el asunto y le dio tiempo hasta el lunes próximo para emitir una nueva sentencia.
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La decisión se dio en el marco de una causa iniciada por el espacio opositor a nivel local “Vamos! Mendocinos”, el cual está conformado por el Partido Demócrata, el Partido Libertario, MendoExit y la Coalición Cívica, entre otros.
De cara a las próximas elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO), este frente presentó un recurso ante la Justicia federal con el objetivo de impugnar la postulación de Suárez, al argumentar que el mandatario está impedido a presentarse en estos comicios “por el artículo 115 de la Constitución de la Provincia”.
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De acuerdo con lo que expresaron en su momento, esa norma señala que el gobernador “no podrá se reelegido para el periodo siguiente al de su ejercicio”, ni tampoco “podrá ser electo senador nacional hasta un año después de haber terminado su mandato”.
“En el caso, el Dr. Suárez sólo podría ser electo luego del 11 de diciembre de 2024. Además de que constituye una conducta contra sus propios actos haber jurado respetar la Constitución de la Provincia de Mendoza y luego pretender desconocerla”, se remarcó en el texto presentado por el apoderado de Vamos! Mendocinos, Aldo Vinci.
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Por su parte el juez federal con competencia electoral de Mendoza Walter Bento rechazó la impugnación al considerar que esta alianza “no se encuentra legitimada para cuestionar la referida precandidatura”, medida que fue apelada por Vinci.

Fue entonces que el tema llegó hasta la Cámara Nacional Electoral (CNE), que opinó de manera diferente y remarcó que “el período previsto para el registro de las candidaturas” reviste “especial trascendencia”, ya que es la instancia para “comprobar que los ciudadanos propuestos por las agrupaciones políticas reúnen las calidades constitucionales y legales requeridas para el cargo que pretenden”.
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En este sentido, el tribunal recordó que la junta electoral de cada agrupación debe verificar “el cumplimiento de las condiciones establecidas en la Constitución Nacional, la Ley de Partidos Políticos, el Código Electoral Nacional, el Protocolo Constitutivo del Parlamento del Mercosur, la carta orgánica partidaria y, en el caso de las alianzas, de su reglamento electoral”.
“No es difícil advertir las graves consecuencias que resultarían de una falta de pronunciamiento en esta instancia respecto de la viabilidad de la participación que se impugna, toda vez que se estaría admitiendo que se presentara al electorado una opción política cuestionada que podría luego ser dejada sin efecto”, agregó la CNE.
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Por esta razón, los tres miembros de la Cámara, Ricardo Dalla Via, Santiago Corcuera y Daniel Bejas, resolvieron revocar la decisión del juez Bento al opinar que la misma “no puede ser mantenida” porque “se aparta de la línea jurisprudencial”.
El tribunal le ordenó al magistrado rever la causa “con abreviación de plazos y habilitación de días y horas, de manera tal que las actuaciones sean elevadas a esta Cámara antes de las 12 horas del próximo lunes 16 de agosto”.
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Asimismo, aclaró que “hasta tanto la cuestión sustancial sea resuelta”, la lista de Cambia Mendoza que lo lleva a Suárez como aspirante a senador nacional suplente quedará suspendida para realizar “los actos posteriores a la instancia de oficialización de las precandidaturas, como la presentación, impresión y distribución de las boletas de votación”.
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