Los 6 posibles cambios al proyecto de Economía del Conocimiento que evaluará el Senado

Alberto Fernández descongeló el debate en la Cámara alta. El Presidente busca enviar una señal en medio de un malestar creciente de las empresas. Los senadores kirchneristas plantean modificaciones que obligarán a que la iniciativa regrese a la Cámara baja

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Una nueva ley había sido aprobada en 2019 para ser aplicada este año, pero nunca se promulgó.
Una nueva ley había sido aprobada en 2019 para ser aplicada este año, pero nunca se promulgó.

A pesar del hermetismo en el Senado, donde esta tarde el oficialismo pone a consideración el proyecto de ley de Economía del Conocimiento en un plenario de comisiones, Infobae accedió a un borrador con las principales modificaciones que propondrá el Frente de Todos. Un dato importante es que se mantendrá el tope máximo de 3.600 empleados para acceder a los beneficios de la norma, lo que equivale a siete veces el tramo de dos pymes que es la medida de cálculo estipulada en el texto.

A mediados de julio el bloque oficialista mantuvo una reunión con el ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas. Entre los presentes estuvieron los presidentes de las comisiones convocadas para esta tarde a las 15: Alfredo Luenzo, de Sistemas, Medios de Comunicación y Libertad de Expresión, y Carlos Caserio, de Presupuesto y Hacienda. Ambos promoverán hoy la firma de un dictamen para llevar pronto al recinto la ley que tuvo apoyo amplio en Diputados en el mes de junio. Tras su giro al Senado la ley se estancó, pero en el marco de conversaciones entre senadores, el Ministerio de Producción y Diputados se habría llegado a un texto de consenso. Los cambios obligarán a que la ley vuelva a la cámara de origen donde su presidente, Sergio Massa, ya busca revalidar el apoyo.

Los principales puntos que variarían del régimen de beneficios a las empresas que utilizan conocimiento, como las tecnológicas, comunicación, robótica, investigación, educación, etc., son los siguientes:

En primer lugar se fijan tramos para acceder al beneficio del Impuesto a las Ganancias. El texto original establecía un descuento del 60% para todos, ahora se plantea un diferencial: 60% para las empresas chicas, 40% para las medianas y sólo del 20% para las grandes.

En segundo lugar, se analiza un cambio importante sobre el bono de crédito fiscal de hasta el 70% de las contribuciones patronales efectivamente pagadas. Este bono sobre las cargas sociales será intransferible. Podrá utilizarse para la cancelación de tributos nacionales, en particular el IVA, y otros impuestos nacionales y sus anticipos durante dos años y extenderse, si lo prueba la Autoridad de Aplicación, por otros 12 meses. No se podrá aplicar para Ganancias. Para el sector tech es quizás la noticia que menos podría agradar. El Estado otorga crédito fiscal por el 70% de cargas sociales que se puede aplicar al IVA. Muchas empresas son exportadoras y no tienen IVA, por lo que les queda el crédito fiscal pero no podrán aplicarlo. En Diputados se había resuelto que ese crédito era transferible y se podía vender, a valor inferior, a otras empresas.

Tal como se había determinado en la versión anterior, el artículo 9° fija incentivos adicionales, por lo que el monto del beneficio ascenderá al 80% de las contribuciones patronales que se hayan efectivamente pagado, con destino a los sistemas y subsistemas de seguridad social cuando se trate de nuevas incorporaciones laborales debidamente registradas, de mujeres, personas travestis, transexuales y transgénero; profesionales con estudios de posgrado en materia de ingeniería, ciencias exactas o naturales; personas con discapacidad; residentes de “zonas desfavorables y/o provincias de menor desarrollo relativo” y personas que, antes de su contratación, hubieran sido beneficiarias de planes sociales.

En enero perdió vigencia la norma de impulso a esta industria.
En enero perdió vigencia la norma de impulso a esta industria.

Hay un agregado para los empleados: se incorporó un requisito que obliga a las empresas a estar al día con los compromisos gremiales. Según quienes trabajan en la ley, sería un cepo a posibles despidos. La empresa que acceda a los beneficios no podrá reducir su planta de empleados. El espíritu de la ley, plantean, es “promover el empleo” con un aporte estatal de $18.000 millones.

En cuarto lugar, se elimina el Consejo Consultivo cuya creación plantearon los diputados. Su función era evaluar las solicitudes de las empresas. De todos modos podría incluso crearse en la reglamentación o prescindirse del mismo.

En quinto lugar, se permite acceder al régimen de beneficios con el 70% de facturación en alguna actividad promovida, o presentando un caso ante la Autoridad de Aplicación cuando una actividad de conocimiento intensivo no alcance ese porcentaje.

Finalmente se especifica qué se entiende como Servicios Profesionales. Sólo estarán incluidos en el caso de que sean “exportables”: servicios jurídicos, de contabilidad general, consultoría de gerencia, servicios gerenciales y servicios de relaciones públicas, auditoría, cumplimiento normativo, asesoramiento impositivo y legal; servicios de traducción e interpretación, gestión de recursos humanos (búsqueda, selección y colocación de personal); publicidad, creación de contenido, comunicación institucional, estrategia, diseño gráfico/web, difusión publicitaria; diseño de producto, de interfaz de usuario, diseño web, diseño industrial, diseño textil, indumentaria y calzado, diseño gráfico, diseño editorial, diseño interactivo; entre otros. También servicios de arquitectura e inegeniería y otros servicios profesionales de exportación.

La ley exigirá a las empresas del Registro Nacional de Beneficiarios del Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento revalidar su acreditación cada dos años. Deberán demostrar que cumplen sus obligaciones fiscales, laborales, gremiales y previsionales; que mantienen y/o incrementan su nómina de personal respecto de la declarada al momento de la presentación de su solicitud (se podrá auditar anualmente además); que continúan cumpliendo las exigencias referidas a las actividades promovidas y que los requisitos adicionales acreditados al momento de su inscripción han sido incrementados en un porcentaje que establecerá la autoridad de aplicación según tamaño de empresa y el tipo de actividad promovida.

“El incumplimiento de cualquiera de estos compromisos dará lugar a la aplicación de lo dispuesto por el artículo 15 de la presente ley”, remarca el texto.

Con esta base el Frente de Todos pedirá dictaminar en el plenario de comisiones. En ese marco, Juntos por el Cambio enfrenta un dilema: tras la presentación judicial en contra del protocolo de funcionamiento remoto votado la semana pasada, sus senadores aceptan discutir pero no firmar dictamen ni votar la ley.

Si el oficialismo avanza en soledad, la principal oposición considera ilegítima cualquier votación y por lo tanto esta ley. Salvo que Juntos por el Cambio ajuste la estrategia, que permita un acuerdo político para validar con modificaciones el protocolo o que el juez que lleva la causa rechace el amparo presentado en el día de ayer.

Martín Lousteau es uno de los senadores que pugnan por la aprobación de la ley
Martín Lousteau es uno de los senadores que pugnan por la aprobación de la ley

Dentro del arco opositor, uno de los senadores que más reclaman la sanción de la Ley de Economía del Conocimiento es Martín Lousteau. “Es un sector fundamental para la Argentina, porque genera divisas, aumenta la productividad de lo distintos sectores y es federal”, refiere Lousteau sobre la iniciativa.

El senador porteño considera que es “un proyecto clave” y remarcó que “no estamos teniendo ninguna discusión sobre el futuro, porque la pospandemia es hoy, y las decisiones que tomemos hoy van a determinar el futuro, por lo que es el momento en que el país colectivamente tiene que estar trabajando en eso”.

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