Tal como se había anticipado, la Oficina Anticorrupción (OA) pasó a ser a partir de este sábado un "organismo desconcentrado de la Presidencia de la Nación”, por lo que será un ente autárquico y no dependerá del Gobierno de turno. La medida fue ordenada en el Decreto 54/2019, publicado en el Boletín Oficial.
El documento lleva la firma de Alberto Fernández, del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y de la ministra de Justicia, Marcela Losardo. Entre otras cosas, el texto explicó que el titular de la OA “gozará de independencia técnica y cumplirá las funciones que le competen sin recibir instrucciones” ni del jefe de Estado ni de ninguna otra autoridad superior del Poder Ejecutivo.
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Además, la norma aclara que la persona que esté al frente de este organismo, cargo que actualmente le corresponde al fiscal Félix Crous, “tendrá rango y jerarquía equivalente a Ministro y dependerá funcionalmente de la Presidencia”, aunque no deberá cumplir sus órdenes.
Asimismo, detalla que los funcionarios de la Oficina “tendrán relación jerárquica y dependencia funcional con dicho organismo desconcentrado e integrarán la dotación de personal del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos”.
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Por otra parte, el Decreto vuelve a establecer como un requisito necesario para ser titular de la OA el “ser abogado o abogada”, condición que regía hasta la llegada de Laura Alonso, designada en este puesto en diciembre de 2015 por la entonces administración nacional de Mauricio Macri.

“Las Direcciones de Investigaciones y de Planificación de Políticas de Transparencia estarán a cargo de funcionarios que tendrán rango y jerarquía de Subsecretario, y serán designados y removidos por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos, a propuesta del titular de la Oficina Anticorrupción”, precisó otro artículo del documento.
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El Gobierno también modificó la tarea principal del funcionario al frente de este organismo: "Deberá elevar al Presidente de la Nación un informe semestral y una memoria anual sobre su gestión que contenga especialmente y de manera detallada las recomendaciones sobre reformas administrativas o de gestión que, a su juicio, colaboren en la prevención de hechos ilícitos o irregularidades en el ámbito de la Administración Pública Nacional”.
Por último, el Decreto aclaró que estos informes periódicos "serán públicos y deberán estar disponibles a través del portal de internet del organismo”.
Entre los considerandos, el Gobierno resaltó que “resulta aconsejable dotar a la Oficina Aticorrupción de mayor jerarquía institucional y elevar el cargo de su titular al rango de Ministro”, ya que se trata de “un órgano especializado en la lucha contra la corrupción, y que el mismo debe gozar de la independencia necesaria para el cumplimiento de sus funciones conforme a los principios fundamentales de cada Estado”.
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En este sentido, remarcó que “su ámbito de aplicación comprende a la Administración Pública Nacional centralizada y descentralizada, empresas, sociedades y todo otro ente público o privado con participación del Estado o que tenga como principal fuente de recursos el aporte estatal”.
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