La paridad de género desata una batalla política en la Justicia electoral cordobesa

Es por el reemplazo del diputado del PJ Martín LLaryora, que fue electo intendente de la capital mediterránea. Ante la posibilidad de que se aplique la ley para legisladores que ingresaron con anterioridad, la candidata mujer que sigue en la lista presentó un amparo preventivo

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Claudia Márquez y Héctor Muñoz se disputan la banca que deja en la Cámara baja Martín Llaryora, del PJ cordobés
Claudia Márquez y Héctor Muñoz se disputan la banca que deja en la Cámara baja Martín Llaryora, del PJ cordobés

La disputa por quién debe reemplazar en su banca como diputado nacional, a partir del 10 de diciembre, al electo intendente de la ciudad de Córdoba, el peronista Martín Llaryora, llegó a la Justicia electoral. ¿Debe asumir en su lugar la mujer que sigue en la lista o un hombre para, así, respetar el género del legislador saliente como dice la nueva ley de Paridad?

Quien estaba en cuarto lugar en la boleta del 2017 de Unión por Córdoba es Daniel Passerini, quien a su vez fue electo vice intendente de la capital cordobesa y también renunciaría.

Frente a este panorama, Claudia Márquez, coordinadora del Consejo Municipal de Violencia de Género del Municipio de Río Cuarto, con el apoyo de mujeres de diferentes espacios políticos, realizó una presentación ante el Juzgado Federal Electoral Nº 1 de esa provincia para que se la reconozca como diputada nacional en reemplazo de Llaryora. El intendente electo ya presentó su renuncia a la Cámara baja a efectivizarse el 9 de diciembre.

¿El motivo? Quien está en sexto lugar en la lista, Héctor Guillermo Muñoz, actual jefe de Gabinete de la Municipalidad de Villa María, quien anunció que sería él quien asumiría el 10 de diciembre, en virtud de la ley de Paridad de Género. La norma establece que ante el fallecimiento o renuncia de un/a diputado/a titular, debe reemplazarlo el/la candidato/a de su mismo sexo que figure en la lista según el orden establecido.

Si bien están ambos dirigentes pertenecen al peronismo cordobés, Márquez está alineada con Juan Schiaretti, que fue con “boleta corta” en las elecciones nacionales, en tanto que Muñoz sería más cercano al Frente de Todos que llevó como presidente a Alberto Fernández. Sin embargo, al “confirmar” que iba a asumir como diputado nacional en reemplazo de Llaryora, el funcionario de Villa María priorizó haber sido elegido en la boleta del PJ cordobés, por lo cual se sumaría al bloque Córdoba Federal que responde al gobernador Schiaretti, que tendrá cuatro legisladores.

¿Aplicación retroactiva?

Sancionada a fines de 2017, esta ley -Nº 27.412- obligó a todos los partidos a nivel nacional a constituir las listas con un 50% de varones y 50% de mujeres, y entró en vigencia en las elecciones de este año. A dos años exactos de su sanción, la ley de Paridad podría paradójicamente ser invocada para que el lugar que le correspondería a una mujer, sea ocupado por un hombre.

Esta situación se podría dar, no solo con el reemplazante de Llaryora, sino en varios casos por la actual transición que existe entre la vieja ley de cupo -que establecía un piso de 30% de mujeres en las listas- y la sancionada a fines de 2017, post elecciones legislativas de ese año, que elevó ese mínimo al 50%.

Es por eso que las firmantes presentaron un amparo preventivo en defensa de los “derechos políticos de las mujeres y del principio constitucional de progresividad, que implica que nunca una nueva norma puede ser interpretada o aplicada en desmedro de los derechos que procura proteger”. Argumentaron que al momento de la oficialización de la lista en 2017, “se encontraba vigente la ley 24.012 (de cupo femenino), su decreto reglamentario 1246/00 y el art. 164 del Código Electoral Nacional que establecía que los reemplazos se deben hacer conforme al orden de lista”.

En diálogo con Infobae, Márquez señaló: “Presentamos una declarativa de certeza porque la lista en que fuimos candidatos en las elecciones legislativas de 2017 fue conformada con la vieja ley del cupo del 30% de mujeres. La ventana que abrió el fallo de (María) Servini, le generó expectativa a Muñoz de ser él el reemplazante de Llaryola. Pero la ley de Paridad busca ampliar los derechos de las mujeres y garantizar un acceso igualitario que todavía no se cumple. Hacemos hincapié sobre el principio de progresividad para afianzar acciones positivas a favor de la igualdad”.

Claudia Márquez, candidata a diputada del PJ de Córdoba, firmando la presentación judicial.
Claudia Márquez, candidata a diputada del PJ de Córdoba, firmando la presentación judicial.

En esa resolución de junio pasado, la jueza electoral de la Capital Federal determinó que la reemplazante ante la renuncia de la diputada en diciembre de 2018 de Anabella Hers Cabral -electa en 2015- debía ser otra mujer, en base a la ley de Paridad, y no quien la seguía en la lista, el dirigente del PRO Jorge Garayalde.

Según la presentación del grupo de dirigentes mujeres, con el patrocinio de Enrique Novo, “es recién a partir de la reciente elección que debía aplicarse el artículo 3 de la nueva ley, que establece el reemplazo de las bancas por género. Caso contrario, se llegaría al absurdo que, mediante la implementación retroactiva de una ley que viene a mejorar la situación política de las mujeres, se procure ‘ardidosamente’ dejar afuera – paradójicamente- a la mujer que sigue en el orden de la lista, justamente por ser mujer”.

La presentación de las dirigentes mujeres de distintas agrupaciones de Córdoba
La presentación de las dirigentes mujeres de distintas agrupaciones de Córdoba

Infobae intentó comunicarse con Muñoz, pero una asistente explicó que estaría “sin acceso a su teléfono todo el día” por estar en una jornada.

Entre las firmantes del amparo, además de la candidata, figuran la presidenta de un partido político municipal ajeno al PJ (Paulina Baños, del Frente de la Gente), una concejal de Cambiemos (Mónica Lanutti, del PRO), una concejal de un partido de centro izquierda (Patricia García, de RESPETO), dos funcionarias municipales de Unión Por Córdoba (Mercedes Novaira y Adriana Oliva) y una legisladora provincial por Unión por Córdoba (Adriana Petrone).

Con el mismo objetivo de la presentación judicial, Márquez le envió además la semana pasada una carta documento al presidente de la Cámara de Diputados de la Nación, Emilio Monzó, en la que le solicitó que le confirmen que es ella la que reemplazará a Llaryora.

Desde ese cuerpo, el apoderado legal le respondió que enviaron una nota al Juzgado Federal Electoral de Córdoba para que les precise quien debe asumir.

Respuesta del apoderado de la Cámara de Diputados de la Nación a Claudia Márquez
Respuesta del apoderado de la Cámara de Diputados de la Nación a Claudia Márquez

Situación similar en la Provincia de Buenos Aires

Una situación similar se da con Cambiemos en la Provincia de Buenos Aires a partir del reemplazo del diputado nacional, Guillermo Montenegro, que el 27 de octubre ganó la intendencia de Mar del Plata. El todavía legislador fue electo en 2017 en los comicios de medio término en los que ingresaron 15 diputados nacionales -10 hombres y 5 mujeres- de Cambiemos por la Provincia de Buenos Aires.

En el lugar 16º de la boleta estaba Adriana Cáceres, quien por corrimiento debería reemplazar a Montenegro cuando asuma como jefe comunal de Mar del Plata. Actual directora del Instituto Nacional de la Juventud y secretaria general del PRO en Pilar, Cáceres también presentó el viernes pasado un amparo ante al Juzgado Federal N°1 de La Plata para que la Justicia confirme que es ella quien debe asumir como diputada nacional en lugar del legislador. Esa presentación fue acompañada este martes por un amicus curiae que hicieron integrantes del colectivo de mujeres.

A su vez, la abogada de La Plata Nuria Drendak realizó el martes último otra presentación de una acción de “declarativa de certeza” , pero en sentido inverso, para pedirle a la Justicia electoral que confirme el ingreso del dirigente del PRO que seguía en la lista en el puesto 17º, Marcelo Del Sol, en lugar de Cáceres.

La acompañó de una cautelar para que el presidente de la Cámara de Diputados de abstenga de tomarle juramento a cualquier reemplazante de Montenegro, hasta que la Justicia electoral se expida, y esa sentencia quede firme. Esto implica que el fallo sea revisado por la Cámara nacional electoral, y eventualmente, por la Corte Suprema de la Nación. “Pedimos en el Juzgado que se le dé prioridad a este planteo para que no queden bancas vacías”, explicó Drendak en diálogo con Infobae.

Ante las dos presentaciones en sentido contrapuesta, el juez Ziulu le corrió vista al fiscal federal Guillermo Ferrara para que se expida sobre la competencia del Juzgado y entienda respecto de ambas cautelares.

Transición entre dos leyes

Nosotros somos el ultimo eslabón de la anterior ley de cupo femenino, estamos en un período de transición. La jueza Servini falló en otro distrito, Capital, e hizo ingresar a una mujer. Sabemos que se quieren hacer interpretaciones erróneas perjudicando a las mujeres y debemos estar atentas”, advirtió Cáceres ate este medio.

No todos opinan igual. “La ley de Paridad es muy clara y dice que en caso de renuncia o fallecimiento, asume el que le sigue del mismo sexo. En el 90% de los casos, favorece a las mujeres y así fue pensada la ley para preservar la paridad, con el objetivo de que no hagan renunciar a una candidata mujer electa de la lista para que asuma el hombre que le sigue. Pero en este caso favorece a un hombre”, sostuvo ante la consulta de Infobae Cristian Ritondo. El actual ministro de Seguridad bonaerense encabezó la lista de diputados nacionales del oficialismo en la Provincia de Buenos Aires en las elecciones de octubre, y será el futuro presidente del PRO en la Cámara baja a partir del 10 de diciembre. Del Sol es un militante del PRO de Mataderos, de su riñón político.

Marcelo del Sol (extremo izq.) y Cristian Ritondo (extremo derecho) son del mismo riñón político.
Marcelo del Sol (extremo izq.) y Cristian Ritondo (extremo derecho) son del mismo riñón político.

En el mismo sentido, Drandek sostuvo que “la primera fuente de interpretación de una norma es su texto, y en ese sentido la ley de Paridad es muy clara en su artículo 3 que modificó el 164 respecto de los reemplazos, estableciendo que deben ser por alguien del mismo género. Además, no es aplicable la ley de cupo porque ya fue derogada”. Por último la abogada señaló: “La paridad de género es para todos, no solo para la mujeres”.

Sin embargo, quién debe reemplazar a diputados electos antes de que se sancionara la ley de Paridad, abre una discusión sobre si corresponde o no la aplicación retroactiva de esta norma para cubrir bancas que quedarían libres, a las cuales los legisladores accedieron mediante listas conformadas con una normativa anterior, la ley de cupo del 30%.

La última palabra la tendrá la Justicia Electoral.

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