
La ex presidenta Cristina Fernández, sus hijos Máximo Carlos Kirchner, Florencia Kirchner, su sobrina Romina de los Ángeles Mercado y otros acusados buscan evitar el juicio oral por la causa Los Sauces. Ante el Tribunal Oral Federal 5, las defensas solicitaron la nulidad por cómo se envió el caso a juicio en comparación con la acusación inicial, señalaron que estaban siendo perseguidos en varios expedientes similares y alegaron la existencia la "cosa juzgada".
La Oficina Anticorrupción impugnó esos planteos y habló "maniobras dilatorias". Ahora, el tema debe ser resuelto por el Tribunal Oral Federal 5, que se prepara para analizar toda la maniobra conocida como "Los Sauces", el caso que se perfila como el debate en donde se sentarán juntos en el banquillo la ex presidenta, sus hijos y los empresarios Lázaro Báez y Cristóbal López. En ese causa se investiga si los empresarios alquilaban departamentos y propiedades que ambos expedientes y el archivo de esta causa.
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Cristina Kirchner y Baez, junto a Julio De Vido y José López, entre otros, iban a comenzar a ser juzgados esta semana por la concesión de la obra pública en Santa Cruz al ex dueño de Austral Construcciones, pero el debate se suspendió hasta mayo por la enfermedad de uno de los jueces. No es el único juicio que tiene en carpeta: Los Sauces se avecina como el más avanzado para continuarle. Hotesur aún no fue elevado, y las dos causas más políticas -por las operaciones de dolar futuro y Memorándum con Irán- tampoco se conoce cuándo podrían comenzar.
Con el expediente Los Sauces ya ante el TOF 5, las defensas de la ex presidenta, sus hijos, Romina Mercado, Osvaldo Sanfelice y Alberto Oscar Leiva hicieron una serie de planteos de nulidad, entre ellos, al señalar que en esta causa se estaba "renovando la persecución penal de hechos que ya fueron analizados por la justicia hace más de una década atrás y que hoy están siendo encuadrados de manera forzosa en una nueva calificación legal". Bajo el principio de no ser juzgados dos veces por el mismo hecho, solicitaron el sobreseimiento de sus asistidos.
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Ante tales planteos y la consultada a las partes, la OA se opuso a los pedidos. "Las defensas hacen hincapié en que los hechos por los que sus asistidos fueron intimados al momento de prestar declaración indagatoria difieren de aquellos que se encuentran consignados en los requerimientos de elevación a juicio; que la relación de los hechos consignados en estas piezas no son claros, precisos o circunstanciados; y que no se encuentran suficientemente motivados. Sin embargo, estimamos que ninguno de esos planteos tiene asidero, por lo que deben ser rechazados."
De acuerdo al escrito al que accedió Infobae, las defensas hacen "una lectura sesgada de los hechos y circunstancias descriptas en los requerimientos de elevación a juicio para poder así crear su propio escenario de nulidad" porque "las maniobras que le son adjudicadas a los procesados se encuentran perfectamente detalladas, imputado por imputado, tanto en el requerimiento que efectuara esta parte querellante como el que presentara el Ministerio Público Fiscal y la UIF". Resaltaron que existe "una descripción más que clara, precisa y circunstanciada de los hechos" sobre "cuáles son las conductas que se subsumen en el delito de asociación ilícita, y cuáles son aquellas que importan una maniobra de lavado de dinero o que constituyen el delito precedente".
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La OA reafirmó que "la imputación dirigida contra los encartados en nuestro requerimiento de citación a juicio consiste, concretamente, en la conformación de una organización delictiva –entre los años 2006 y 2016¬– que creó, diseñó y permitió mantener un mecanismo, a través de distintas operaciones comerciales simuladas, que de modo permanente y continuo tenía por objeto otorgarle apariencia de legalidad a sumas de dinero millonarias de origen ilícito proveniente de las empresas del "Grupo Báez" y del "Grupo Indalo", las que -entre los años 2009 y 2016- efectivamente se exteriorizaron en la empresa "Los Sauces S.A.", perteneciente a los ex presidentes de la Nación, Néstor Carlos Kirchner y Cristina Elisabet Fernández, y a sus hijos, Máximo Carlos Kirchner y Florencia Kirchner.
Y agregó que "tales activos se introdujeron al mercado a través de la actividad hotelera e inmobiliaria puesta en escena por la empresa "Los Sauces S.A.", a la que los responsables de aquellos grupos societarios, que habían sido beneficiados con distintos contratos o concesiones públicas, inyectaron fondos en una suerte de retorno hacia la ex familia presidencial". Se hizo hincapié en la descripción "con lujo de detalle las maniobras que permitieron la capitalización de la firma Los Sauces SA y los posteriores hechos de lavado de dinero a través de los cuales los grupos económicos involucrados -beneficiados por el gobierno de turno- tomaron parte para introducir en el mercado bienes de procedencia ilícita bajo apariencia de legalidad".
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También se reseñó que "si bien el agravio de las defensas radica, principalmente, en la atribución del delito de dádivas como hecho precedente del lavado de dinero en punto a las maniobras vinculadas con las empresas del Grupo Indalo, lo cierto es que se trata de una diferencia en la calificación legal que no importa afectación al principio de congruencia, porque –desde el punto de vista fáctico- no existe diferencia sustancial entre la entrega de sumas de dinero a los expresidentes de la Nación –calificado como dádivas- y su posterior introducción al mercado formal bajo el ropaje de contratos de locación –calificado como lavado de activos-".

Sobre los planteos de dobles juzgamientos, la OA afirmó que "ya se encuentra fuera de discusión que si bien las causas se encuentran conectadas, y se investiga un plan global pergeñado para sustraer fondos públicos y luego ingresarlos al mercado a través de una o varias maniobras de lavado de dinero, dicha conexidad -que ya fue declarada y confirmada por la Alzada-, no es óbice para que las maniobras se investiguen y tramiten por separado".
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"Para ser precisos y que no queden dudas, en uno de los hechos se lavaba dinero a través de la explotación comercial de hoteles (causa Hotesur), y en el otro a través de los alquileres de inmuebles y de otro hotel (causa Los Sauces), con lo cual el archivo de cualquiera de las dos causas, pretendido por la defensa, no puede sino ser rechazado, pues no estamos en presencia de un único suceso, sino de eventos escindibles tanto fáctica como jurídicamente, en tanto comprenden operaciones perfectamente diferenciadas, cometidas en fechas diferentes, que atañen a distintas empresas y montos dinerarios, no obstante la similitud del procedimiento empleado en unas y otras. Queda claro entonces que no estamos en presencia de la alegada persecución penal múltiple", se agregó.
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