
En paralelo con la agenda que impone la economía, como la negociación para implementar los recortes que pretende el gobierno nacional en el marco de la discusión del presupuesto 2019, la gobernadora bonaerense María Eugenia Vidal ultima los detalles del proyecto de reforma del Código Contravencional, que busca crear nuevas figuras y sanciones para resolver conflictos menores y que apunta a descomplejizar y desburocratizar la Justicia.
La mandataria se había comprometido a presentar esta reforma del régimen contravencional –vigente desde 1973– en la legislatura provincial en junio de este año, pero se dilataron los plazos y se hará recién entre septiembre y octubre. Coordinado por el ministro de Justicia, Gustavo Ferrari, todavía se encuentra en la etapa de consulta con intendentes bonaerenses y diferentes organismos judiciales.
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Entre otros puntos clave, el proyecto del nuevo Código –al que accedió Infobae– establece que la mendicidad, la prostitución y la ebriedad dejan de ser punibles. Desde el Gobierno señalaron que "se trata de problemáticas que sin duda requieren de atención estatal, pero ella no puede ser hoy en día la imposición de una sanción a quien, por ejemplo, debe mendigar para poder comer; o en el caso de la prostitución, en lugar de castigar a quien la practica, es fundamental que se persiga a las organizaciones que se benefician desde las sombras".

Con relación a la práctica de la prostitución, a principios de julio el Senado provincial convirtió en ley un proyecto que derogó el artículo 68 del Código de Faltas, que penaba "con una multa de entre el quince (15) y el cuarenta (40) por ciento del haber mensual del Agente del Seguridad (Agrupamiento Comando) de la Policía de la Provincia de Buenos Aires y arresto de cinco (5) a treinta (30) días, la prostituta o el homosexual que se ofreciere públicamente".
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"Lo que hace el Código es ratificar esta decisión parlamentaria y, al mismo tiempo, sanear vicios en los procedimientos policiales, tanto en este tipo de actividad como en otras", aseguró a Infobae el subsecretario de Justicia provincial, Adrián Grassi.
"Lo que estamos haciendo es ponerle muchos más controles a la actuación policial y estamos pensando en una implementación gradual para que la instrucción de las causas contravencionales pase de la policía a los fiscales, y que los agentes hagan lo que tienen que hacer, que es cuidar a la gente", destacó el funcionario.
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El proyecto de reforma también dispone la creación de nuevas figuras contravencionales como la afectación del funcionamiento de los servicios públicos, cuidar coches sin la correspondiente autorización; agredir a personal de salud; vender entradas en exceso o permitir el ingreso en exceso a espectáculos deportivos o artísticos; inducir a mendigar a niños o a personas con capacidades especiales y suministrar a niños pornografía, entre otras.

PROBATION, MULTAS Y ARRESTOS
El actual Código Contravencional le da al juez la posibilidad de aplicar únicamente las sanciones de arresto y de multa. En la reforma que se está analizando, además de las ya existentes, se incluyen las sanciones de trabajos de utilidad pública, de prohibición de concurrencia, de interdicción de cercanía y de instrucciones especiales.
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Esta última sanción permite al magistrado ordenar que el condenado asista a un curso de asistencia o enseñanza determinado, reciba un tratamiento psicológico o médico y que participe de un programa que lo ayude a modificar los comportamientos que hayan incidido en la comisión de la contravención.
Otro elemento relevante de la reforma es la posibilidad de resolver el proceso mediante la suspensión del proceso a prueba, más conocida como probation. "Esta figura ha dado resultados muy satisfactorios en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en materia contravencional, y se espera que aporte dinamismo y eficiencia en la provincia de Buenos Aires", destacaron desde el gobierno de María Eugenia Vidal.
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Además, se modificarán medidas que puede adoptar el agente policial al detectar una contravención cuando ella está siendo cometida. El arresto, que actualmente es la regla, no podría utilizarse contra menores de edad, y solo se mantiene para el caso que el contraventor no deje de realizar la conducta tras ser advertido por el funcionario policial. En tanto, se establece que el plazo de detención no podría ser superior a veinticuatro horas.
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