Electores golondrinos: Fiscalización de domicilios falsos por RENIEC y JNE

La fiscalización del Padrón Electoral busca evitar que ciudadanos voten en distritos donde no residen y garantizar la legitimidad de las autoridades electas

Personas con maletas hacen fila frente a una urna transparente etiquetada ERM 2026, acompañadas por dibujos de golondrinas.
Ciudadanos con equipaje votan en una mesa de la ONPE para ilustrar el voto golondrino en las elecciones regionales y municipales de 2026 en Perú. (Imagen Ilustrativa Infobae)
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El próximo domingo 4 de octubre se realizarán las Elecciones Regionales y Municipales en Perú, proceso en el que se elegirán 13.148 autoridades en todo el país, según información oficial del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE).

La distribución de cargos incluye 25 gobernadores regionales, 25 vicegobernadores regionales, 364 consejeros regionales, 196 alcaldes provinciales, 1.724 regidores provinciales, 1.696 alcaldes distritales y 9.118 regidores distritales.

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Garantizar la legitimidad de las autoridades electas exige un control del Padrón Electoral y medidas contra prácticas ilícitas, como la inscripción de votantes que no residen en el distrito donde ejercen su voto, fenómeno conocido como voto golondrino.

Qué es el fenómeno del “elector golondrino” en distritos pequeños

El fenómeno conocido como “elector golondrino” o “voto golondrino” consiste en el cambio fraudulento de domicilio en el Documento Nacional de Identidad (DNI) hacia una jurisdicción en la que el ciudadano no reside habitualmente.

Reniec simplifica el proceso de cambio de domicilio con dos modalidades: virtual y presencial. (Composición: Infobae)
Reniec simplifica el proceso de cambio de domicilio con dos modalidades: virtual y presencial. (Composición: Infobae)

Esta práctica se concentra principalmente en distritos con escasa población electoral, donde la diferencia entre candidatos suele definirse por un margen reducido de votos.

En estas zonas, ciertos sectores o agrupaciones promueven el traslado masivo de votantes ajenos al distrito con el objetivo de alterar de forma ilegítima los resultados de los comicios.

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Operativos de verificación domiciliaria de campo ejecutados por el RENIEC

Para mitigar este problema, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) realizó operativos de fiscalización e inspección in situ en distritos clasificados con un comportamiento atípico en los trámites de actualización de residencia.

Las verificaciones contemplan las siguientes acciones:

  • Muestra y visitas: fiscalizadores de la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social o de las jefaturas regionales del RENIEC acuden presencialmente a las direcciones consignadas.
  • Constatación con vecinos y autoridades: las visitas verifican si el ciudadano reside o pernocta en el predio mediante entrevistas directas, constataciones con propietarios y colaboración de juzgados de paz o autoridades comunales.
  • Informes técnicos: cada fiscalización genera un acta de visita que sirve como insumo técnico y probatorio para la depuración o rectificación del Padrón Electoral.

La inspección busca determinar si la dirección declarada corresponde efectivamente al lugar de residencia del ciudadano que solicitó el cambio de domicilio.

Personal del Reniec tramita a un grupo de personas la rectificación de foto y de la dirección del domicilio en una distrito periférico de Lima Metropolitana.
Personal del Reniec tramita a un grupo de personas la rectificación de foto y de la dirección del domicilio en una distrito periférico de Lima Metropolitana. (Reniec)

Anulación de cambios de domicilio sospechosos y restitución de la dirección anterior

Si durante el operativo de campo no se logra comprobar la residencia del ciudadano o si la dirección registrada resulta inexistente, el RENIEC inicia el procedimiento administrativo correspondiente, identificado como el Procedimiento 13.1 del TUPA.

Como resultado del proceso de impugnación o fiscalización, pueden aplicarse las siguientes medidas:

  • Padrón Inicial y Depuración: el RENIEC deja sin efecto el nuevo domicilio registrado en la base de datos.
  • Restitución: se restituye de oficio la última dirección declarada en la que el ciudadano sí pudo acreditar su residencia.
  • Mesa de votación asignada: el elector queda habilitado para votar únicamente en el distrito o jurisdicción anterior a su trámite observado.

De este modo, se busca impedir que el ciudadano participe en los comicios de la zona donde se detectó la irregularidad.

Sanciones administrativas y penales para quienes registren direcciones falsas

El registro deliberado de información falsa sobre el lugar de residencia puede acarrear responsabilidades administrativas y penales.

Las medidas previstas incluyen:

  • Sanción administrativa: el RENIEC sanciona económicamente a las personas que declaren un domicilio falso al tramitar su DNI. La multa equivale a un porcentaje de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) o a las tasas vigentes fijadas por la Ley Orgánica del RENIEC, Ley N.° 26497.
  • Sanción penal: la Procuraduría del JNE o del RENIEC deriva los actuados al Ministerio Público, Fiscalía de la Nación. Falsear el domicilio al realizar un trámite de identidad puede constituir el delito de falsa declaración en procedimiento administrativo, previsto en el artículo 411 del Código Penal, o un delito contra el sufragio o la voluntad popular.
Votantes en Perú expuestos a penas de cárcel y multas por delitos electorales en el balotaje
Votantes en Perú expuestos a penas de cárcel y multas por delitos electorales en el balotaje| Gemini IA

Estas conductas pueden conllevar penas privativas de libertad e inhabilitación, conforme a ley.

Proceso de denuncia ciudadana por electores golondrinos ante el JNE

Los ciudadanos, personeros de organizaciones políticas y autoridades locales pueden presentar denuncias para alertar sobre la presencia de votantes “golondrinos” en sus distritos.

El procedimiento formal contempla las siguientes etapas:

  • Presentación del trámite: la denuncia puede interponerse ante la Oficina de Participación Ciudadana del JNE, los Jurados Electorales Especiales (JEE) instalados para el proceso o las agencias del RENIEC.
  • Medios probatorios: el denunciante debe presentar la lista o identificación de los ciudadanos cuestionados y detallar las inconsistencias, como casas abandonadas, terrenos baldíos o direcciones ficticias.
  • Evaluación e inspección: la Dirección Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales del JNE articula con el RENIEC para cruzar la información del padrón con las inspecciones físicas en el terreno.
  • Elevación al Ministerio Público: si se detectan elementos de fraude deliberado o suplantación, el órgano electoral remite los informes a las fiscalías provinciales competentes para la apertura de la investigación preparatoria.

Las denuncias permiten que las autoridades electorales revisen los cambios de domicilio cuestionados y determinen si corresponde aplicar medidas administrativas o remitir el caso a la justicia penal.

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