
El gobierno ya tiene listo el nuevo régimen laboral para el sector privado. Luego de que se filtrara la medida en el borrador del pedido de facultades, ahora la gestión de Kieko Fujimori lo propone formalmente en el pedido de facultades legislativas del Congreso.
¿De qué se trata? Es un nuevo régimen laboral único y progresivo, “con obligaciones laborales previsibles de fácil cumplimiento”, sin afectar a los vínculos laborales vigentes, dirigido a la micro y pequeña empresa. Es decir, un nuevo esquema de contratación por la cual los empleadores podrán contar con empleados, pero con menores sueldos, gratificaciones, CTS y días de vacaciones. Esto, con la búsqueda de aumentar la formalización de empresas y trabajadores.
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Pero esto, al menos en teoría, no busca ser aplicable a todo trabajador. Se trata de un nuevo esquema de contratación para las micro y pequeñas empresas, para trabajadores que actualmente no se encuentran en el sector formal. “La progresividad del régimen estará orientada a facilitar la incorporación de trabajadores actualmente excluidos del sistema formal y no para establecer un régimen permanente de menores derechos laborales”, aclara el gobierno.

Nuevo régimen con menores derechos
El nuevo régimen será aplicable a las nuevas relaciones laborales y sustituirá la actual coexistencia de “tratamientos laborales diferenciados en función del tamaño empresarial, particularmente aquellos aplicables a las micro y pequeñas empresas, regulados actualmente por la Ley 32353″
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Este nuevo régimen, así, tendrá un estándar común de protección laboral, pero también incluirá mecanismos para incorporar progresivamente derechos de los trabajadores y obligaciones de las empresas “de acuerdo con criterios objetivos vinculados con la capacidad económica y productiva de las unidades empresariales, principalmente basados en su sustento a corto plazo”.
¿Qué significa esto? Que para incluir a la formalidad a los nuevos trabajadores bajo este régimen, se les pagará jun menor sueldo, menores gratificaciones y CTS, inclusive menos días de vacaciones, pero a medida de que la empresa aumente su capacidad económica, estos pagos y derechos a los empleados deberían subir. Pero la Ley no detalla si esto incluirá exactamente a quien no ha sido parte del sistema formal nunca, o si también a los que puedan cambiar de empleo.
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Lo que sí dice es que “la implementación del nuevo marco deberá respetar los vínculos laborales existentes, sin afectar los derechos y condiciones laborales reconocidos a los trabajadores”. Pero esto no implica que si un trabajador cambia de trabajo, no se le puede aplicar el nuevo régimen en su nuevo centro de labores.
¿Qué derechos serían progresivos? Estos son los vinculados a:
- La remuneración (es decir, el sueldo que se recibe) y otros conceptos remunerativos
- La jornada máxima de trabajo, los periodos de descanso y el trabajo en sobretiempo
- Las vacaciones
- La asignación familiar
- El seguro de vida
- Las gratificaciones
- La compensación por tiempo de servicios
- La participación en utilidades
- La cobertura de seguridad social en salud
- La incorporación a los sistemas pensionarios
- La protección frente al despido.

Pero el gobierno no plantea, al menos en el papel, que se abuse de esta progresividad y se recontrate trabajadores bajo este nuevo esquema. Y también considera que este pago inicial de solo una parte del sueldo y los derechos sea el primer paso, para luego gradualmente aumentar sueldos y derechos.
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¿Se protegerá a trabajadores ya contratados?
Asimismo, la norma planteada establecerá disposiciones transitorias para la implementación progresiva del nuevo marco garantizando que su entrada en vigencia no implique reducción o afectación de los derechos y condiciones laborales correspondientes a relaciones laborales existentes.
Sin embargo, el documento no señala aún cómo se podrá asegurar eso, que empresas no despidan a trabajadores para recontratarlos o contratar a otros bajo el nuevo esquema, para, justamente, reducir costos.
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