Víctor Zanabria, exjefe de la PNP, se acoge a la ‘Ley Rospigliosi’ sobre fuero militar: PJ suspendió juicio

En el caso conocido como “Policía Albañiles”, el excomandante de la Policía solicitó la aplicación de la Ley 32735, que impide que miembros de la PNP y Fuerzas Armadas sean procesados por la justicia ordinaria

Imagen dividida con Víctor Zanabria en uniforme policial sosteniendo un micrófono y Fernando Rospigliosi en traje formal frente a un micrófono
El general de la Policía Nacional del Perú, Víctor Zanabria, y el congresista Fernando Rospigliosi ofrecen declaraciones a la prensa.
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El excomandante general de la Policía Nacional del Perú, general (r) Víctor Zanabria, se acogió a la Ley 32735, conocida como la ‘Ley Fernando Rospigliosi’ que excluye de la justicia ordinaria (Poder Judicial) a los miembros de la PNP y de las Fuerzas Armadas (FF. AA.) por delitos de función. Estos casos pasan, según la norma, a ser competencia del Fuero Militar Policial.

Según la captura de una resolución difundida por OjoPúblico, Zanabria Angulo y su coprocesado, el exsuboficial Rolando Rodríguez Bilbao, solicitaron la aplicación de la Ley cuyo objetivo supuestamente es “precisar el delito de función, fortalecer la función militar policial y establecer sanciones a militares y policías que participen en bandas u organizaciones criminales”.

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Cabe precisar que dicho requerimiento aún no ha sido resuelto. Debido a que se trata de un recurso que cuestiona la competencia del Poder Judicial para seguir con el proceso penal contra los efectivos policiales, el Segundo Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Arequipa decidió dejar sin efecto el juicio oral.

Texto impreso de una resolución judicial que cita a una audiencia de juicio para el 31 de agosto de 2026 vía Google Meet o presencial
Un documento judicial de la Corte Superior de Justicia de Arequipa programa una audiencia de juicio virtual y presencial para el 31 de agosto de 2026.

La instalación del juicio oral estaba programada para el próximo lunes 31 de agosto. El Juzgado primero resolverá el pedido del excomandante general de la PNP y su coacusado para que se aplique la ‘Ley Rospigliosi. Únicamente si este pedido es rechazado, el caso continuará en el PJ y se fijará nueva fecha. Caso contrario, sería remitido al Fuero Militar Policial.

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El caso Policías Albañiles

Se trata del caso conocido como “Policías albañiles”, donde el Ministerio Público acusa a Víctor Zanabria Angulo, entonces jefe de la IX Macro Región Policial de Arequipa, de haber concertado con el maestro de obra Claver Fredy Colquehuanca Quispe la contratación directa —sin proceso de selección— del servicio de acondicionamiento del patio de armas y cenotafio del complejo policial. El acuerdo ilegal habría fijado el pago al contratista en 4.700 soles, pero el monto fue valorizado en 17.600 soles con cargo al erario público, lo que habría generado un perjuicio patrimonial al Estado de aproximadamente 12.900 soles.

Documento judicial que detalla el auto de enjuiciamiento contra Víctor José Zanabria Angulo por varios delitos contra la administración pública
Un auto judicial dispone el enjuiciamiento de Víctor José Zanabria Angulo por presuntos delitos de peculado, colusión y abuso de autoridad en Arequipa.

A ello se suma que Zanabria Angulo habría ordenado que efectivos policiales asignados al patrullaje a pie realizaran labores de albañilería en beneficio del contratista, como si fueran sus propios obreros, mientras el Estado les pagaba sus sueldos como si estuvieran en funciones regulares. Además, se le imputa haber intentado apropiarse del monto total de 17.600 soles depositado en la cuenta de Colquehuanca. Según la fiscalía, le instruyó para que cobrara el dinero y le entregara el saldo, descontando solo los 200 soles que aún se le adeudaban. La operación no se concretó porque el contratista optó por devolver el dinero.

El tercer hecho de la acusación gira en torno a una donación de 17.600 soles efectuada por la empresa Minera La Soledad S.A.C. Se le imputa haberse apropiado de ese donativo sin emitir la resolución directoral de aceptación que exige la normativa policial, sin levantar acta de recepción y sin notificar a la Superintendencia Nacional de Bienes ni a la PNP. Los cargos que enfrenta son peculado doloso, colusión agravada y abuso de autoridad.

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