PJ ordena devolver a la Universidad Alas Peruanas sus locales que vienen siendo usados por Pronabi

Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional desestimó el nuevo pedido de incautación de la Fiscalía tras determinar que la excasa de estudios en realidad sería la víctima de los desvíos de fondos de su anterior gestión y no la beneficiaria

Universidad Alas Peruanas. (Foto referencial / ANDINA)
Universidad Alas Peruanas. (Foto referencial / ANDINA)
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El Poder Judicial ordenó la inmediata devolución de los locales y sedes institucionales de la Universidad Alas Peruanas (UAP) que vienen siendo administrados por el Programa Nacional de Bienes Incautados (PRONABI) del Ministerio de Justicia tras su respectiva incautación y desposesión.

Así lo dispuso el Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional, a cargo del juez Eiser Alexander Jimenez Coronel, al declarar improcedente un nuevo pedido de incautación presentado por la Fiscalía contra los bienes de la excasa de estudios y otros involucrados en el caso, como Joaquín Ramírez.

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Como se recuerda, el patrimonio de la UAP ha sido objeto de medidas judiciales desde 2023, cuando se dictó la primera incautación. Sin embargo, esta decisión fue anulada por la Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional. La Fiscalía insistió con su pedido y en 2025, el anterior magistrado a cargo del Juzgado volvió a ordenar la incautación. No obstante, en noviembre de ese mismo año, la segunda instancia nuevamente declaró la nulidad.

Pese a que las incautaciones habían sido anuladas en dos oportunidades, los bienes de la cuestionada universidad seguían bajo administración del Pronabi. Esto fue reclamado por la defensa de la Universidad Alas Peruanas durante la audiencia donde se evaluó el tercer pedido de la Fiscalía para que se ordene la incautación, allanamiento y descerraje de los bienes de la excasa de estudios.

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El juez Eiser Alexander Jiménez Coronel sentado ante un escritorio con expedientes, un micrófono y la insignia del Poder Judicial del Perú
El juez Eiser Alexander Jiménez Coronel encabeza una sesión en el Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada en Perú.

La nueva decisión

El juez Jimenez Coronel desestimó el nuevo pedido de incautación argumentando que la Universidad Alas Peruanas en realidad sería la víctima de los presuntos hechos delictivos que se investigan.

Y es que, según la propia tesis del Ministerio Público, una organización criminal presuntamente liderada por el fallecido exgerente general de la UAP, Fidel Ramírez Prado, en coautoría con Nancy Lizbeth Ramírez Gallegos y Maribel Lucrecia Ramírez Gallegos, desvió fondos de la universidad y realizó fraudes en perjuicio de su patrimonio. Para el magistrado, al ser la UAP la entidad perjudicada por las acciones de su anterior administración, sería contradictorio aplicarle una medida como la incautación con desposesión.

Además, el Juzgado advierte que la Fiscalía hizo una cuestionada “motivación en bloque”, es decir, se agrupó a los bienes de manera general y se omitió precisar el origen presuntamente ilícito o la vinculación con los hechos investigados.

También se advirtió que no existía peligro en la demora porque sobre los inmuebles ya existían medidas de inhibición inscritas en la SUNARP, con lo que cual estos no están disponibles para venta o transferencia.

Documento oficial del Poder Judicial de Perú con fragmentos de la resolución escrita y los logotipos institucionales en la parte inferior
Una resolución del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional de Perú declara improcedente el pedido fiscal de incautación de bienes a la Universidad Alas Peruanas.

Exhortación

Finalmente, el juez Eiser Alexander Jimenez Coronel consigna en su resolución que durante las audiencias la fiscal provincial del caso manifestó en varias oportunidades que no compartía los argumentos planteados por el fiscal adjunto provincial, que fue quien redactó el requerimiento. Incluso, dice, la fiscal dijo que no podía sustentar algunas partes del requerimiento.

El magistrado, que trabajó previamente como fiscal, desestimó la excusa de la representante del Ministerio Público. Señaló que, conforme a la Ley Orgánica del Ministerio Público, es el fiscal provincial el responsable de la dirección, supervisión y estrategia de los casos a su cargo, no el fiscal adjunto, que apoya.

Por este motivo, en su decisión, el juez Jimenez Coronel exhorta a la fiscal a que “en lo sucesivo observar en lo que fuera pertinente” las disposiciones legales sobre las responsabilidades del fiscal provincial.

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