
Cuando llega el pago del sueldo, muchas personas quisieran contar con un ingreso mayor para afrontar gastos, ahorrar o destinar ese dinero a otros objetivos. En ese contexto, una duda frecuente es si existe la posibilidad de dejar de realizar aportes al sistema previsional para disponer de un mayor monto al finalizar cada mes.
La respuesta depende de la forma en la que se obtiene el ingreso. En el Perú, las reglas no son las mismas para un trabajador en planilla que para una persona que presta servicios de manera independiente. La normativa vigente establece diferencias claras respecto a la obligación de aportar a una AFP, por lo que conocerlas resulta fundamental antes de tomar cualquier decisión.
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¿Los trabajadores en planilla pueden dejar de aportar a la AFP?
Quienes mantienen una relación laboral de dependencia y forman parte de una planilla no tienen la posibilidad de suspender los aportes a su fondo de pensiones. La legislación peruana dispone que este descuento es obligatorio y corresponde al empleador efectuar la retención del porcentaje establecido sobre la remuneración mensual para transferirlo a la administradora de fondos de pensiones correspondiente.
Además, las empresas están obligadas a comprobar la afiliación previsional de sus trabajadores y a cumplir con el depósito de los aportes. Si incumplen estas obligaciones, pueden ser objeto de sanciones económicas por parte de las autoridades competentes. En consecuencia, mientras exista un vínculo laboral formal, no hay un procedimiento que permita al trabajador dejar de realizar estos descuentos.
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AFP: ¿Qué ocurre con los trabajadores independientes?
La situación es distinta para quienes generan ingresos como profesionales independientes, consultores, emprendedores o emiten recibos por honorarios. En este caso, la normativa fue modificada durante 2026 y eliminó la obligación de realizar aportes al sistema previsional.
El cambio quedó oficializado en abril de 2026 mediante el Decreto Supremo N.° 061-2026-EF, emitido por el Ministerio de Economía y Finanzas. Con esta disposición se dejaron sin efecto los mecanismos que contemplaban aportes obligatorios o retenciones automáticas para los trabajadores independientes, estableciendo que su participación en el sistema de pensiones sea completamente voluntaria.
¿Se puede dejar de aportar sin recibir sanciones?
Para los trabajadores autónomos, la decisión de aportar o no a una AFP depende exclusivamente de su voluntad. Si optan por ahorrar para su jubilación mediante otros instrumentos financieros o simplemente deciden no realizar aportes, pueden hacerlo sin exponerse a multas o penalidades.
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Asimismo, la normativa vigente eliminó disposiciones anteriores relacionadas con aportes progresivos y retenciones efectuadas por terceros. De esta manera, los independientes solo abonarán dinero a su fondo previsional cuando decidan hacerlo de forma voluntaria.

La diferencia clave está en el tipo de vínculo laboral
La legislación peruana mantiene una diferencia marcada entre trabajadores dependientes e independientes. Mientras los primeros deben aportar obligatoriamente al sistema previsional debido a su relación laboral con un empleador, los segundos cuentan con plena libertad para decidir si desean hacerlo.
En ese sentido, la posibilidad de disponer de un mayor ingreso mensual al no realizar aportes solo existe para quienes trabajan de manera independiente. En cambio, los trabajadores en planilla continuarán sujetos a los descuentos previsionales mientras permanezcan bajo un contrato laboral formal.
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Un nuevo retiro AFP se ve poco posible
Para los trabajadores que buscan contar con un mayor ingreso disponible, otra alternativa que estuvo sobre la mesa durante los últimos meses fue un nuevo retiro extraordinario de los fondos de las AFP. Sin embargo, ese escenario hoy luce mucho más lejano. Aunque durante el periodo legislativo 2021-2026 se presentaron nueve proyectos de ley que planteaban autorizar un noveno retiro de hasta 4 UIT (S/ 22.000), ninguna de esas iniciativas llegó a debatirse ni a votarse antes de que concluyera la legislatura del Congreso saliente.
Con el cierre de ese periodo parlamentario, las propuestas quedaron sin avanzar y cualquier intento de aprobar un nuevo retiro dependerá de que el Congreso bicameral que inicia funciones retome el tema o se presenten nuevas iniciativas. En consecuencia, actualmente no existe una ley que autorice un noveno retiro de fondos de las AFP, por lo que las posibilidades de que se concrete en el corto plazo se han reducido de manera considerable, pese a las expectativas que generaron los proyectos presentados durante este año.
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