
El fiscal de la Nación, Tomás Gálvez, promovió al fiscal Álvaro Abilio Castañeda Rojas al cargo de fiscal adjunto supremo provisional y lo designó en el despacho a cargo de la fiscal suprema y extitular del Ministerio Público Patricia Benavides.
La promoción y el destaque pasarían desapercibidos si no fuera porque Castañeda Rojas enfrenta una investigación preparatoria por presuntamente estar implicado en la presunta red criminal que habría desplegado Benavides cuando fue fiscal de la Nación.
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Cabe precisar que, si bien la investigación preliminar contra Benavides por organización criminal y otros graves delitos —el conocido caso Valkiria— fue archivada por Tomás Gálvez, la investigación contra otros implicados sí avanzó hasta investigación preparatoria.

Ese es, por ejemplo, el caso de los fiscales Álvaro Castañeda Rojas, Doris Beltrán Espinoza y Miguel Vegas Vaccaro. Todos ellos fueron promovidos a adjuntos supremos provisionales por la exfiscal de la Nación durante su gestión y, a la fecha, vienen siendo investigados por la presunta coordinación ilícita para que se abra en tiempo exprés una carpeta fiscal contra los jueces que otorgaron una medida cautelar a la anterior JNJ. Todo esto, supuestamente, por órdenes de Patricia Benavides.
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Así, de acuerdo a la imputación de la Fiscalía, Castañeda Rojas habría participado en la elaboración de la denuncia por prevaricato y abuso de autoridad contra los jueces que favorecieron a la JNJ, actuando bajo el interés particular de Patricia Benavides y utilizando recursos del Ministerio Público para fines ajenos a su función.
“Castañeda Rojas habría intervenido coordinando con los asesores Jaime Villanueva Barreto y Abel Hurtado Espinoza para la elaboración de la denuncia, con lo cual habría coadyuvado a la precitada imputada en la utilización de los recursos personales del Ministerio Público. Aporte delictivo que lo habría realizado en favor de una presunta organización criminal, que estaría encabezada por Liz Patricia Benavides Vargas”, es parte de la imputación fiscal.
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Recientemente, el Juzgado Supremo de la Investigación Preparatoria le impuso las siguientes reglas de conducta a pedido de la Fiscalía:
- Obligación de no ausentarse de la localidad en la que reside sin autorización del Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria de la Corte Suprema de Justicia de la República.
- Comparecer para el control biométrico cada 30 días; dicho control se realiza a través del Servicio de Registro y Control Biométrico de Procesados y Sentenciados Libres del Poder Judicial.
- La obligación de presentarse ante la autoridad judicial o fiscal, en la hora y fecha, que sea requerido para cualquier actuación del proceso.
En caso de que no cumpla con las reglas de conducta, la comparecencia con restricciones será revocada y en su lugar se dictará prisión preventiva.

Investigación vigente
Después de que se dictaran reglas de conducta, el Juzgado Supremo tomó otra decisión crucial en este caso: rechazó archivar la investigación contra el fiscal Álvaro Castañeda Rojas.
La defensa de Castañeda intentó desactivar el proceso alegando que el peculado exige la apropiación de bienes o fondos del Estado, no la simple utilización de trabajo personal. Sin embargo, el Juzgado descartó ese argumento al citar jurisprudencia de la propia Corte Suprema que admite, al menos en determinados supuestos, que el uso indebido de recursos humanos financiados por el Estado puede configurar ese delito.
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El precedente invocado fue el caso de Martín Belaúnde Lossio, en el que la Corte Suprema consideró como peculado el haber empleado trabajadores del Proyecto Especial Chinecas para fines particulares.
Castañeda también argumentó que la imputación era contradictoria: no podía ser al mismo tiempo víctima de instrumentalización y cómplice con intención delictiva. El Juzgado admitió que esa tensión existe, pero señaló que resolverla requiere valorar las pruebas, algo que está prohibido en el análisis de una excepción de improcedencia de acción. En esta etapa solo se examina si los hechos descritos por la Fiscalía son jurídicamente posibles, y el juzgado concluyó que sí lo son.
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