
El Gobierno dispuso nuevas medidas económicas dirigidas al personal que presta el Servicio Militar Acuartelado en las Fuerzas Armadas. Las decisiones incluyen un bono extraordinario de carácter excepcional y la actualización de la asignación económica mensual, cambios que alcanzan a miles de jóvenes distribuidos en unidades militares del país.
Las disposiciones responden a normas aprobadas durante el Año Fiscal 2026 y forman parte de un paquete de acciones impulsadas por el Estado para modificar las condiciones económicas del servicio militar. El Ministerio de Defensa figura como la entidad responsable de ejecutar los pagos, mientras que el Ministerio de Economía y Finanzas participa en la aplicación del nuevo esquema.
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Las medidas comprenden beneficios distintos. Por un lado, se autorizó la entrega de un bono extraordinario de S/ 300 durante julio de 2026. Por otro, entró en vigencia una nueva escala de asignaciones mensuales, diferenciada según el grado del personal y los períodos de reenganche establecidos en la normativa.
Según la información difundida por el Gobierno y la legislación publicada en el diario oficial El Peruano, estas disposiciones alcanzan al personal del Ejército del Perú, la Marina de Guerra del Perú y la Fuerza Aérea del Perú que presta Servicio Militar Acuartelado.
Gobierno autoriza bono extraordinario para julio de 2026
Como parte de la Ley de Crédito Suplementario para el Año Fiscal 2026, el Ejecutivo autorizó un bono extraordinario de S/ 300 destinado al personal del Servicio Militar Acuartelado. El beneficio consiste en un pago único previsto para julio de 2026 y será entregado a quienes se encuentren en servicio dentro de las instituciones militares.
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Para financiar esta medida, la norma autoriza una transferencia de hasta S/ 13 millones a favor del Ministerio de Defensa. Esos recursos permitirán cubrir el desembolso del beneficio extraordinario para el personal comprendido en el alcance de la disposición.
De acuerdo con la nota de prensa oficial del Gobierno, esta decisión constituye un reconocimiento al aporte que realizan los jóvenes durante el cumplimiento de las funciones asignadas a las Fuerzas Armadas y a las labores vinculadas con la defensa y el desarrollo del país.
Ley permite incrementar la asignación económica mensual

El Congreso aprobó la Ley N.° 32590, que establece un nuevo marco para la asignación económica mensual del Servicio Militar Acuartelado. La norma, publicada recientemente en El Peruano, faculta al Ministerio de Defensa a incrementar este beneficio desde junio de 2026.
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Aunque el texto legal no fija un porcentaje específico, el Ministerio de Defensa informó, a través de la página oficial del Gobierno del Perú, que el incremento corresponde al 50 %. La cartera precisó que la medida beneficia a 45.767 jóvenes que cumplen servicio en las Fuerzas Armadas.
La distribución de beneficiarios comprende 39.521 integrantes del Ejército del Perú, 4.109 de la Marina de Guerra del Perú y 2.137 de la Fuerza Aérea del Perú. Según el Ministerio de Defensa, la actualización busca reconocer las responsabilidades asumidas por el personal acuartelado y mejorar sus condiciones económicas.
Decreto Supremo establece la nueva escala de pagos

El Decreto Supremo N.º 132-2026-EF, publicado el 14 de julio en el diario oficial El Peruano, fijó los nuevos montos de la asignación económica mensual para el Servicio Militar Acuartelado. La norma desarrolla lo dispuesto en la Ley N.º 29248 y la Ley N.º 32590.
Para la Tropa Regular, la escala establece asignaciones de S/ 547,50 para Sargento 1.°, Cabo 1.° y sus equivalentes; S/ 493,50 para Sargento 2.°, Cabo 2.° y categorías equivalentes; S/ 438,00 para Cabo y Marinero; y S/ 384,00 para Soldado, Grumete y Avionero.
El decreto también incorpora montos diferenciados para quienes opten por los reenganches. En el Primer Reenganche, las asignaciones alcanzan S/ 822,00 para Sargento 1.° y equivalentes, S/ 739,50 para Sargento 2.° y S/ 657,00 para Cabo y Marinero.
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Durante el Segundo Reenganche, los pagos ascienden a S/ 903,00, S/ 813,00 y S/ 723,00, respectivamente. Para el Tercer Reenganche, los montos llegan a S/ 993,00, S/ 894,00 y S/ 795,00.
La escala continúa con el Cuarto Reenganche, que contempla asignaciones de S/ 1.093,50, S/ 984,50 y S/ 874,50, según el grado. En el Quinto Reenganche, las cifras alcanzan S/ 1.203,00 para Sargento 1.° y equivalentes, S/ 1.083,00 para Sargento 2.° y S/ 961,50 para Cabo, Marinero y categorías equivalentes.
Sustento legal y aplicación administrativa
El decreto precisa que la actualización de las asignaciones se sustenta en la Ley N.º 32590, norma que autoriza al Ministerio de Defensa a proponer el incremento y dispone que este sea aprobado mediante decreto supremo refrendado por el titular del Ministerio de Economía y Finanzas.
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El proceso administrativo incluyó el Oficio N.º 00676-2026-MINDEF/DM, remitido por el Ministerio de Defensa al Ministerio de Economía y Finanzas, además del Memorando N.º 3030-2026-EF/53.04, documento que incorpora el informe técnico sobre el costo de la implementación de la nueva escala.
Asimismo, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas actualizará los nuevos montos en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP), con el fin de registrar oficialmente las asignaciones aprobadas.
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