
Las personas solteras podrían acceder al Bono Familiar Habitacional (BFH) del programa Techo Propio para comprar, construir o mejorar una vivienda, siempre que cumplan con los mismos requisitos que actualmente se exigen a los hogares beneficiarios. La medida está contemplada en el proyecto de Reglamento de la Ley N.º 32379, Ley de la Vivienda de Interés Social (VIS), publicado por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) y sometido a consulta pública antes de su eventual aprobación.
La propuesta plantea reconocer a las personas que viven solas como “familias unipersonales”, eliminando la exigencia de contar con cónyuge, conviviente o hijos para postular. Sin embargo, el beneficio todavía no puede solicitarse bajo esta nueva modalidad, debido a que el reglamento aún debe ser aprobado oficialmente.
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¿Cuánto sería el bono para una persona soltera?
Si el reglamento de la Ley N.º 32379 es aprobado sin modificaciones, una persona soltera podría acceder al Bono Familiar Habitacional (BFH) del programa Techo Propio bajo las mismas condiciones que actualmente se aplican a los hogares beneficiarios.
El monto del subsidio dependerá de la modalidad elegida. En el caso de Adquisición de Vivienda Nueva (AVN), el bono puede alcanzar hasta S/ 52.250 para viviendas cuyo valor máximo permitido es de S/ 109.100. En el caso de departamentos, el BFH asciende a S/ 47.850, mientras que el precio de la vivienda no debe superar los S/ 136.100.
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Para la modalidad de Construcción en Sitio Propio, el subsidio vigente es de S/ 33.000, monto que puede incrementarse en determinadas regiones del país según las condiciones establecidas por el programa. En tanto, para el Mejoramiento de Vivienda, el bono asciende a S/ 12.650.
El Bono Familiar Habitacional (BFH) es un subsidio otorgado por el Estado que no debe ser devuelto, siempre que el beneficiario cumpla con los requisitos y obligaciones establecidos por el programa Techo Propio.
¿Cuáles son los requisitos para acceder al bono de vivienda?

De aprobarse la incorporación de las familias unipersonales, las personas solteras deberán cumplir con los mismos requisitos que actualmente se solicitan a los grupos familiares de Techo Propio.
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1. Ser considerado una familia unipersonal
La principal modificación del proyecto es permitir que una persona sola pueda ser considerada beneficiaria del programa.
Actualmente, Techo Propio exige conformar un grupo familiar; sin embargo, la nueva propuesta permitiría que una persona soltera pueda postular individualmente como titular de su propio hogar.
2. Tener ingresos dentro del límite establecido
Para acceder al bono destinado a la compra de una vivienda nueva, el ingreso familiar mensual (IFM) no debe superar los:
S/ 3.715 mensuales.
En el caso de las modalidades de Construcción en Sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda, el ingreso mensual máximo es de:
S/ 2.706.
Estos montos no cambian por ser soltero, ya que corresponden a los criterios económicos del programa Techo Propio. La novedad del reglamento es únicamente ampliar la posibilidad de postulación a quienes viven solos.
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3. No tener otra vivienda o terreno
Para quienes buscan comprar una vivienda nueva, el postulante no debe ser propietario de otra vivienda ni terreno a nivel nacional.
4. No haber recibido antes apoyo habitacional del Estado
El interesado no debe haber sido beneficiario anteriormente de programas de apoyo habitacional otorgados por el Estado.
5. Contar con ahorro mínimo
El postulante debe cumplir con el ahorro mínimo exigido por la modalidad a la que desea acceder.
Para Construcción en Sitio Propio, por ejemplo, actualmente se solicita un ahorro mínimo de S/ 2.475.
En la compra de vivienda nueva, el ahorro dependerá de las condiciones establecidas para la modalidad vigente.
¿Cómo solicitar el bono Techo Propio?

Una vez que el reglamento sea aprobado y entre en vigencia, las personas solteras deberán realizar el procedimiento de inscripción que establezca el Fondo Mivivienda para el programa Techo Propio.
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Actualmente, el proceso requiere:
- presentar el Documento Nacional de Identidad (DNI);
- completar los formularios de inscripción;
- acreditar el cumplimiento de los requisitos del programa;
- realizar la inscripción en las oficinas o centros autorizados.
¿Qué modalidades de vivienda podría solicitar una persona soltera?
De aprobarse el reglamento, una persona considerada familia unipersonal podría acceder a las modalidades del Bono Familiar Habitacional:
Adquisición de Vivienda Nueva (AVN)
Permite comprar una vivienda nueva que cumpla con las condiciones de Vivienda de Interés Social.
Construcción en Sitio Propio (CSP)
Permite construir una vivienda en un terreno del beneficiario que cumpla con los requisitos establecidos.
Mejoramiento de Vivienda
Permite realizar mejoras en una vivienda existente, siempre que se cumplan las condiciones del programa.
¿El bono para solteros ya está disponible?
Por ahora, las personas solteras todavía no pueden solicitar este beneficio bajo la nueva modalidad.
El Ministerio de Vivienda publicó el proyecto de reglamento de la Ley N.º 32379 mediante la Resolución Ministerial N.º 269-2026-VIVIENDA para recibir comentarios durante 15 días calendario. Después de evaluar los aportes, el Ejecutivo deberá aprobar la norma definitiva para que pueda aplicarse.
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Dato clave: La propuesta no crea un nuevo bono exclusivo para solteros. Lo que cambia es que una persona que vive sola podría ser reconocida como beneficiaria del programa Techo Propio y acceder al mismo subsidio que actualmente reciben las familias que cumplen los requisitos.
Nuevas categorías de vivienda y reglas claras para postular
El proyecto de reglamento también incorpora nuevas categorías dentro de la Vivienda de Interés Social (VIS). Entre ellas figura la Vivienda de Interés Social Tipo Prioritaria (VISTP), orientada a familias en condición de pobreza o vulnerabilidad, y la Vivienda Única de Interés Social (VISVU), dirigida a personas que nunca antes hayan accedido a un subsidio habitacional del Estado.
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Asimismo, la propuesta añade un glosario con conceptos técnicos para uniformizar la aplicación de la norma. Entre ellos se incluyen definiciones de vivienda progresiva, subsidio directo e indirecto y distintos tipos de estructuras familiares, con el objetivo de que los programas de vivienda respondan a las diversas realidades sociales y demográficas del país.
Otro de los cambios planteados es la creación del Registro Nacional de Vivienda (RENAVI), una plataforma que concentrará la información de todos los proyectos y unidades de Vivienda de Interés Social. De aprobarse el reglamento, este registro permitirá hacer seguimiento a la ejecución de los proyectos, verificar el cumplimiento de los requisitos para acceder a los beneficios y reforzar la transparencia en la asignación de los subsidios estatales. Además, servirá como herramienta para las labores de fiscalización y para la aplicación de sanciones cuando se detecten irregularidades.
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