Andrés Hurtado: PJ levanta todas las restricciones a Javier Miu Lei y le devuelve caución de un millón de soles

Por una de las denominadas leyes procrimen del Congreso. Fiscalía pide 14 años de prisión contra el empresario por presuntamente haber sobornado al conductor y a la fiscal Elizabeth Peralta

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Elizabeth Peralta y Javier Miu Lei quedan sin impedimento de salida del país en caso “Chibolín”. (Foto composición: Infobae Perú/Agencia Andina)
Elizabeth Peralta y Javier Miu Lei, implicados en la trama de corrupción del caso “Chibolín”. (Foto composición: Infobae Perú/Agencia Andina)

El Poder Judicial levantó la comparecencia con restricciones que se le impuso al empresario Javier Miu Lei, coinvestigado del conductor de televisión Andrés Hurtado y la suspendida fiscal superior de lavado de activos Elizabeth Peralta. Además, accedió a devolver la caución económica de un millón de soles.

Como se recuerda, Miu Lei está acusado porque supuestamente habría pagado un soborno de un millón de dólares a Hurtado y Peralta para que, haciendo uso de sus influencias, se disponga la devolución de 5 barras incautadas a la empresa Lomas Doradas y se archive la investigación por lavado de activos en contra de él y su negocio. Miu Lei también habría acordado un segundo soborno de 80 mil dólares a Peralta para que se abra una investigación por lavado de activos contra su competidor Paltarumi S.A.C. Por estos dos hechos, la Fiscalía pidió 14 años de prisión en su contra.

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Como parte del proceso penal, la Segunda Fiscalía Suprema Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos solicitó en octubre de 2024 la prisión preventiva contra el empresario. Sin embargo, esta fue desestimada en doble instancia por la Corte Suprema. En su lugar se le impuso comparecencia con restricciones, sujeto a las siguientes reglas de conducta:

  • Obligación de no ausentarse de la localidad en la que residen, entiéndase el departamento de Lima sin autorización del Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria
  • Obligación de realizar el control biométrico
  • Obligación de concurrir a la autoridad fiscal y judicial las veces que sea citado
  • Prohibición de comunicarse con los demás investigados y las personas que hayan declarado o vayan a declarar como testigos en esta investigación
  • Prestación de una caución económica ascendente a la suma de un millón de soles
Javier Miu Lei

Ahora bien, 18 meses, en abril de este año, la defensa de Javier Miu Lei pidió que se declare la caducidad de la comparecencia con restricciones al amparo de la Ley 32130, una de las denominadas leyes procrimen del Congreso. Esta norma homologó los plazos de la comparencia con restricciones con los de la prisión preventiva. Es decir, 9 meses en casos simples, 18 meses en casos complejos, y 36 meses en casos de crimen organizado. Antes de la Ley 32130 no había un plazo fijo y se entendía que era indeterminada.

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No hubo oposición de la Fiscalía. Y es que ya la Corte Suprema ha reconocido la constitucionalidad de la norma, por lo que una vez vencido el plazo, no queda otra opción que dejar sin efecto las restricciones.

“Se tiene que la medida de comparecencia con restricciones fue impuesta al imputado Miu Lei mediante resolución N°04 de 02/10/2024, y conforme a lo dispuesto en el artículo 272° del CPP vigente, corresponde 18 meses de comparecencia con restricciones, al tratarse de una investigación compleja. En ese sentido, la misma habría concluido en abril del 2026, por tanto, la medida de comparecencia con restricción caducó“, se lee en la resolución a la que accedió Infobae.

PJ levanta todas las restricciones a Javier Miu Lei
PJ levanta todas las restricciones a Javier Miu Lei

En lo que sí se opuso la Fiscalía es en la devolución de la caución de un millón de soles. Se alegó que la caución debe mantenerse hasta el final del proceso penal. Sin embargo, el magistrado Checkley aseveró que la caución no es una restricción independiente, sino que forma parte del paquete de prohibiciones de la comparecencia restrictiva. Por ello, dice, “una vez levantada la primera queda sin objeto la segunda”.

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