JEE decide no abrir procedimiento sancionador contra Pedro Castillo por publicar encuesta en silencio electoral

El Jurado Electoral Especial determinó que el reglamento solo alcanza a encuestadoras y medios de comunicación, por lo que el golpista expresidente no puede ser objeto de sanción por este hecho

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Pedro Castillo sonríe y levanta el pulgar ante las cámaras, instantes después de escuchar la condena por rebelión. Foto: Composición Infobae Perú
Pedro Castillo sonríe y levanta el pulgar ante las cámaras, instantes después de escuchar la condena por rebelión. Foto: Composición Infobae Perú

El Jurado Electoral Especial de Lima Centro 1 archivó la denuncia contra el golpista expresidente Pedro Castillo por haber publicado una encuesta en pleno silencio electoral, durante la semana previa a la segunda vuelta del domingo 7 de junio.

Se trata de una publicación en la página de Facebook de Castillo. Ahí publicó la encuesta privada de Ipsos del 3 de junio, que en ese momento otorgaba 50,3% de preferencias a Roberto Sánchez y 49,7% a Keiko Fujimori.

En la cuenta de Facebook de Pedro Castillo se publicó una encuesta de Ipsos en pleno silencio electoral
En la cuenta de Facebook de Pedro Castillo se publicó una encuesta de Ipsos en pleno silencio electoral

Debido a esta publicación, se presentó una denuncia anónima contra el golpista ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), que derivó el caso al JEE Lima Centro 1. Este último determinó que no corresponde iniciar un proceso disciplinario.

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La decisión se basa en que el Reglamento sobre Encuestas Electorales durante los Procesos Electorales solo impone obligaciones y sanciones a encuestadoras y medios de comunicación. Así, Pedro Castillo, aunque efectivamente haya realizado la publicación a pesar de encontrarse preso en el Penal Barbadillo, no puede ser sancionado.

“Aun cuando hipotéticamente se tuviera por acreditada la publicación atribuida al ciudadano denunciado, ello no resulta suficiente para configurar el supuesto de infracción (...) concordante con la prohibición de publicar o difundir encuestas durante el periodo prohibido (...). En efecto, la conducta denunciada no se subsume dentro del tipo infractor expresamente previsto por la norma reglamentaria, por cuanto el presunto autor de los hechos no reúne la condición de sujeto comprendido dentro del ámbito subjetivo del régimen sancionador establecido por el Reglamento”, se lee en la resolución.

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Por ello, el JEE decide “no haber mérito para disponer el inicio de un procedimiento sancionador contra Pedro Castillo y ordenar el archivo definitivo del expediente.

JEE archiva denuncia contra Pedro Castillo
JEE archiva denuncia contra Pedro Castillo

Buscan la gracia presidencial

Tras fracasar su sexta solicitud de indulto, la defensa del expresidente Pedro Castillo ahora recurre a una figura distinta: la gracia presidencial. El cambio de estrategia llega a menos de un mes de que el presidente interino José María Balcázar transfiera el poder a la presidenta electa Keiko Fujimori, el 28 de julio.

El 25 de junio, el abogado Tomás Soldevilla Guerra presentó ante el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos un pedido de gracia presidencial. Esta figura permite al presidente ejercer ese derecho en favor de condenados que aún no tienen sentencia firme, que es precisamente el caso de Castillo. Su condena de 11 años, cinco meses y 15 días por conspiración para rebelión, por el intento de golpe de Estado del 7 de diciembre de 2022, se encuentra en proceso de apelación.

El ministro de Justicia, Luis Jiménez, confirmó el ingreso del expediente y precisó que la Comisión de Gracias Presidenciales lo analiza. “Seguramente muy pronto ya tendrá una respuesta del ministerio”, declaró. Jiménez también marcó distancia respecto al concepto de indulto: el trámite presentado, dijo, corresponde exclusivamente a una solicitud de gracia presidencial.

Los seis intentos de indulto anteriores fracasaron por razones técnicas y formales. Las primeras cuatro solicitudes ni siquiera lograron la apertura de un expediente por no cumplir con la formalidad mínima. La quinta fue declarada inadmisible. La sexta, presentada el 19 de mayo y remitida desde Palacio de Gobierno al Ministerio de Justicia, corrió la misma suerte el 10 de junio: la Comisión de Gracias Presidenciales la archivó de forma definitiva al vencer el plazo de 20 días para subsanar las observaciones sin que la defensa presentara los documentos requeridos.

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