¿Por qué defender el capítulo económico de la Constitución?

Este régimen establece los principios básicos para la creación de riqueza de hogares y empresas.

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Constitución Política del Perú
Esta garantía está contemplada dentro de la Constitución Política del Perú. Foto: Andina

Desde hace más de una década, cada elección presidencial parece termina convirtiéndose en un referéndum sobre la Constitución vigente, y en particular sobre su régimen económico. Algunas voces heterodoxas sostienen que este limita el margen de acción del Estado sobre la economía y que, como consecuencia, las perspectivas de desarrollo para el país siempre serán limitadas.

Esta postura desconoce los logros alcanzados bajo este régimen económico. Entre el 2004 y 2019, la pobreza en el país se redujo de 58.7% a 20.2%, lo que significó que nueve millones de peruanos salieran de la pobreza. La pandemia y la lenta recuperación interrumpieron este avance, pero las mejores condiciones para la inversión privada, que creció a doble dígito en 2025, han permitido retomar esta senda de reducción de pobreza.

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Precisamente, la importancia de este régimen está en que impulsa la creación de riqueza mediante la iniciativa privada en un contexto de estabilidad. Bajo la Constitución de 1993, el papel del Estado es garantizar y hacer respetar las reglas de juego que permitan que personas y empresas decidan sobre la producción y el uso de los recursos, en una economía de mercado.

En los artículos 61 y 65, se establece que el Estado debe vigilar la libre competencia, combatir los abusos de posición de dominio y defender a los consumidores. Por su parte, en el artículo 62 se protegen los contratos que dos o más actores privados hagan de las intenciones de los políticos de turno. Todas estas son disposiciones razonables que permiten el desarrollo de la iniciativa privada, con el incremento del bienestar que hemos señalado líneas arriba.

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Para que hogares y empresas ejerzan su iniciativa, también se requiere que el Estado garantice la estabilidad macroeconómica. Uno de los artículos cruciales en ese sentido es el 84, que prohíbe que el BCRP financie al tesoro público. Antes de esa norma, el Ejecutivo presionaba al Banco Central para que financiara los déficits fiscales que el propio gobierno generaba. La emisión excesiva de dinero durante los años ochenta terminó en la hiperinflación que sufrió el país, con una inflación de 7,650% en 1990. Reabrir la puerta a modificar o eliminar esta prohibición, a la luz de lo que ocurrió durante los años ochenta, es un riesgo demasiado alto e innecesario para todos los peruanos.

Entre el resto de los principios del régimen económico, la mayor controversia suele girar en torno al artículo 60, que establece límites a la actividad empresarial del Estado. Quienes critican estos candados parecen creer que, sin empresas estatales, la producción y la distribución del ingreso serían injustas. Lo cierto es que, durante los ochenta, cuando se alcanzaron más de 180 empresas públicas en el país, estas generaron pérdidas al sector público por 2.6% del PBI cada año. En la actualidad, el costo para los contribuyentes por apoyar financieramente a Petroperú ha sumado S/32 mil millones desde el 2013. Cabe preguntarse entonces si lo injusto más bien es que, al querer financiar empresas públicas en rojo, se arriesgue la provisión de salud, educación, justicia e infraestructura pública para todos los peruanos.

El régimen económico vigente se defiende porque promueve la iniciativa de empresas e individuos, garantiza la estabilidad macroeconómica y establece roles claros para el sector público, quien debería garantizar la provisión de servicios públicos para los ciudadanos. Las grandes brechas que todavía existen en el país provienen justamente de que el Estado no ha cumplido de manera suficiente con su parte del trato. Que, pese a ello, la pobreza se haya reducido fuertemente, demuestra el poder que tienen las reglas de juego consignadas en la Constitución para conducir a la creación de riqueza y la mejora del bienestar de los peruanos.

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