
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) decidió llevar ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) un caso contra el Estado peruano relacionado con el reconocimiento de la identidad de género de una mujer trans. La demanda internacional sostiene que las autoridades vulneraron diversos derechos fundamentales al impedir que sus documentos oficiales reflejaran plenamente la identidad con la que se reconoce.
El caso, que se originó hace casi dos décadas, gira en torno a Karen Mañuca Quiroz Cabanillas, quien obtuvo una modificación judicial de su nombre, pero enfrentó posteriores decisiones administrativas y judiciales que mantuvieron el registro de sexo masculino en su documento de identidad. Para la CIDH, estas actuaciones desconocieron su derecho a la autoidentificación y constituyeron una forma de discriminación, por lo que ahora solicita que la Corte IDH ordene medidas de reparación al Estado peruano.
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CIDH cuestiona actuación del Estado peruano por el reconocimiento de identidad de género

Según la información difundida por la CIDH, la petición original fue presentada en julio de 2007. En ella se detalla que Karen Mañuca fue inscrita al nacer con un nombre y sexo masculino, pero en 1989 obtuvo una decisión judicial que ordenó modificar su nombre en su partida de nacimiento a Karen Mañuca.
Posteriormente, fue inscrita en el Registro Electoral con esa identidad. Sin embargo, años después, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) anuló esa inscripción al considerar que existía un doble registro, dejando vigente únicamente el documento asociado al nombre asignado al nacer y con sexo masculino.
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La CIDH señaló que esta decisión tuvo consecuencias directas sobre sus derechos, ya que afectó incluso su participación en un proceso electoral. Además, cuando solicitó un duplicado del documento de identidad que había extraviado —en el que figuraban su nombre actual y sexo femenino—, el pedido fue rechazado.
En 2005, Karen Mañuca presentó una demanda de hábeas corpus que fue declarada improcedente en primera y segunda instancia. Un año después, el Tribunal Constitucional ordenó emitir un documento con el nombre de Karen Mañuca Quiroz Cabanillas, pero manteniendo el marcador de sexo masculino.
Para la Comisión, si bien los Estados pueden implementar mecanismos destinados a evitar duplicidades en los registros de identidad, estos procedimientos deben considerar los procesos impulsados por las personas para lograr que su identidad de género sea reconocida de manera efectiva en la documentación oficial.
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El organismo indicó que la depuración realizada por el Reniec dio prevalencia automática al primer registro sin tomar en cuenta que ya existía una modificación judicial de su nombre y que la inscripción posterior respondía al reconocimiento de su identidad como mujer.
Asimismo, sostuvo que la decisión del Tribunal Constitucional tampoco garantizó una protección integral del derecho a la identidad de género, debido a que mantuvo el registro de sexo masculino pese al reconocimiento del nombre de Karen Mañuca.
Como resultado del análisis, la Comisión concluyó que el Estado peruano es responsable por la vulneración de los derechos al reconocimiento de la personalidad jurídica, libertad personal, garantías judiciales, vida privada, libertad de expresión y protección judicial, previstos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos. También consideró que se incumplieron disposiciones de la Convención de Belém do Pará.
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Entre las medidas solicitadas a la Corte IDH figuran el inicio de un procedimiento ágil para que el documento nacional de identidad de Karen Mañuca refleje integralmente su identidad de género con el registro sexo-genérico femenino, una reparación por los daños materiales e inmateriales ocasionados y la capacitación de funcionarios judiciales y del Reniec sobre el derecho al nombre, la identidad, la igualdad y la no discriminación de las personas trans conforme a los estándares interamericanos.
Defensoría del Pueblo advierte que personas trans siguen enfrentando barreras en Perú

Durante los últimos años, la Defensoría del Pueblo ha documentado casos de violencia y exclusión derivados de estigmas, prejuicios y estereotipos relacionados con la identidad de género y la orientación sexual. En su Informe Defensorial N.º 175 sostuvo que la ausencia de políticas públicas con enfoques diferenciados y la impunidad frente a hechos de violencia contribuyen a la invisibilización de los derechos de esta población.
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Si bien existen iniciativas como la Mesa de Trabajo para promover los derechos de las personas LGBTI del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y el Grupo de Trabajo para la Documentación de las Personas Trans del Reniec, la institución considera que estos espacios aún no han producido cambios estructurales que se traduzcan en normas o políticas públicas específicas.
Además, ha advertido que el procedimiento para el cambio de nombre continúa desarrollándose mediante procesos judiciales que no siempre resultan accesibles para la población trans.
La Defensoría también ha expuesto las dificultades sociales y económicas que enfrenta este grupo. Según los datos difundidos por la entidad, el 95,8 % de las mujeres trans ha sido víctima de violencia, el 62,2 % se dedica al trabajo sexual debido a la falta de oportunidades laborales y apenas el 5,1 % ha culminado la educación secundaria.
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En materia de salud, la institución ha señalado que muchas personas trans con VIH tuvieron dificultades para acceder a sus tratamientos durante la pandemia del COVID-19, situación que incrementó sus condiciones de vulnerabilidad y puso nuevamente en debate la necesidad de fortalecer políticas públicas orientadas a garantizar el pleno ejercicio de sus derechos.
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