El asesinato de María Jimena Avellaneda Ruíz en 2018 sacudió a Perú y empujó un cambio en la discusión pública sobre seguridad infantil, respuesta policial y sanciones para agresores sexuales de menores. La niña, de 11 años, desapareció el 1 de febrero en San Juan de Lurigancho después de salir de un taller de manualidades vinculado a una comisaría, y horas más tarde fue hallada muerta, abusada sexualmente y parcialmente calcinada.
El caso expuso fallas en la búsqueda inmediata y en el seguimiento de antecedentes del agresor. También derivó en presión social para endurecer penas, restringir beneficios penitenciarios y reforzar el control sobre condenados por delitos contra la libertad sexual, bajo una denominación instalada en el debate público: la llamada Ley Jimena.
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César Alva Mendoza tenía antecedentes por violación y agresión, y aun así permanecía en libertad. Después del crimen, fue condenado a cadena perpetua y al pago de 320 mil soles como reparación civil a los padres de la víctima.
La secuencia del crimen quedó reconstruida con testimonios, cámaras de seguridad y la confesión del acusado. Según el material de base, Alva Mendoza interceptó a la niña cuando caminaba sola, provocó con su bicicleta una caída y le ofreció llevarla a su casa con el pretexto de ayudarla tras el golpe.
Las imágenes y los testimonios revelaron fallas en la búsqueda desde las primeras horas

La mañana del 1 de febrero, Jimena salió con su padre rumbo a la comisaría de Canto Rey, donde funcionaba un taller de manualidades por vacaciones útiles. El padre declaró que la dejó en la puerta y no advirtió si ingresó; luego, el personal policial afirmó que nunca asistió al taller.
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Esa versión quedó bajo cuestionamiento porque cámaras de seguridad de una vivienda registraron a la menor al salir del taller cuando la clase ya había terminado. Ese contraste se convirtió en uno de los primeros puntos críticos del caso, porque la familia buscaba reconstruir los minutos previos a la desaparición.
Nuevos registros mostraron después a la víctima junto a Alva Mendoza en la bicicleta. De acuerdo con la reconstrucción, el agresor la llevó hasta un descampado conocido como La Huayrona, donde la violó y la estranguló.
Más tarde trasladó el cuerpo hasta el cuarto que alquilaba y lo ocultó debajo de la cama. En la madrugada del 2 de febrero lo abandonó y le prendió fuego a unos cinco metros de su vivienda.
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El cadáver fue encontrado por un motociclista que creyó ver un maniquí. El dato estremeció aún más cuando se supo que el asesino vivía a escasa distancia del lugar donde dejó el cuerpo.
La captura en Ica y la condena a cadena perpetua cerraron la etapa judicial

Tras el hallazgo del cuerpo, Alva Mendoza escapó a Ica. Una pobladora lo reconoció mientras comía en un restaurante y alertó a la Policía, que concretó la captura y su traslado a Lima.
El acusado confesó el crimen. Según su manifestación, después de matar a Jimena no supo cómo deshacerse del cuerpo y decidió esconderlo en su habitación hasta la madrugada siguiente.
El proceso judicial concluyó casi un año después con una sentencia de cadena perpetua dictada por la Corte Superior de Justicia de Lima. La condena incluyó la reparación civil ya fijada para los padres de la niña.
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El expediente también sumó información sobre otras denuncias previas. El texto base señala un caso por tocamientos indebidos a una menor y una acusación anterior por abuso sexual contra una adolescente de 15 años, además de denuncias por violencia familiar, robo y maltrato físico formuladas por una expareja entre 2012 y 2013.
Otra dimensión del caso alcanzó a la propia actuación policial. Inspectoría General de la Policía investigó a agentes de la Dipincri San Juan de Lurigancho I y removió al 100% del personal de la comisaría de Canto Rey.
El 10 de diciembre anterior al crimen la comisaría había detenido a Alva Mendoza por posesión de drogas durante 13 días y luego lo dejó libre. Las investigaciones preliminares apuntaron a que no se habrían cumplido siquiera los protocolos dictados por el fiscal de turno.
La llamada Ley Jimena impulsó reformas penales y reabrió el debate sobre el consentimiento

La denominada Ley Jimena no corresponde al nombre oficial de una sola norma, sino a una etiqueta social y política nacida tras el asesinato de la niña. Bajo esa presión pública, el Estado peruano aceleró cambios en el Código Penal para endurecer las penas contra violadores y feminicidas, sobre todo cuando las víctimas son menores de edad.
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Entre las modificaciones mencionadas en el texto fuente figura la cadena perpetua para violadores de menores de 14 años en casos agravados. También se eliminaron beneficios penitenciarios y la reducción de pena por confesión para delitos de violación sexual y feminicidio.
El caso también fortaleció el marco para el registro, control y seguimiento de condenados por delitos contra la libertad sexual. Esa respuesta legal convivió con otra discusión de fondo: cómo se prueban y juzgan las agresiones sexuales.
Un análisis incorporado al material de base cuestiona la práctica de exigir a las víctimas señales corporales visibles o actos extremos de resistencia para considerar acreditada la agresión. Ese enfoque, sostiene el texto, persistió incluso después de un acuerdo plenario emitido en 2011 sobre valoración de la prueba en delitos sexuales.
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La reforma destacada en ese análisis pone el eje en la falta de libre consentimiento, no solo cuando existe violencia o grave amenaza, sino en cualquier entorno donde la persona no puede decidir libremente. El cambio apunta a modificar el procesamiento judicial de estos delitos y a ampliar el acceso a la justicia para las víctimas.
El asesinato de Jimena también reavivó el debate sobre la pena de muerte para violadores de niños en Perú. El propio texto base precisa que esa posibilidad choca con límites fijados por tratados internacionales, entre ellos la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
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