Durante el debate presidencial de Perú previo a la segunda vuelta del 7 de junio de 2026, la candidata Keiko Fujimori, de Fuerza Popular, afirmó que la figura jurídica de la autoría mediata fue creada específicamente para condenar a su padre, el expresidente Alberto Fujimori. La plataforma de verificación PerúCheck desmintió la afirmación: esa figura legal existe desde hace décadas en el derecho penal internacional y fue aplicada en el propio Perú, al menos tres años antes de la sentencia contra el exmandatario, para juzgar a la cúpula del grupo subversivo MRTA.
La autoría mediata es una categoría jurídica que permite responsabilizar penalmente a quien ordena o dirige la comisión de delitos a través de terceros, sin ejecutarlos directamente. Su fundamento teórico fue desarrollado por el jurista alemán Claus Roxin, quien formuló la tesis del dominio de la voluntad a través de aparatos organizados de poder. Bajo ese marco, la Sala Penal Especial de la Corte Suprema de Perú condenó a Alberto Fujimori el 7 de abril de 2009 a 25 años de prisión como autor mediato de los asesinatos cometidos en los casos Barrios Altos y La Cantuta, así como del secuestro de dos personas. La sentencia fue reconocida internacionalmente como un hito en la persecución de crímenes de Estado.
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Lo que PerúCheck verificó es que ese mismo subtipo de autoría mediata —la denominada “por dominio de organización”— ya había sido aplicado en el Perú con anterioridad. La condena a la cúpula del Movimiento Revolucionario Túpac Amaru (MRTA), incluida la del líder Abimael Guzmán de Sendero Luminoso, precedió en varios años al proceso contra el exmandatario. La figura, por tanto, no fue construida para un caso específico, sino que formaba parte del ordenamiento jurídico peruano antes de que comenzara el juicio contra Alberto Fujimori.
El artículo 23 del Código Penal peruano, vigente desde 1991, ya reconocía la autoría mediata al definir como autor a quien “realiza por sí o por medio de otro el hecho punible”. Sobre esa base normativa preexistente, y con apoyo en la doctrina de Roxin, los tribunales peruanos construyeron la argumentación que llevó a la condena del exmandatario. La afirmación de Keiko Fujimori durante el debate invierte ese orden: sugiere que la herramienta jurídica fue diseñada a la medida de su padre, cuando los registros judiciales y doctrinarios demuestran lo contrario.
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La declaración de Fujimori se produjo en el bloque dedicado al fortalecimiento del Estado democrático y derechos humanos, uno de los cuatro ejes del debate organizado por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE). El candidato de Juntos por el Perú, Roberto Sánchez, recordó durante el mismo bloque el legado del expresidente Alberto Fujimori —condenado por corrupción y crímenes de lesa humanidad— y el respaldo que Fuerza Popular brindó a la gestión de Dina Boluarte, durante la cual fallecieron decenas de ciudadanos en protestas reprimidas por las fuerzas del orden.
La condena de Alberto Fujimori y su base jurídica
La sentencia del 7 de abril de 2009 condenó al exmandatario como autor mediato de homicidio calificado en agravio de 25 personas, lesiones graves contra otras cuatro y secuestro agravado de dos ciudadanos. La Sala Penal Especial estableció que, en su calidad de jefe del Estado, Alberto Fujimori ocupaba la cúspide jerárquica del aparato de poder que ordenó y ejecutó esos crímenes a través del denominado Destacamento Colina, un escuadrón de aniquilamiento que operó durante su gobierno. La sentencia fue confirmada en apelación el 30 de diciembre de 2009 por la Primera Sala Transitoria de la Corte Suprema.
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Para que existiera autoría mediata, la Corte exigió la concurrencia de cuatro condiciones: poder de mando, desvinculación de la organización del ordenamiento jurídico, fungibilidad del ejecutor inmediato y elevada disponibilidad de ese ejecutor hacia el hecho. Todos esos presupuestos fueron acreditados en el proceso contra el exmandatario. La sentencia fue considerada la primera en América Latina en condenar a un expresidente por violaciones sistemáticas a los derechos humanos, según destacó el análisis jurídico publicado por el Instituto de Democracia y Derechos Humanos de la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP).
Una figura jurídica con décadas de historia
La teoría de la autoría mediata por dominio de organización fue formulada por Roxin en una conferencia pronunciada en Hamburgo, en la que propuso por primera vez un supuesto de autoría aplicable a quienes, sin ejecutar directamente los hechos, los ordenan desde la cúspide de estructuras de poder jerarquizadas. Desde entonces, la figura fue adoptada de forma progresiva por múltiples sistemas penales, incluido el peruano. En el Perú, su aplicación más conocida antes del caso Fujimori fue precisamente la condena a la cúpula de Sendero Luminoso y del MRTA, lo que desmiente la versión de que la herramienta fue creada a la medida del exmandatario.
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El contexto electoral de la afirmación
La declaración de Keiko Fujimori durante el debate se enmarca en una estrategia discursiva que sus aliados y ella misma han sostenido durante años: cuestionar la legitimidad jurídica de la condena de su padre para restarle peso político en campaña. PerúCheck calificó la afirmación como desinformación. La plataforma señaló que el subtipo de autoría mediata por el que fue condenado Alberto Fujimori ya había sido aplicado en el Perú al menos tres años antes de su sentencia, lo que invalida el argumento de que la figura fue diseñada específicamente para ese proceso.
La segunda vuelta entre Fujimori y Sánchez está prevista para el 7 de junio de 2026.
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