
El Poder Judicial confirmó el archivo definitivo de la querella por “difamación agravada” presentada por Jorge Torres Saravia, exjefe de la Oficina Legal y Constitucional del Congreso, contra el periodista Beto Ortiz, en cuyo programa se difundió por primera vez la denuncia sobre una presunta red de prostitución que operaba dentro del Parlamento.
La resolución, a la que accedió Infobae, señala que las expresiones de Ortiz en su espacio, así como la investigación realizada por el reportero Ángel Chanta, están “amparadas en el ejercicio de la libertad de información y de expresión, debido a su relevancia pública y al contexto de los hechos”.
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La Cuarta Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Lima indicó que “no toda expresión que cause molestia o afectación al honor resulta penalmente relevante”. Los comentarios de los periodistas forman parte de una narrativa informativa sobre hechos de interés público.
Torres Saravia había alegado en su querella que las emisiones lo vincularon con delitos como “proxenetismo, violación, asesinato y organización criminal”, pese a que la Fiscalía Especializada en Delitos de Trata de Personas de Lima Centro solo inició en su momento una investigación en su contra por la posible comisión del delito de explotación sexual.
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La defensa de Ortiz, a cargo de la abogada Tatiana Bardales, sostuvo que toda la cobertura se realizó bajo el derecho a la información y la opinión sobre hechos de relevancia pública. El tribunal resaltó que “las expresiones cuestionadas responden, en lo sustancial, a una narrativa periodística que combina elementos informativos con opiniones y valoraciones críticas propias del ejercicio de la libertad de expresión”.
También puntualizó que, por la función pública de Torres Saravia, quien figura como militante del partido Alianza para el Progreso (APP) de César Acuña, existe un mayor nivel de “exposición y escrutinio sobre su labor”.
“Las expresiones cuestionadas se refieren a hechos que guardan relación con la actividad funcional del querellante y no con aspectos de su vida íntima o estrictamente privada, lo que refuerza su relevancia pública y, por ende, la protección constitucional de su difusión”, precisa el documento.
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“Admitir a trámite una querella en la que, desde su formulación inicial, no se aprecia la configuración típica del delito imputado, implicaría desnaturalizar el carácter excepcional del proceso penal y someter a los querellados a una persecución carente de sustento jurídico suficiente”, añadió el tribunal.

Por lo tanto, la decisión dispuso el archivo definitivo del expediente y la notificación a las partes conforme a la ley. El fallo lleva la firma de tres jueces superiores.
El caso, que hasta la fecha sigue envuelto en un manto oscuro, salió a la luz tras la muerte de la extrabajadora del Congreso Andrea Vidal, asesinada en el distrito de La Victoria por atacantes desconocidos mientras viajaba en un taxi, cuyo conductor también perdió la vida.
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La joven abogada, de 28 años, trabajó en la Oficina Legal y Constitucional del Congreso y, según la investigación del programa de Ortiz, presuntamente tuvo vínculos con la supuesta red de prostitución en el Parlamento.
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