
A una semana de que empiece mayo, miles de trabajadores del sector privado ya se preguntan cuándo se paga el monto de Compensación por tiempo de servicios (CTS), un ‘seguro’ que sirve para que los empleados tengan dinero si son cesados de sus empleos.
Como se sabe, la fecha máxima de pago de este monto es hasta la quincena de mayo, pero esto puede cambiar en tanto ese día caiga feriado o fin de semanas. Este año eso no es así. Pero sí el 1 de mayo es viernes, por lo que las empresas podrán depositar la CTS desde el lunes 4 de mayo. Sí, las empresas pueden hacer el pago durante toda la primera parte de mayo. Estas son las fechas, días hábiles, en que tu empleador podría hacerte el depósito.
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- Lunes 4 de mayo
- Martes 5 de mayo
- Miércoles 6 de mayo
- Jueves 7 de mayo
- Viernes 8 de mayo
- Lunes 11 de mayo
- Martes 12 de mayo
- Miércoles 13 de mayo
- Jueves 14 de mayo
- Viernes 15 de mayo.
Retiro CTS 2025: todo lo que debes saber de la disposición del 100% de los fondos | Tiktok Jorge Carrillo
Se podrá retirar el 100%
Recuerda también que como trabajador privado tienes el derecho a poder retirar el 100% del monto de la CTS que se te deposite, esto gracias a la Ley Nº 32322.
“Se autoriza, por única vez y hasta el 31 de diciembre del 2026, a los trabajadores, comprendidos en los alcances del Decreto Legislativo 650, Ley de Compensación por Tiempo de Servicios cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado por el Decreto Supremo 001-97-TR, a disponer libremente del 100% de los depósitos por Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) efectuados en las entidades financieras y que tengan acumulados a la fecha de disposición”, señala la Ley vigente.
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Es decir, tendrás dos depósitos de CTS este año que podrás sacar de tu cuenta. Sin embargo, también a partir de 2027 se podrá acceder a una parte de este derecho laboral: “El trabajador podrá efectuar retiros parciales de libre disposición con cargo a su depósito CTS e intereses acumulados siempre que no exceda del 50% de los mismos”, también aprobó la Ley.

Asimismo, a partir del 2027, en caso de que el trabajador sea diagnosticado con enfermedad terminal o cáncer, debidamente acreditados ante el empleador, podrá efectuar, en cualquier momento, el retiro del 100% de su depósito CTS e intereses acumulados. “El cálculo se efectúa a la fecha en que el trabajador solicita dicho retiro total”, agrega la Ley.
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¿Quiénes reciben CTS en mayo?
Tienen derecho al depósito de la CTS los trabajadores que cumplan estas condiciones:
- Laboren bajo el régimen laboral de la actividad privada.
- Mantienen un vínculo laboral vigente al 30 de abril.
- Cumplen una jornada mínima promedio de cuatro (4) horas diarias.
- Han laborado al menos un mes completo dentro del semestre correspondiente.

Por otro lado, no tienen derecho a la CTS los que:
- Laboren bajo contratos de trabajo a tiempo parcial (menos de cuatro horas diarias).
- Perciben remuneración integral anual, si la CTS está incluida.
- Trabajen que laboren en microempresas inscritas en REMYPE, respecto de trabajadores contratados luego de dicha inscripción (si tienen derecho los trabajadores contratados antes de la inscripción).
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