Gobierno elimina exigencia de copia de DNI en trámites de posesión y amplía plazo de formalización: estos son los cambios

Las nuevas disposiciones facilitan las gestiones municipales para quienes tramitan constancias o certificados, permitiendo iniciar procedimientos sin la presentación física de documentos oficiales y limitando el requisito a consignar datos básicos solicitados

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Cerro San Cosme
El Cerro San Cosme fue fundado en 1946 como resultado de la migración interna y la cercanía a zonas comerciales importantes como Gamarra y La Parada. Foto: Andina

El Gobierno publicó este martes un decreto supremo que introduce cambios en el proceso de formalización de la propiedad informal y la gestión de constancias de posesión en todo el país. La norma, refrendada por el presidente José María Balcázar Zelada y el ministro Wilder Alejandro Sifuentes Quilcate, responde a la necesidad de simplificar trámites y ampliar oportunidades para quienes ocupan terrenos estatales de manera informal.

Las modificaciones principales del Decreto Supremo N° 006-2026-VIVIENDA incluyen la eliminación de la exigencia de presentar copia del Documento Nacional de Identidad (DNI) al solicitar certificados o constancias de posesión, así como la ampliación del plazo para que los asentamientos informales puedan acceder a la formalización. Estas medidas buscan agilizar los procedimientos municipales y facilitar el acceso de sectores vulnerables a derechos básicos vinculados a la vivienda y los servicios públicos.

Según el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el acceso a la formalización se extiende para todos los asentamientos informales ocupados hasta el 31 de diciembre de 2021. La eliminación de la copia de DNI como requisito se enmarca en el proceso de simplificación administrativa impulsado por el Decreto Legislativo N° 1246, permitiendo que los solicitantes solo deban presentar una solicitud simple, un plano de ubicación y un acta de verificación de posesión.

Ya no será obligatorio presentar copia del DNI en trámites municipales de posesión

El decreto establece que, a partir de la entrada en vigor de la norma, ya no será necesario entregar una copia física del Documento Nacional de Identidad para tramitar la constancia o certificado de posesión ante las municipalidades distritales o provinciales, según corresponda. Esta disposición actualiza el artículo 28 del Reglamento de los Títulos II y III de la Ley N° 28687 a fin de suprimir la presentación de este documento en los trámites para el otorgamiento de factibilidad de servicios básicos.

IMEVIS título de propiedad 2
El decreto establece que, a partir de la entrada en vigor de la norma, ya no será necesario entregar una copia física del Documento Nacional de Identidad para tramitar la constancia o certificado de posesión ante las municipalidades.

La medida responde a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1246, que prohíbe la solicitud de copias de documentos oficiales en procedimientos administrativos, y tiene como objetivo reducir la burocracia y facilitar el acceso a trámites esenciales. Las autoridades esperan que esta simplificación permita un mayor número de solicitudes y agilice la gestión municipal en áreas donde la informalidad en la ocupación de terrenos es predominante.

El Ministerio de Vivienda señaló que los solicitantes solo deberán consignar el número de DNI en la solicitud simple, acompañada del resto de los documentos exigidos. La verificación de la identidad será responsabilidad de la entidad emisora, que podrá cotejar la información con los registros nacionales.

Amplían plazo de formalización de asentamientos informales

El Decreto Supremo N° 006-2026-VIVIENDA también adecúa la normativa al nuevo plazo de formalización de ocupaciones informales, en línea con la Ley N° 32267. Todos los asentamientos informales constituidos hasta el 31 de diciembre de 2021 podrán acogerse al proceso de formalización y acceder a la inscripción registral de la propiedad, siempre que cumplan con los requisitos establecidos.

Lomo de Corvina - Villa El Salvador -  Perú- 17 de junio
Asentamiento humano Lomo de Corvina. Foto: Andina

Esta ampliación reconoce la persistencia de la ocupación informal en diversas regiones del país y garantiza que más familias puedan regularizar su situación. El Gobierno subraya que la medida busca brindar seguridad jurídica y facilitar la instalación de servicios básicos como agua, saneamiento y electricidad en asentamientos humanos que previamente no cumplían con los requisitos para la formalización.

La adecuación normativa obliga a las municipalidades y entidades competentes a actualizar sus procedimientos internos y asegurar que los nuevos plazos y requisitos sean de conocimiento público, evitando interpretaciones restrictivas que perjudiquen a los beneficiarios.

Estos son los nuevos requisitos para obtener la constancia de posesión

Con la entrada en vigencia del nuevo decreto, los interesados en obtener el Certificado o Constancia de Posesión deberán presentar una solicitud simple que indique nombre, dirección y número de DNI, un plano simple de ubicación del terreno y un acta de verificación de posesión efectiva, emitida por un funcionario municipal y suscrita por todos los colindantes, o en su defecto, un acta policial de posesión.

San Juan de Lurigancho
Vecinos de un asentamiento humano en San Juan de Lurigancho.

El certificado o constancia tendrá vigencia hasta la efectiva instalación de los servicios básicos en el inmueble. Esta actualización normativa elimina cargas administrativas innecesarias y prioriza la verificación de la posesión real sobre la presentación documental que pueda resultar excluyente para ciertos sectores.

El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, será responsable de difundir el alcance de la norma y supervisar su cumplimiento a nivel nacional, con el propósito de garantizar el acceso a derechos fundamentales para las poblaciones más vulnerables.

La publicación oficial del Decreto Supremo N° 006-2026-VIVIENDA está disponible en la sede digital del Ministerio de Vivienda y del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal, permitiendo la consulta pública de todos los detalles y disposiciones vigentes.