Gobierno tendría que pagar los bonos de 30% y 35% del sueldo por preparación de clases

Un pedido fuerte del sector estaría por promulgarse por el Ejecutivo. Se pagarán los bonos sin necesidad de sentencia judicial, sobre todo a quienes se les debe por años

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Trabajadores del Minedu podrán recibir
Trabajadores del Minedu podrán recibir los pagos que se les deben, sin necesidad de contar con sentencia. - Crédito UGEL02

El Congreso aprobó la Ley que reconoce la bonificación especial otorgada mediante la resolución ministerial 1445-90-ED, al personal administrativo del sector educación sujeto al decreto legislativo 276, Ley de bases de la carrera administrativa y de remuneraciones del sector público.

Esto lo que hace es reconocer el pago de lo bonos de 30% de la remuneración total para los grupos ocupacionales auxiliar y técnico, y del 35% de la remuneración total para el grupo ocupacional profesional, por lo cual ahora los trabajadores no necesitarán tener sentencia judicial, por proceso iniciados para esto.

Así, ahora la autógrafa ya está firmada y en manos del Ejecutivo, quien tiene hasta el martes 14 de abril para poder promulgar la medida o observarla. Asimismo, tras su aprobación, esta necesitará de un reglamento para aplicarse.

La bonificación está dirigida a
La bonificación está dirigida a los trabajadores administrativos del Minedu del DL 276, cumpliendo una norma de la década del 90. - Crédito Andina

Bono por preparación de clases

Como se sabe, la Ley tiene por objeto reconocer el pago de la bonificación especial otorgada mediante la Resolución Ministerial 1445-90-ED, la cual fue dada el 24 de agosto de 1990, en favor del personal administrativo del sector Educación sujeto al Decreto Legislativo 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público.

Sin embargo, una gran cantidad de estos trabajadores permanecen durante décadas a la espera del reconocimiento de este derecho, el cual se otorga como pago por la preparación de clases. Así, el proyecto surgió como respuesta a la persistente falta de cumplimiento efectivo de la resolución ministerial emitida en 1990. Según explicaron congresistas al momento de debatir y aprobar esta norma, esta omisión causó durante años brechas remunerativas y falta de seguridad jurídica para los trabajadores administrativos del sector Educación.

Ahora la norma resalta que para acceder al pago de la bonificación especial se requiere ser personal de carrera al amparo del Decreto Legislativo 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, con vínculo laboral vigente desde la entrada en vigencia de la Resolución Ministerial 1445-90-ED.

No todos los trabajadores del
No todos los trabajadores del Minedu accederán al bono. - Crédito Andina

Esto viabilizará que el pago que es pedido y que ha sido demandado por los trabajadores, que llevan sin sentencia por años y procesos pendientes para que se les reconozca este pago, se haga efectivo.

“La bonificación especial para pagar en favor del personal administrativo del sector Educación sujeto al Decreto Legislativo 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, es del 30% de la remuneración total para los grupos ocupacionales auxiliar y técnico, y del 35% de la remuneración total para el grupo ocupacional profesional, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución Ministerial 1445-90-ED”, aclara la medida.

Lo pendiente

Sin embargo, primero el Ejecutivo tendrá que promulgar la norma, que ya está en sus manos. Para esto Balcázar tiene hasta el martes 14 de abril.

Balcázar tendrá que decidir si
Balcázar tendrá que decidir si promulga y observa la norma. - Crédito Presidencia

Así, cuando se aplique la norma el Ministerio de Educación, en coordinación con los gobiernos regionales, las direcciones o gerencias regionales de educación, las unidades de gestión educativas locales tendrá que llevar a cabo “los actos administrativos correspondientes en forma progresiva, con cargo a su presupuesto institucional, para dar cumplimiento a lo dispuesto”.

También el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Educación, en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas, deberá aprobar el reglamento de esta Ley un plazo de 60 días contados a partir de su entrada en vigor.