
El Poder Judicial rechazó la querella que presentó Iván Quispe Palomino contra el exministro y actual candidato al Senado, Juan José Santiváñez, y el expremier Gustavo Adrianzén, por presunta difamación agravada.
Como se recuerda, Quispe Palomino denunció a Santiváñez porque este afirmó en RPP Noticias que era el “número 2 de Sendero Luminoso”, que había mostrado un “DNI falso”, que era un “delincuente terrorista con requisitorias vigentes desde el 2013″, que se trataba de un “golpe certero a los remanentes de Sendero Luminoso”. En tanto, acusó a Adrianzén por llamarlo “delincuente terrorista”.
Sin embargo, para el Décimo Juzgado Penal Unipersonal de Lima, si bien las declaraciones tienen un “calificativo negativo” en perjuicio de Quispe Palomino, están exentas de responsabilidad penal porque pueden probarse.
Y es que, según la resolución a la que accedió Infobae, el mismo Iván Quispe Palomino no niega haber sido parte de Sendero Luminoso ni haber sido juzgado y condenado por terrorismo. “Es un hecho cierto y se puede probar, consecuentemente los querellados están exentos de responsabilidad penal y causa su no admisión (de la querella)”, se lee.
El Juzgado también sostiene que se puede probar el hecho de que el denunciante contaba con una requisitoria vigente. Cabe precisar que esto es cierto, pero se debe a un ‘papelón’ de la Policía Nacional del Perú, que incluyó en el sistema de Requisitorias los alias de Víctor Quispe Palomino como si fueran sus nombres propios. Uno de esos alias es ‘Iván’.

Justifican patinada
El Juzgado va más allá e intenta justificar la patinada de Juan José Santiváñez y Gustavo Adrianzén, quienes salieron en medios solo momentos después de la detención indebida de Iván Quispe Palomino.
“Para cualquier lector no deja de ser una forma de expresarse por parte los querellados a fin de dar realce a la acción de la Policía Nacional del Perú frente a la alta desaprobación de la gestión del Presidente del Consejo de Ministros y del Ministro del Interior sobre seguridad ciudadana; si bien, no es la mejor forma de actuar sino un exabrupto de los querellados, al no ser doloso el acto desplegado, tampoco son sancionables penalmente”, se lee.

Así, para el Juzgado, Santiváñez y Adrianzén se refirieron a Iván Quispe Palomino sin la “intención de dañar el honor del querellante”, sino con el objetivo de “mostrar a la opinión pública las acciones que viene realizando la PNP contra la seguridad ciudadana”.
Cabe precisar que la querella ha sido rechazada en etapa de calificación; es decir, no fue admitida a trámite. Para el Juzgado, los hechos no son típicos del delito de difamación, por lo que la querella debe ser desestimada.
“Declarar improcedente la querella interpuesta por Iván Quispe Palomino contra ministros de Estado Gustavo Lino Adrianzén Olaya y Juan José Santibáñez Antúnez, por la presunta comisión del delito de contra el Honor en la modalidad de difamación en agravio del querellante”, resolvió.
Iván Quispe Palomino puede apelar ante la Sala de Apelaciones a fin de que se revoque o anule la decisión del Juzgado.
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