Gigante japonés Sanrio denuncia a empresa peruana por vender productos ilegales de Hello Kitty, Kuromi y Cinnamoroll: multa es de S/ 185.591

Según la firma japonesa, las autoridades aduaneras e Indecopi alertaron sobre el ingreso de productos, los cuales se importaron sin licencia y correspondían a copias no autorizadas destinadas a la venta en el país

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Sanrio afirmó que en ningún
Sanrio afirmó que en ningún momento concedió permisos ni licencias para que sus personajes fueran reproducidos en los artículos importados. Foto: composición Infobae Perú/Sanrio

Sanrio Company Ltd., la multinacional japonesa creadora de personajes icónicos como Hello Kitty, Kuromi y Cinamoroll, logró que Indecopi sancione a una empresa peruana por la importación y comercialización de productos que reproducían ilegalmente estas obras protegidas por el derecho de autor. De acuerdo a la Resolución N° 883-2025/CDA-INDECOPI y a la Resolución N° 912-2025/CDA-INDECOPI, emitidas en noviembre y diciembre de 2025 y accedidas por Infobae Perú en primicia, concluyeron que la mercadería ingresó al país sin autorización del titular de los derechos, configurando infracciones a la legislación vigente en materia de propiedad intelectual.

Como resultado de ambos procedimientos administrativos, la Comisión de Derecho de Autor de Indecopi impuso a la empresa denunciada una multa conjunta de 34,69 UIT, lo que equivale a S/ 185.591,5, considerando que la Unidad Impositiva Tributaria en 2025 asciende a S/ 5.350. Además de la sanción económica, la autoridad ordenó medidas complementarias como el comiso de la mercadería infractora y el registro de la sanción, con el objetivo de prevenir reincidencias y proteger a los consumidores.

La denuncia de Sanrio y el inicio de los procedimientos

Los casos se originaron a partir de dos denuncias presentadas por Sanrio Company Ltd. contra Nayra Yuliana Import E.I.R.L., empresa peruana dedicada a la importación y venta al por mayor de productos. En el primer expediente, la compañía japonesa denunció la importación y distribución de artículos que reproducían sin autorización las obras artísticas Hello Kitty, Kuromi y Cinnamoroll. En el segundo procedimiento, la denuncia se centró exclusivamente en productos vinculados a Hello Kitty.

Según Sanrio, tomó conocimiento de los hechos a través de comunicaciones remitidas por autoridades aduaneras y por la Dirección de Derecho de Autor de Indecopi, las cuales alertaban sobre el ingreso al país de mercadería identificada en declaraciones aduaneras específicas. La empresa sostuvo que nunca otorgó licencia ni autorización alguna para la reproducción de sus personajes en los productos importados, por lo que se trataba de copias ilícitas destinadas a su comercialización en el mercado nacional.

La Comisión contrastó las imágenes
La Comisión contrastó las imágenes de los productos importados con las obras registradas de Sanrio. Foto: Indecopi

Análisis de Indecopi y reproducción ilícita de Hello Kitty y compañía

Durante la evaluación de los expedientes, la Comisión de Derecho de Autor realizó un análisis comparativo entre las imágenes de los productos importados y las obras artísticas registradas a nombre de Sanrio. Este examen permitió concluir que existía una reproducción sustancial y reconocible de los personajes protegidos, lo que descartó cualquier posibilidad de coincidencia fortuita o uso permitido.

Indecopi precisó que, una vez acreditada la presencia de las obras protegidas en la mercadería, correspondía a la empresa denunciada demostrar que contaba con una fuente lícita o con la autorización del titular de los derechos para importar y distribuir dichos productos. Sin embargo, Nayra Yuliana Import E.I.R.L. no presentó medios probatorios ni descargos que permitieran justificar la legalidad de la reproducción, pese a haber sido debidamente notificada durante el trámite del procedimiento.

Las infracciones y las sanciones impuestas a la empresa peruana

En el expediente referido a los tres personajes, la Comisión declaró fundada la denuncia tanto por infracción al derecho patrimonial de importación como al de distribución, imponiendo una multa total de 26,5 UIT. En el segundo caso, vinculado únicamente a Hello Kitty, Indecopi declaró fundada la infracción por importación ilícita, pero infundada la referida a distribución, aplicando una sanción de 8,19 UIT.

La autoridad explicó que el cálculo de las multas consideró factores como la cantidad de productos importados, la intención de comercializarlos y el ánimo de lucro de la empresa denunciada. En uno de los procedimientos, incluso se aplicó un incremento por la existencia de circunstancias agravantes, al evidenciarse que la mercadería estaba destinada a obtener beneficios económicos aprovechando la alta popularidad de los personajes de Sanrio.

Además de los personajes mencionados,
Además de los personajes mencionados, Sanrio también es dueño de Pompompurin, Badtz-maru, etc. Foto: Tripadvisor