
El Jurado Nacional de Elecciones desestimó la apelación presentada por la gobernadora regional de Moquegua, Gilia Gutiérrez Ayala, y confirmó que la autoridad incurrió en infracciones graves al Reglamento de Propaganda Electoral y Neutralidad. Según el organismo electoral, Gutiérrez utilizó su cargo público para favorecer a la organización política Perú Primero, de la cual es militante.
El fallo ratifica lo dispuesto inicialmente por el Jurado Electoral Especial de Mariscal Nieto, señalando que la autoridad regional vulneró el deber de neutralidad que toda autoridad política debe mantener, especialmente durante el periodo de las Elecciones Generales 2026. Ante la contundencia de los hechos, el JNE ha dispuesto remitir lo actuado al Ministerio Público y a la Contraloría General de la República para que proceder con lo dictaminado.
Proselitismo en radio a favor de Martín Vizcarra
La infracción se originó durante una entrevista concedida por la gobernadora a Radio Americana el 27 de noviembre de 2025. Según el análisis del tribunal, Gutiérrez no se limitó a informar sobre su labor administrativa, sino que emitió opiniones que, a juicio del JNE, “podrían influenciar en la intención de voto de terceros”.

Durante el diálogo, la gobernadora hizo alusiones directas al fundador de su partido, Martín Vizcarra, con el fin de “realzar su imagen ante la ciudadanía”. El tribunal consideró que su discurso fue netamente político, llegando incluso a cuestionar las sentencias judiciales que pesan sobre el expresidente. Para el JNE, el hecho de que Gutiérrez reconozca abiertamente su militancia durante el ejercicio de sus funciones públicas otorga un “carácter político explícito” que busca persuadir al electorado.
El uso de proyectos públicos como propaganda
De acuerdo con la resolución, la gobernadora aprovechó el espacio radial para exponer de manera detallada una cartera de dieciocho proyectos de inversión de su actual gestión, organizados en cuatro ejes estratégicos. El JNE determinó que destacar estas obras y acciones del Gobierno Regional de Moquegua “constituye una difusión de logros de gestión” con fines electorales.
“Dichas acciones constituyen propaganda electoral, en tanto su finalidad es persuadir a los electores para favorecer a determinada organización política con el objeto de conseguir un resultado electoral”, indica el documento. La normativa vigente prohíbe que las autoridades utilicen la infraestructura o los logros del Estado para promocionar sus agrupaciones políticas, una restricción que la gobernadora habría ignorado al mimetizar su labor ejecutiva con la campaña de Perú Primero.
Congresista también vulneró neutralidad electoral

El caso de la gobernadora de Moquegua se suma a la reciente decisión del Pleno del JNE que declaró infundado el recurso de apelación del legislador Alejandro Aguinaga. El tribunal dejó firme la sanción contra el congresista por vulnerar el principio de neutralidad electoral al utilizar símbolos partidarios en actividades oficiales difundidas en sus redes sociales.
De acuerdo con la resolución que ratifica lo dispuesto por el JEE de Lambayeque, Aguinaga utilizó su cuenta de Facebook para promocionar campañas médicas gratuitas realizadas el 31 de octubre y el 13 de noviembre de 2025. Al llevarse a cabo durante la semana de representación, estas actividades contaban con financiamiento público. Sin embargo, se identificaron banners del despacho congresal que incluían el símbolo de Fuerza Popular.
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