
La Segunda Fiscalía Suprema Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos admitió los recursos de apelación presentados por la Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Corrupción y el ciudadano Luis Miguel Caya Salazar, en respuesta al archivo de la investigación preliminar contra los fiscales Rafael Vela Barba, José Domingo Pérez Gómez y el periodista Gustavo Gorriti Ellenbogen, entre otros implicados. Este proceso, que había sido declarado como no formalizado mediante la Disposición Nº 30-2025, será ahora revisado por una instancia superior.
La carpeta fiscal 502018602-2024-52-0 involucra a Vela Barba, en su calidad de Fiscal Superior Titular Coordinador de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos y Equipo Especial, a Domingo Pérez Gómez como fiscal provincial titular de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima, y a Gustavo Gorriti Ellenbogen, periodista y director de IDL-Reporteros. También figuran Janet Rocío Talavera Tello y Óscar Abraham Nieves Vela.
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Los delitos atribuidos a los investigados incluyen cohecho pasivo específico, cohecho activo específico, patrocinio ilegal y tráfico de influencias. El agraviado en la carpeta es el Estado peruano.

¿Por qué se dispuso la revisión del archivo?
Tanto la Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Corrupción como Luis Miguel Caya Salazar, en calidad de denunciante, presentaron recursos de elevación de actuados. Según la disposición, ambos recursos fueron interpuestos dentro del plazo legal de cinco días hábiles tras la notificación formal, cumpliendo con lo establecido en la normativa vigente y conforme al principio de doble instancia reconocido en la Constitución Política del Perú.
La Procuraduría argumentó su disconformidad con la decisión de archivar la investigación, señalando la necesidad de que una instancia superior realice un control de legalidad sobre la actuación fiscal inicial. Del mismo modo, Caya Salazar manifestó su desacuerdo y pidió la revisión del archivo. Pese a que su presentación inicial adolecía de formalidades, no impidió que fuera admitida en resguardo de los principios de acceso a la tutela jurisdiccional.
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En ambos casos, la fiscalía reconoció el principio de voluntad impugnativa y el criterio pro actione, que busca favorecer el acceso efectivo a una resolución de fondo. Este enfoque implica que el análisis de los recursos no puede limitarse a aspectos formales, sino que debe abordar el fondo de las razones esgrimidas por los recurrentes.
Los hechos que serán revisados por la Primera Fiscalía Suprema Penal, órgano competente para pronunciarse sobre la legalidad y el fondo de la decisión de archivo, corresponden al denominado “Caso del Jurado Nacional de Elecciones” y el “Caso de Intercesión a favor de Dina Ercilia Boluarte Zegarra”. La revisión superior permitirá que se evalúen los argumentos presentados por los recurrentes y se determine si corresponde reabrir la investigación o confirmar el archivo dictado anteriormente.
“Seguirán investigados. La Fiscalía Suprema admite y concede el recurso de elevación de actuados que presentamos por el archivo de la denuncia contra Gorriti, Vela Barba y Domingo Pérez. El archivo no queda firme. El caso será revisado por una instancia superior. Los actuados pasan a la Primera Fiscalía Suprema Penal para evaluar el fondo del asunto”, escribió Caya en X, al conocer la decisión.
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