
El Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI) publicó el pasado 18 de marzo el proyecto de resolución que plantea la modificación del Anexo II del Reglamento de Gestión Ambiental del Sector Agrario y de Riego, una medida que redefine los umbrales para identificar proyectos y actividades agrarias que no generan impactos ambientales negativos significativos.
Según lo dispuesto en la Resolución Ministerial N° 0505-2025-MIDAGRI, la iniciativa busca recibir comentarios y sugerencias de entidades públicas, privadas y de la ciudadanía antes de su entrada en vigencia.
MIDAGRI: hasta 200 alpacas, 50 vacas o 1.500 cuyes para no tramitar IGA
La modificación del Anexo II abarca tanto actividades agrícolas como pecuarias, excluyendo de la obligación de presentar Instrumentos de Gestión Ambiental o Ficha Técnica Ambiental (FTA) a aquellos proyectos que no superen los nuevos límites establecidos, según el MIDAGRI.
Esta medida, según el comunicado, cuenta con la opinión favorable del Ministerio del Ambiente y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del propio ministerio. Ambos organismos revisaron el marco legal vigente y avalaron la pertinencia de la propuesta. Así, el nuevo esquema fija criterios claros para la exclusión de trámites ambientales en proyectos de bajo impacto:
- Cultivos agrícolas: hasta 10 hectáreas, excepto cultivos con regulación específica
- Ganado vacuno: hasta 50 cabezas (leche, carne o mixto)
- Alpacas, llamas, ovinos y caprinos: hasta 200 cabezas cada uno
- Cuyes: hasta 1.500
- Gallinas ponedoras y pollos de engorde: hasta 5.000
- Pavos, patos y otras aves de corral: menos de 5.000

Sin IGA para pequeños productores agropecuarios: ¿Cuál es el objetivo?
El objetivo central, según las autoridades, es agilizar el proceso de gestión ambiental para los pequeños y medianos productores, eliminando la carga administrativa para quienes desarrollen actividades de bajo impacto. Los proyectos que superen los umbrales definidos deberán seguir presentando los instrumentos ambientales correspondientes y cumplir con todos los requisitos de evaluación y fiscalización.
La publicación del proyecto en medios oficiales permite la participación ciudadana y garantiza la transparencia del proceso. El objetivo de las autoridades es optimizar la gestión administrativa y focalizar los recursos de fiscalización en las actividades que realmente presentan riesgos ambientales, fortaleciendo el sistema de control y evaluación ambiental en el sector agrario y de riego de Perú.

¿Qué es un Instrumento de Gestión Ambiental?
Un Instrumento de Gestión Ambiental (IGA) es una herramienta técnico-legal utilizada para evaluar, prevenir, controlar y corregir los impactos de proyectos en el ambiente, abarcando desde la planificación hasta la remediación de posibles pasivos ambientales.
Por su parte, la Ficha Técnica Ambiental (FTA) es una declaración jurada que simplifica los trámites para proyectos de bajo impacto, detallando las características del proyecto y las medidas para manejar sus efectos.
Respecto a la normativa, MIDAGRI precisó que los proyectos y actividades dentro de estos rangos solo deberán cumplir con las disposiciones técnicas ambientales que establezca la autoridad, sin necesidad de presentar documentación ambiental adicional.
El proyecto de resolución y su anexo están disponibles para consulta pública en la plataforma digital del ministerio y en el diario oficial El Peruano.
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