Migrantes varados en frontera de Perú - Chile, ¿autoridades podrían incurrir en delitos por detenciones o devoluciones?

En diálogo con Infobae, el abogado Jonathan Correa se pronunció sobre la situación de personas indocumentadas, en medio de la declaratoria de emergencia por parte de la gestión de José Jerí y la advertencia del candidato José Antonio Kast

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Chile y Perú evalúan corredor
Chile y Perú evalúan corredor humanitario para migrantes varados en la línea de la Concordia. (Foto: EFE)

Migrantes de países como Venezuela, Colombia y Ecuador permanecen varados en la Línea de La Concordia, frontera entre Perú y Chile, en medio de la declaratoria de emergencia por parte del gobierno de José Jerí y el anuncio del candidato chileno José Antonio Kast, quien fijó un plazo de 11 días para la salida voluntaria de extranjeros en situación irregular.

“Si ustedes lo hacen voluntariamente, pueden llevarse todos sus recursos. Si no lo hacen, vamos a aplicar la ley. Si usted no se va voluntariamente, lo vamos a detener, lo vamos a retener, lo vamos a expulsar, y se va a ir con lo puesto”, dijo el aspirante presidencial chileno en un video difundido en sus redes sociales.

Frente a la presencia reforzada de efectivos, la supervisión militar y policial constante y las recientes decisiones de endurecer los controles, surgen preguntas clave sobre la legalidad de las acciones que se aplican sobre los migrantes. Sobre todo al haberse informado de personas que burlaron los controles peruanos.

Enfrentamiento de migrantes y agentes
Enfrentamiento de migrantes y agentes de la PNP en la frontera Perú - Chile: ciudadanos insisten en cruzar para volver a sus países. (Foto: Canal N)

Al respecto, Infobae Perú conversó con Jonathan Correa, abogado penalista del Estudio Ugaz Zegarra, quien expuso los límites y consecuencias penales que enfrentan las autoridades en el abordaje de la situación. Explicó que el Código Penal peruano establece con claridad los tipos penales vigentes:

Si los efectivos policiales o militares incurren en detenciones arbitrarias o emplean fuerza excesiva en los controles de identidad o en detenciones sin orden judicial, la sanción es contundente. “Puede incurrirse en abuso de autoridad, tipificado en el artículo 376 del Código Penal, por la realización de detenciones arbitrarias o uso excesivo de la fuerza. Si el exceso desemboca en violencia física, humillaciones, amenazas o maltratos, puede configurarse incluso el delito de tortura (artículo 321)”, precisó.

Agregó que “si, además, el plazo de retención se extiende más allá de lo permitido por ley, se incurre en omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales, sancionado por el artículo 377”, y que el contexto de emergencia y la presión social no anulan las obligaciones legales, por lo que cada intervención debe estar debidamente documentada y justificada, bajo amenaza de sanción judicial.

Presencia policial en la frontera
Presencia policial en la frontera entre Perú y Chile. | REUTERS/ Alexander Infante

¿Cuáles son las penas?

Consultado por las penas que contempla la legislación peruana, el especialista detalló:

  • Abuso de autoridad: Hasta tres años de prisión para quienes realicen detenciones arbitrarias o utilicen fuerza desproporcionada.
  • Omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales: Hasta dos años de prisión ante la retención indebida de personas.
  • Hurto: En casos donde se sustraigan bienes a los migrantes sin violencia ni amenaza.
  • Concusión: Si el agente exige entregas de bienes o dinero bajo amenaza o inducción, el castigo puede alcanzar ocho años de prisión.
  • Cohecho: Cuando se exigen pagos a cambio de no proceder a detenciones o extradiciones, la sanción es también de hasta ocho años de privación de libertad.

Enfatizó que estos delitos pueden presentarse de manera simultánea y agravar aún más la situación legal para policías y militares, sobre todo cuando las víctimas son personas en condición de especial vulnerabilidad, como niños, mujeres embarazadas o adultos mayores.

De esta manera, consideró que la crisis en la frontera sur es “una prueba no solo para la logística y la diplomacia, sino también para el compromiso del Estado con la legalidad y la protección de los derechos de las personas en mayor situación de riesgo”.

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