
La Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) publicó una nueva modificación a la ordenanza que regula la publicidad exterior en la capital, incorporando normas más estrictas para la instalación, operación y fiscalización de anuncios en espacios públicos y privados de la provincia.
Esta decisión, oficializada en El Peruano a través de la Ordenanza N° 2791, introduce mayores restricciones técnicas, administrativas y sancionadoras, con el objetivo de mejorar el orden urbano, combatir la contaminación visual y controlar el uso indebido del espacio público.
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Lima endurece reglas para publicidad exterior en toda la ciudad
La modificación amplía el alcance de la norma a todo Lima Metropolitana, con excepción del Centro Histórico, que tiene regulación propia. Uno de los ejes centrales es la incorporación de definiciones detalladas —tales como área de ocupación, luminancia, equipamiento urbano o formatos de registro obligatorios— e incluye requisitos específicos respecto al tamaño, tipo, ubicación y distancias mínimas entre elementos de publicidad exterior.
La Municipalidad de Lima, a cargo del alcalde Renzo Reggiardo, ahora exige el uso obligatorio del Formato de Registro de Elemento de Publicidad Exterior (FRAP), que deberá estar visible en todas las estructuras y contendrá códigos QR, especificaciones técnicas y el logo del propietario o titular.
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En cuanto a la tecnología utilizada, se introducen límites y controles para anuncios luminosos, iluminados, pantallas LED y digitales, que solo podrán operar en determinados horarios y deberán respetar niveles máximos de luminosidad sujetos a protocolos de control y supervisión.
El reglamento detalla restricciones para su colocación frente a zonas residenciales, hospitales, áreas protegidas, infraestructuras de transporte o servicios públicos, y prohíbe explícitamente la instalación sobre árboles, ciclovías, rampas, acantilados y malecones.
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MML exige registro visible y QR en anuncios exteriores so pena de S/42.800
Otra novedad destacada es la actualización del régimen de infracciones y sanciones administrativas. Las multas por incumplimiento pueden alcanzar hasta 8 UIT (42.800 soles para 2025) y las faltas muy graves contemplan además el retiro, decomiso o demolición de los anuncios irregulares.
Las empresas de publicidad, propietarios de predios, anunciantes y titulares de los elementos de publicidad exterior asumen ahora una responsabilidad solidaria y deben entregar toda la información requerida por la Municipalidad de Lima sobre la titularidad y situación de los anuncios.
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Empresas y propietarios serán responsables solidarios por anuncios en Lima
La ordenanza define un procedimiento especial para la regularización de anuncios instalados sin permiso, vigente hasta el 31 de diciembre de 2025, que permite a los titulares acogerse a un periodo de reordenamiento pagando las sanciones previas y gestionando la autorización correspondiente.
Asimismo, se actualizan los criterios y procesos para la presentación de nuevas propuestas de ubicación y adjudicación de espacio público para fines publicitarios, incluyendo procesos competitivos y selectivos, con tarifas base debidamente actualizadas.
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Los anexos y gráficos técnicos, así como el cuadro de infracciones y el detalle de medidas correctivas para cada tipo de incumplimiento, están disponibles en el Portal de Transparencia de la Municipalidad de Lima.
Con estos cambios, la MML busca responder a las demandas de mayor control sobre la publicidad y el ornato de la ciudad, en paralelo a la modernización de los procedimientos y la participación privada bajo criterios transparentes y uniformes.
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