Pablo Sánchez niega haber votado por Delia Espinoza a cambio de que ella archive su investigación

Fiscal supremo afirma que votó por Espinoza porque le convenció el plan de trabajo que ella planteó para su gestión como titular del Ministerio Público

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Exfiscal de la Nación rechazó haber votado por Espinoza a cambio de que se archive investigación. Video: JNJ

El fiscal supremo Pablo Sánchez negó haber votado a favor de que Delia Espinoza sea fiscal de la Nación a cambio de que ella archive una investigación en su contra.

“No hubo ningún acuerdo previo para nada en ese caso. Ninguno en lo absoluto. Mi voto por la elección de la doctora Delia Espinoza fue un voto consciente, coherente además. Para la elección de fiscal de la Nación se exigían dos cosas: primero la idoneidad en el cargo y segundo la presentación de un plan de trabajo”, dijo Sánchez ante el Pleno de la JNJ, que decidirá su ratificación.

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El fiscal supremo indicó que el plan de trabajo de Espinoza le convenció sobre el de Villena y ratificó que no hubo ningún acuerdo previo.

“Vino el doctor Villena con su plan de trabajo, vino la doctora Delia con su plan de trabajo a hablar conmigo. Igual lo hicieron los otros fiscales supremos. Me convenció más el de la doctora Delia Espinoza”, indicó. “Yo voté a plena consciencia a favor de ella. No hubo un acuerdo previo, para nada”, agregó.

Pablo Sánchez y Delia Espinoza.
Pablo Sánchez y Delia Espinoza.

JNJ verá ratificación de Pablo Sánchez

Este viernes, el Pleno de la JNJ evaluará si el exfiscal de la Nación, quien se encuentra próximo a la jubilación, continuará en el Ministerio Público. El proceso de ratificación exige, según el Reglamento de Procedimiento de Evaluación Integral y Ratificación de la JNJ, que al menos dos tercios del número legal de consejeros —es decir, cinco votos— respalden la permanencia del magistrado. Si Sánchez no alcanza ese respaldo, se emitirá una resolución de “no ratificación”, lo que implicaría su salida inmediata de la Fiscalía de la Nación.

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El proceso de ratificación debió realizarse en 2022, junto a otros magistrados supremos como Zoraida Ávalos, César San Martín, Elvia Barrios y Jorge Luis Salas Arenas. Sin embargo, la anterior conformación de la JNJ suspendió la evaluación de Sánchez debido a un proceso disciplinario pendiente, que incluía una propuesta de destitución.

El procedimiento disciplinario en cuestión se originó por la presunta intervención de Sánchez para favorecer la contratación de su hijo, Diego Sánchez Navarro, en el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) entre 2015 y 2016. Finalmente, el caso fue archivado en 2023 por prescripción. La anterior JNJ, afectada por una agenda recargada y presiones desde el Congreso, no reanudó el proceso de ratificación. Fue la nueva composición de consejeros, presidida por Gino Ríos Patio, la que anunció en octubre la reactivación de la evaluación de Sánchez.

De izquierda a derecha: consejeros Germán Serkovic, Jaime de la Puente, María Teresa Cabrera, Gino Ríos (presidente), Víctor Chanduví, y Cayo Galindo. Foto: captura
De izquierda a derecha: consejeros Germán Serkovic, Jaime de la Puente, María Teresa Cabrera, Gino Ríos (presidente), Víctor Chanduví, y Cayo Galindo. Foto: captura

El magistrado se encuentra a pocos meses de cumplir 70 años, edad máxima permitida para ejercer en la magistratura. En junio de 2026, el mismo día de su cumpleaños, será cesado como fiscal supremo. En ese momento, quien ocupe el cargo de fiscal de la Nación notificará a la JNJ sobre la vacante.

A lo largo de su carrera, Pablo Sánchez ha sido blanco de campañas de desinformación, especialmente desde sectores políticos y mediáticos que lo acusan de supuestos vínculos con el periodista Gustavo Gorriti. No obstante, ninguna de estas acusaciones ha prosperado en el ámbito penal ni disciplinario.

Sánchez sí recibió una sanción disciplinaria de la anterior JNJ: una suspensión de ciento veinte días por la presunta percepción simultánea de tres remuneraciones estatales —como fiscal supremo, docente universitario y miembro del directorio de la Academia de la Magistratura—. El eje del debate se centró en determinar si las dietas recibidas por Sánchez entre septiembre de 2020 y junio de 2021, en calidad de miembro del Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura, constituían una remuneración.

El artículo 3 de la Ley 28175 prohíbe que un empleado público reciba más de una remuneración, salvo excepciones para la función docente y la percepción de dietas por participación en directorios. Además, el artículo 56 del Decreto Legislativo 276 establece que “las dietas por participación o asistencia a directorio u órganos equivalentes de empresas o instituciones no tiene naturaleza remunerativa”. El Ministerio de Economía y Finanzas financió estos pagos hasta junio de 2021, cuando una resolución directoral modificó la interpretación de la ley, lo que llevó a que Sánchez dejara de percibir dichas dietas.

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