
El reglamento de la Ley N° 32123, Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano lleva más dos meses de publicado y los plazos ya empezaron a correr para la implementación de las nuevas medidas del sistema de pensiones.
Si bien la medida terminó ‘derogándose’ en dos puntos clave (el aporte de independientes y el límite al retiro del 95,5% de los fondos), sí mantuvo otros cambios, como la pensión mínima de S/600 y la implementación de una comisión por productividad, como alternativa a los dos tipos de comisiones que actualmente cobran las AFP.
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Esta plantea que las AFP ganen más cuando consiguen una mayor rentabilidad para sus afiliados, y menos cuando no lo hagan. El detalle detrás de esta es que estará configurada por un componente fijo y otro variable. Es decir, igual las AFP ganarán un porcentaje si la rentabilida del afiliado baja, pero tanto la SBS como AFP Integra, en entrevista con Infobae Perú, señalaron que esto cubriría solo los gastos operativos.

Lo que dice la Ley sobre la comisión
El artículo 8 del reglamento de la Ley de reforma de pensiones detalló cómo sería esta comisión por productividad, según la cual a los afiliados les cobrarían menos si su AFP consigue menor rentabilidad para sus fondos.
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“La comisión por productividad se encuentra conformada por dos componentes: una comisión fija, cuya referencia de cálculo es definida por la SBS considerando prácticas internacionales, y una comisión que corresponde a la rentabilidad generada en el año por los aportes, asociado a la rentabilidad superior sobre la referencia de un portafolio benchmark exógeno. En caso se realice una licitación, esta debe efectuarse sobre ambos componentes de la comisión por productividad”, propone la norma.
Asimismo, ambos componentes de la comisión son fijados libremente por las EAF (AFP y empresas que se sumen) y la retribución correspondiente al componente fijo debe ser aplicada por igual a todos sus afiliados, mientras que el componente variable, basado en la rentabilidad obtenida sobre la referencia de un portafolio benchmark, puede diferenciarse según el nivel de riesgo de cada tipo de fondo.
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AFP Integra y SBS
Como se sabe, la implementación de la comisión por productividad está a cargo de la SBS, y este “proceso que debe culminarse previo al noveno proceso de licitación del servicio de administración de cuentas individuales de capitalización de afiliados establecido en el artículo 7-A del TUO de la Ley del SPP”. El Superintendente Sergio Espinosa señaló a Infobae Perú que estos sería hacia el año 2027.
“La Ley establece que la comisión por productividad tiene una base fija que debe ser determinada en función a los gastos de administración de la empresa. Este es un trabajo que está en marcha, que se tiene que hacer, además, en conjunto con el Ministerio de Economía y Finanzas”, aclaró Espinosa.
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Lo pendiente es también “determinar qué cosas se entiende por esa base fija, y lo que hay que determinar es cuál es el punto de comparación”. Esto se deciriá con el MEF y dará un índice: “Si tú compites con este índice, digamos, que se va a determinar, si pierdes, entonces tienes que asumir; si ganas, está bien que puedas cobrar. Ese es el principio que está detrás de la comisión por productividad. Pero para eso tiene que haber un registro de ese fondo y lo que va generando, que es lo que ha comenzado recién con el reglamento”, agregó.

Para Aldo Ferrini, CEO De Integra, esa parte fija es necesaria. “Ya sea que los mercados suban o bajen, se tiene que gestionar el portafolio. Hay ciertos costos que se tienen que asumir”, resalta.
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Pero apuntpo que la comisión por rentabilidad será voluntaria y no se va a imponer. “El afiliado que quiera decidirá por esa comisión y el que quiera se quedará en la comisión por saldo (...). Lo que estamos buscando es dar más oportunidades a los afiliados”, agregó.
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