
El destino de la suspendida fiscal superior de lavado de activos Elizabeth Peralta ha tomado un giro inesperado. El juez supremo de la investigación preparatoria Juan Carlos Checkley ordenó el cese de la prisión preventiva de 18 meses que se le impuso por las presuntas coordinaciones ilícitas con el conductor de televisión Andrés Hurtado e Iván Siucho Neira.
La decisión se produce tras una revisión de oficio de la prisión preventiva, y aunque Checkley determinó que la evidencia en contra de Peralta Santur “se mantiene, incluso con mayor solidez”, concluyó que la necesidad de mantenerla encarcelada ya no existe.
La suspendida fiscal es investigada por tres hechos: presuntamente haber recibido dinero a través de Andrés Hurtado para gestionar la devolución de oro incautado a la empresa de Javier Miu Lei, presuntamente cobrar 80 mil dólares para abrir una investigación contra la empresa Paltarumi y supuestamente solicitar 100 mil dólares para archivar una investigación contra la empresa de Iván Siucho.
Inicialmente, el Juzgado Supremo rechazó dictar prisión preventiva contra Elizabeth Peralta, pero, en apelación, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema revocó esta decisión y ordenó que sea recluida por 18 meses en un penal.

Hay elementos, pero no peligro
En la audiencia de revisión, la Fiscalía presentó nuevos elementos (como actas fiscales, declaraciones, audios y documentos hallados en la oficina de Peralta Santur). El Juzgado Supremo determinó que estos elementos “confirman y refuerzan los elementos que inicialmente motivaron la prisión preventiva”.
“Por tanto, acreditarían que la sospecha grave y fundada se mantiene, incluso con mayor solidez, al consolidar la hipótesis de una vinculación directa y sostenida entre Peralta Santur y los coprocesados Hurtado Grados, Siucho Neira, dentro de un contexto de probables coordinaciones ilícitas”, se lee en la resolución.
No obstante, Checkley considera que el riesgo procesal sobre Elizabeth Peralta, tanto peligro de fuga y obstaculización, se ha desvanecido. “No se acreditaron circunstancias que revelen una conducta evasiva, ni existen indicios que haya intentado fugarse, no lo hizo antes de la prisión preventiva, por el contrario, la investigada mostró disposición para colaborar con las diligencias fiscales, lo que debilita la presunción de riesgo de fuga; en tal sentido, no se configura un peligro concreto”.

El juez también sostiene que no hay un “peligro de obstaculización real o significativo que sustente”, incluso cuando haya negado ser dueña de un teléfono celular ya que tiene el derecho a no autoincriminarse.
Por ello es que el Juzgado Supremo cree que la prisión preventiva no es necesaria y, en su lugar, debe dictarse comparecencia con restricciones. Las reglas de conducta son
- Prohibición de ausentarse de la ciudad de Lima sin autorización previa del Juzgado Supremo.
- Pasar por control biométrico cada 30 días.
- Obligación de presentarse a la autoridad judicial o fiscal cuando sea requerida.
- Prohibición de comunicarse con otros investigados, así como con las personas que hayan declarado o vayan a declarar como testigos en la investigación.
- Una caución económica de 10 mil soles.
El incumplimiento de estas restricciones podría llevar a la revocación de la comparecencia y el retorno a prisión preventiva de la fiscal Elizabeth Peralta.
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