Difunden modelo de acta para transportistas que se nieguen a trasladar a policías gratis: estas son las multas por negarse

En los últimos días, se reabrió el debate sobre si es justo que efectivos de la PNP mantengan el beneficio de no pagar su pasaje en medio de la sensación de desprotección policial ante la creciente ola de inseguridad ciudadana

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Cobradora pide a policía que pague su pasaje pese a pase libre. Fuente: TikTok/ @milena3789

Una grabación difundida en TikTok dejó en evidencia el momento en el que una cobradora de transporte público exigió a un agente de la Policía Nacional del Perú (PNP) que abonara su pasaje junto al resto de los pasajeros, pese a que una ley vigente le otorga gratuidad en el servicio. El video, que rápidamente alcanzó miles de visualizaciones y comentarios, muestra a la trabajadora del transporte solicitando reiteradamente el pago, mientras el uniformado presenta su pase libre. Frente a la insistencia, el policía optó finalmente por entregar el importe correspondiente y la cobradora manifestó: “Es lo justo, maestro”.

Este hecho se inserta en una coyuntura donde choferes, cobradores y empresas de transporte han manifestado su malestar ante la inseguridad que vive el sector. Extorsiones, amenazas, e incluso asesinatos han impactado a trabajadores del transporte en ciudades como Lima, mientras la percepción ciudadana sobre la capacidad de la PNP para controlar el crimen es objeto de duras críticas. Argumentan que, en ese contexto, no es aceptable que además se exija el pase libre en unidades donde los agentes no logran brindar protección efectiva.

La viralización del caso encendió el debate en redes sociales. Usuarios y otros trabajadores del rubro expresaron respaldo a la cobradora, señalando que solo los bomberos deberían acceder a la gratuidad porque su labor es voluntaria y no remunerada. Hubo también quienes recordaron que el beneficio para los policías está protegido por ley y debe cumplirse, aunque la controversia persiste, alimentada por la sensación de abandono de muchos transportistas frente al accionar del crimen.

Ante el aumento de episodios como este, el Instituto de Defensa Legal Policial difundió un modelo de acta de negativa de libre tránsito en transporte público. Este documento formaliza los procedimientos cuando un conductor, cobrador o empresa de transporte se rehúsa a trasladar gratuitamente a un miembro de la PNP o de las Fuerzas Armadas, contraviniendo las disposiciones vigentes.

Modelo de acta de negativa
Modelo de acta de negativa de libre tránsito en transporte público. | Juan Carbajal (X)

El acta, que lleva el membrete institucional de la policía, requiere que el agente detalle el lugar, la hora y el motivo del traslado rechazado, además de consignar datos exactos de la unidad (tipo de vehículo, placa, empresa o ruta, conductor). Debe quedar registrada la parada desde donde el efectivo pretendía abordar y el distrito en el que ocurrió la negativa. El acta es llenada por el agente perjudicado y recibe trámite en la comisaría correspondiente, donde las autoridades inician el proceso respectivo.

La disposición se fundamenta en la Ley N.º 26271, vigente desde 1993, que garantiza la gratuidad del transporte público urbano para miembros activos de la PNP y de las Fuerzas Armadas a nivel nacional. El texto legal estipula que los beneficiarios deben portar su credencial vigente que los identifique como tales y estar en actividad. El pase libre no se extiende a personal en retiro ni a civiles, y siempre debe ser respaldado por la credencial oficial. En el caso de los bomberos voluntarios, este beneficio se respalda en la Ley N.º 26297.

¿A cuánto ascienden las multas por negarse a trasladar gratis a un policía?

Las sanciones por incumplir lo estipulado en la ley recaen principalmente en las empresas transportistas y los conductores. Según el procedimiento supervisado por la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU), las consecuencias incluyen multas económicas y suspensión temporal de la autorización para prestar el servicio en caso de negativa injustificada. Por una primera infracción, la multa asciende a S/1.030 y la suspensión puede extenderse hasta cinco días hábiles. Si se comete una reincidencia, la sanción se eleva a S/2.060 y la suspensión alcanza hasta quince días hábiles.

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