
El Congreso de la República no quiere otorgar la pensión vitalicia al expresidente Pedro Castillo y apelará la sentencia de primera instancia del Poder Judicial que ordena que se le dé este beneficio tal como lo hizo con el exdictador Alberto Fujimori.
A través de un comunicado, el Parlamento anunció que, a través de su Procuraduría Pública, presentarán hoy jueves 2 de octubre el recurso de apelación contra el fallo del Segundo Juzgado Constitucional Transitorio de Lima.
El juez a cargo de dicho despacho, el supernumerario Alexis Anicama Budiel, consideró que Castillo había recibido un trato desigual ya que se le negó la pensión vitalicia, mientras que a Fujimori sí a pesar de que ambos están en la misma situación.
La impugnación será resuelta por una de las tres salas constitucionales de Lima. En caso de ser revocada, la defensa del expresidente procesado por rebelión podría recurrir al Tribunal Constitucional. Por el contrario, si la segunda instancia ratifica la sentencia, el proceso termina y el Congreso estará obligado a otorgar la pensión vitalicia.

El caso
La resolución judicial determinó que el Congreso de la República incurrió en un trato desigual al negar la pensión vitalicia a Pedro Castillo, mientras que sí lo concedió a Alberto Fujimori en circunstancias similares. El tribunal ordenó anular las resoluciones parlamentarias que rechazaron la solicitud y dispuso que se le otorgue la pensión correspondiente como exjefe de Estado.
En mayo de 2024, el Parlamento había denegado la pensión vitalicia a Pedro Castillo. El argumento fue la aplicación del artículo 2 de la Ley 26519, que establece la suspensión del beneficio para expresidentes que enfrentan una denuncia constitucional. En ese momento, Castillo ya había sido acusado por intentar un golpe de Estado y por supuestamente liderar una organización criminal.
No obstante, meses después, el mismo Congreso otorgó la pensión vitalicia a Alberto Fujimori, quien no solo fue denunciado constitucionalmente, sino que además fue condenado por delitos de corrupción y homicidio. En esa ocasión, el Legislativo justificó su decisión señalando que la aplicación del artículo 2 de la Ley 26519 vulneraría el principio de presunción de inocencia, a pesar de que Fujimori ya había sido sentenciado en múltiples procesos judiciales.

La defensa de Pedro Castillo interpuso una acción de amparo, que fue declarada fundada por el juzgado. En la resolución, se señala: “Existe contradicción en los argumentos brindados por la emplazada (Congreso), al justificar las razones del otorgamiento y de la denegatoria de la pensión vitalicia. Al ex presidente José Pedro Castillo Terrones le deniegan la pensión vitalicia en virtud del artículo 2 de la Ley 26519; sin embargo, al expresidente Alberto Fujimori Fujimori se le otorga la pensión señalando que el mismo artículo 2 de la Ley 26519 atentaría el derecho a la presunción de inocencia”.
El tribunal concluyó que se vulneró el derecho a la igualdad de Pedro Castillo, al existir un precedente en el que, bajo condiciones similares, sí se concedió la pensión vitalicia a otro exmandatario. Por ello, se declararon nulas las resoluciones del Congreso que rechazaron la solicitud de Castillo y se ordenó emitir una nueva resolución que le otorgue el beneficio.
La sentencia corresponde a una primera instancia, por lo que su ejecución depende de la confirmación por parte de la Sala Constitucional respectiva. Sin embargo, según fuentes consultadas por Infobae, la defensa de Pedro Castillo prepara una solicitud para que el fallo se ejecute de inmediato. En ese caso, el Parlamento estaría obligado a pagar 15.600 soles mensuales al exmandatario mientras se resuelve la apelación.
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